Ayer jueves, la Comisión Delegada de Caixa Galicia aprobó la Clasificación de Oficinas 2009, contemplando algunas mejoras que CCOO había solicitado en el Informe Sindical preceptivo previo a la aprobación.
Ayer jueves, la Comisión Delegada de Caixa Galicia aprobó la Clasificación de Oficinas 2009, contemplando algunas mejoras que CCOO había solicitado en el Informe Sindical preceptivo previo a la aprobación, de las que informábamos en nuestro comunicado del pasado día 07-04-2010, y que a continuación reproducimos nuevamente, incorporando la resolución (en rojo) de la Comisión Delegada sobre las mismas:
· Elevar de 23 a 25 el número de Oficinas Fuera de Clasificación (OFC)
El aumento de 2 OFC se hará sin corrimiento del resto de niveles.
· A efectos de consolidación y Salario Mínimo Garantizado (SMG), otorgar categoría superior a las oficinas cuya puntuación se encuentre próxima a la puntuación mínima de corte de la categoría de nivel superior.
Se han beneficiado de ello 7 oficinas.
· Oficinas de EMPRESAS: Que estas oficinas se incorporen al sistema de Clasificación para que puedan beneficiarse de: Consolidación de nuevas categorías laborales; SMG por puestos de responsabilidad, etc.
La petición fue reiterada en la Comisión Delegada del Consejo por el representante del personal, y ha tenido el beneplácito de la Dirección, para analizar un sistema de clasificación específico para esta red, que trataremos próximamente.
· Que la regularización de las nóminas no tenga carácter retroactivo para las oficinas que descienden de nivel.
Como en ejercicios anteriores se ha accedido a la petición.
· Que la regularización de los importes del SMG de los puestos de responsabilidad del año 2009, por aplicación de la Sentencia del Tribunal Supremo (2% de incremento desde Enero del 2009), se haga extensiva a todos los trabajadores que por diversos motivos no se encuentran en la actualidad en puestos de responsabilidad, motivado por: cierre de oficinas, traslado SS.CC., etc.
Se aplicará cuando se efectúe la regularización del SMG por el tiempo que estuvieron desempeñando puestos de responsabilidad en Red Comercial y los períodos transitorios acordados tras los cierres.
· Exclusión de los TRIENIOS para el cómputo del Salario Mínimo Garantizado.
Petición histórica, que nuevamente no ha sido atendida, no la dejamos en el olvido.
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