La banca española tendrá más dificultades a partir de ahora para
emitir preferentes. Estas participaciones, colocadas en avalancha el año
pasado a través las redes de oficinas, deberán cumplir más exigencias
para que computen como recursos propios básicos. El más importante es
que bancos y cajas decidirán a voluntad si abonan o no la remuneración. (Cinco Dias 28.07.2010)
P. Martín Simón – Madrid – 28/07/2010
Las colocaciones masivas de participaciones preferentes pueden haber
pasado a la historia. El Gobierno aprobará en los próximosmeses una ley
que dificultará su venta. Esta palanca, utilizada para obtener recursos
propios básicos sin necesidad de ampliar capital, les saldrá más cara a
las entidades financieras a partir de enero. Ahora, el pago de los
interés de las preferentes está condicionado a la obtención de
beneficios, aunque incluso con pérdidas se han llegado a abonar si así
lo autoriza el Banco de España. El supervisor consintió, por ejemplo, a
Cajasur pagar el cupón el pasado 30 de marzo, pese a las pérdidas de
596,2millones de euros que registró el pasado ejercicio.
La gran novedad es que ahora el pago no sólo estará vinculado a
conseguir resultados positivos, sino que la entidad financiera deberá
tener absoluta potestad para decidir si abona o no la remuneración. Así,
para que puedan computarse como recursos propios (Tier 1), el emisor
«podrá cancelar, cuando sea necesario, el pago de la remuneración
durante un periodo ilimitado, sin efecto acumulativo». Esta condición,
que en la práctica concede plena discrecionalidad a la entidad sobre el
pago del cupón, no aparece en la antigua norma sobre recursos propios de
25 de mayo de 1985. Fuentes bancarias se han mostrado en contra de este
endurecimiento, pues disminuye la seguridad del cobro de la
remuneración y dificulta, por tanto, la colocación del producto. «Las
participaciones tendrán que ofrecer más interés y se parecerán más a las
acciones, en las que el reparto del dividendo es completamente
voluntario», señala un directivo de una entidad financiera.
La decisión de endurecer los requisitos para captar capital a través
de las participaciones preferentes no es española. El anteproyecto
supone la transposición de la directiva comunitaria sobre fondos propios
del 16 de septiembre de 2009, consecuencia de las discusiones sobre
esta cuestión en el G-20 y el Comité de Basilea.
El objetivo es que este tipo de instrumentos, conocidos como
híbridos, compartan unas características homogéneas: «Que tengan el
mismo rango que las acciones ordinarias en caso de liquidación y
absorban plenamente las pérdidas en situaciones normales», señala la
directiva, que entra en vigor a finales de año. El problema es que las
preferentes ya emitidas por la banca española no cumplen con la nueva
exigencia. El pago del cupón no es discrecional, sino obligatorio en
caso de que la entidad haya ganado dinero en su último ejercicio fiscal.
La avalancha de preferentes colocadas entre pequeños inversores el
año pasado, por unos 11.660 millones de euros, no cumple con esta
exigencia. Las nuevas emisiones, para que cuenten en el Tier 1, deberán
satisfacerla, pero las que están en circulación seguirán computándose
sin problemas, según el anteproyecto de ley.
Eso sí, la norma deberá ser desarrollada por el Banco de España y la
CNMV. Fuentes del sector explican que es posible que los supervisores
establezcan un periodo de adaptación para ir renovando las emitidas por
nuevas que cumplan con el requisito. «El plazo será crucial, ante la
actual coyuntura, en la que crecen las exigencias de solvencia, y es
difícil captar capital», añaden en un banco español. El anteproyecto
incluye otras dos novedades. La primera es que el cupón podrá ser
sustituido por «la entrega de acciones ordinarias, cuotas participativas
o aportaciones al capital». Y la segunda es que obliga a establecer «un
mecanismo que asegure la participación de sus tenedores en la absorción
de las pérdidas corrientes o futuras».
Con todas estas modificaciones, las preferentes españolas cumplirán
con casi todos los requisitos de la nueva regulación internacional sobre
recursos propios, denominada Basilea III.
Más control del riesgo
1. La reforma de la ley de
coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de
información de los intermediarios financieros debe estar aprobada,
teóricamente, antes de que concluya el año. Además de endurecer los
requisitos de las preferentes para que dichos instrumentos sirvan de
forma efectiva para la absorción de pérdidas, abre la puerta a más
controles.
2. El objetivo de la directiva comunitaria es que las
entidades financieras asuman menos riesgo al invertir en activos
procedentes de titulización. Y es que las titulizaciones de hipotecas
subprime, o basura, distribuidas entre la mayor parte de las entidades
financieras estadounidenses, tuvieron un papel crucial en el estallido
de la crisis crediticia. La norma europea señala que «es importante que
los intereses del originador [el que posee el activo no líquido e inicia
el proceso de titulización] coincidan con los intereses de los
inversores». Para lograrlo, el originador «deberá mantener un interés
significativo en los activos subyacentes». En principio, el anteproyecto
español abre la puerta a esta regulación, pero la deja para posteriores
desarrollos.
3.Se refuerza la dimensión europea de los dos
supervisores financieros: el Banco de España y la CNMV. Se introduce la
obligación de los supervisores de tener en cuenta los efectos de sus
decisiones en la estabilidad financiera de otros estados miembros.
También se concreta el procedimiento de coordinación entre el Banco de
España con otros supervisores europeos y se regula el procedimiento de
toma de decisiones conjuntas, entre otras medidas.