NUEVO PDP – ( CIRCULAR 3 )

CC.OO. aborda todas las negociaciones como una oportunidad de obtener avances para los empleados de Caja Madrid. Por eso, además de mejorar en lo posible el Convenio, en cada negociación interna de la Caja intentamos sacar adelante propuestas que quedaron pendientes en otros procesos ó reivindicaciones que vienen de antiguo, así como aspectos que son para nosotros objetivos estratégicos: empleo, tiempo libre, mejoras salariales…

MEDIDAS ACORDADAS QUE NO SE DERIVAN

DEL CONVENIO COLECTIVO     (3)


El importante acuerdo suscrito incluye muchos aspectos que
no se derivan del motivo de la negociación
, que era armonizar la situación
de Caja Madrid con las estipulaciones del último Convenio Colectivo de cajas de
ahorros.



CC.OO. aborda todas las
negociaciones como una oportunidad
de obtener avances para los empleados
de Caja Madrid.
Por eso, además de mejorar en lo posible el Convenio, en
cada negociación interna de la Caja intentamos sacar adelante propuestas que
quedaron pendientes en otros procesos ó reivindicaciones que vienen de antiguo,
así como aspectos que son para nosotros objetivos estratégicos: empleo, tiempo
libre, mejoras salariales…



Esta vez se han incorporado a
las 25 páginas del acuerdo muchos de esos aspectos, que no se derivan del
Convenio, tras alcanzar, a veces, complejos equilibrios con la Caja: nuevas
funciones en la red, Direcciones de Zona y de Negocios; mejoras para los
Subdirectores, Informáticos mal clasificados, subidas del SVR, importante
creación de empleo, más tiempo libre…
En esta comunicación los vamos a ir
desgranando.

*
Incremento de las bases de la retribución variable a toda la plantilla

– El incremento es lineal
dentro de cada función, beneficia más a quienes tienen la base más baja y
supera, como mínimo, un 3 % de subida en 2005 y otro tanto en 2006 (caso de Resto
de empleados
). Las subidas son estas :

 

2005

2006

  Director oficina Nivel A

43,00 €

43,00 €

                         Nivel B

33,00 €

32,00 €

                         Nivel C

26,00 €

26,00 €

  Subdirector
oficina Nivel A

11,00 €

11,00 €

                              Nivel B

10,00 €

9,00 €

                              Nivel C

9,00 €

8,00 €

  Director de
Departamento

33,00 €

32,00 €

  Coordinador de
Equipo

10,00 €

9,00 €

  Gerente de
Empresa

10,00 €

9,00 €

  Gerente de
Promotores

10,00 €

9,00 €

  Resto de
empleados

4,30 €

4,00 €

 

* Nuevas
ponderaciones para el cálculo de puntos PDP anuales

                

V1

V2

V3

   Personas
que dirigen equipos de trabajo

15 %

65 %

20 %

– (Director de Oficina, Director de Departamento,
Coordinador de Equipo, Gerente de empresas, Gerente de Promotores)

Personas que no dirigen equipos de trabajo

15 %

50 %

35 %

Nuevos requisitos mínimos para obtener puntos PDP

   V2 mayor o igual a 4

y V3 mayor o igual a 5

 

* Directores de oficina .

         
Se establecen las siguientes condiciones mínimas para el
Director
, según el tipo de oficina:

Oficina tipo A

Complemento hasta Nivel III (anterior 4ª A) + 1.800 €/año
adicionales

Oficina tipo B

Complemento hasta Nivel IV (anterior 4ª C)

Oficina tipo C

Nivel V (anterior 6ª B)

 

         
En caso de alcanzar 12,75 puntos en V2, los coeficientes
multiplicadores
que se aplicarán a los puntos PDP obtenidos ese ejercicio
serán los siguientes:

Oficina
A

Oficina
B

Oficina
C

1,75

1,70

1,65

 

         
El sistema de Clasificación de Oficinas se mantiene igual
que hasta la fecha.

         
Junto a la subida de bases ya expresada, a efectos
del SVR
se mantienen las mismas condiciones que ahora por alcanzar el
Bonus (12,75 puntos),
.

         
Los Jefes que no ejerzan dicha función podrán seguir
ascendiendo profesionalmente hasta el Nivel II (antiguo Jefe de 3ª C).
No obstante, se habilita un periodo transitorio de cinco años para que quien ya
ostente dicho Nivel pueda acceder al siguiente por acumulación de puntos. 

* Subdirectores de oficina .

         
Se establecen los siguientes Niveles mínimos para el
Subdirector
, según tipo de oficina:

Oficina tipo A

Nivel VIII

Oficina tipo B

Nivel IX

Oficina tipo C

Nivel X

 

         
En caso de alcanzar 12,75 puntos en V2, los coeficientes
multiplicadores
que se aplicarán a los puntos PDP obtenidos ese ejercicio
serán los siguientes:

Oficina
A

Oficina
B

Oficina
C

1,60

1,55

1,50

 

         
El sistema de Clasificación de Oficinas se mantiene igual
que hasta la fecha.

         
Junto a la subida de bases ya expresada, a
efectos del SVR
se mantienen las mismas condiciones que ahora por
alcanzar el Bonus (12,75 puntos)
.

         
En cuanto a la carrera profesional, se sustituye la necesidad
de obtener 20 nuevos puntos PDP para ascender sin designación por lo siguiente:
”los Subdirectores que, ejerciendo dicha
función, alcancen 220 puntos PDP, no pasarán a la Posición de Promoción 15 PDP,
sino que pasarán directamente y sin necesidad de designación a la Posición de
Promoción 14, Nivel 5 del Grupo 1 del Convenio Colectivo”
. A diferencia de
lo que ocurría antes, los Subdirectores
mantendrán los puntos acumulados hasta alcanzar el Nivel V
(6ªB), lo que
contribuye a adelantar su carrera.

         
Asimismo, se acuerda limitar a un 10%, como máximo, las oficinas que pueden carecer de Subdirector,
tratándose siempre de centros con  3
empleados o menos.

* Informáticos .

         
Se acuerda revisar la situación de empleados de Las Rozas que
realizan funciones informáticas y que venían recibiendo un tratamiento como
administrativos en el PDP.

 

  *
Tratamiento específico de nuevas funciones en oficinas, departamentos,
Direcciones de Zona y de Negocio

         
Desde hace tiempo reclamábamos un tratamiento específico de nuevas
realidades profesionales
que surgen y de colectivos cuya situación
profesional no estaba aun convenientemente reconocida; en ambos casos con una
responsabilidad o nivel técnico específico.

         
Ahora se reconocen estas situaciones y se establecen
condiciones propias a aplicar a los afectados. Las partes se comprometen a
continuar las conversaciones en 2005 para concretar aun más dichas condiciones
y, sobre todo, determinar a qué colectivos concretos se les van a aplicar.

         
De momento, se ha acordado que las medidas se aplicarán a un
volumen de hasta 400 personas:  250
de la red, incluidas Direcciones de Zona y de Negocios; y 150 de departamentos
.

         
Las compensaciones ya acordadas para la red de oficinas
son las siguientes: Complemento Funcional revisable de 1.700 €/año, para
quienes ostenten Nivel retributivo inferior a Nivel V (Jefe 6ªC); base mínima
de 240 € en la retribución variable mientras ejerzan su actual función; y
coeficiente multiplicador a efectos PDP.

         
Para las personas de Departamentos Centrales a quien se
aplique, las condiciones serán: complemento de 2.200 €, con independencia del
Nivel o posición PDP que se ostente; base mínima de 240 € en la retribución
variable mientras ejerzan su actual función.

  *
Más tiempo libre y menos tardes de jueves en vez de reducir la jornada en la
semana de Fiestas patronales

         
El aumento del tiempo libre y la reducción de las tardes de
jueves laborables son objetivos estratégicos para CC.OO.
Habíamos
constatado que la mayoría de la plantilla era favorable a cambiar la reducción
horaria en la semana de fiestas patronales por más tiempo libre.  Por ello, se ha alcanzado un acuerdo, que ya
será de aplicación en 2005, que respeta una cantidad equivalente de tiempo
libre para oficinas y departamentos.

         
En departamentos, la reducción horaria durante la
semana de fiestas se sustituye por 2 días más de permiso que se pueden
acumular a vacaciones, de los cuales 1 no podrá coincidir en jueves en el
periodo entre el 1 de octubre y el 30 de abril.

         
En oficinas, dicha reducción se sustituye por 1 día
más de permiso
que se puede acumular a vacaciones y que no podrá ser Jueves
en horario de invierno; y otras 2 tardes de jueves libres.

  * Creación de
400 nuevos empleos en 2005

         
La Caja se compromete a crear 400 empleos en 2005, con contratos
de la Caja desde el primer día, así como a hacer fijos a los 6 meses a un
mínimo del 70% de estos empleados. Si pasado este periodo, la Caja decide que
alguno de estos trabajadores no reúne los requisitos, sustituirá este contrato
por otro fijo desde el primer día, hasta alcanzar los 400 contratos
comprometidos.

         
La creación de empleo es un aspecto estratégico para
CC.OO.;  en este caso se trata, además,
de un importante volumen de nuevos empleos, con contratos de calidad.
Junto a su indudable trascendencia social, esta medida va a aliviar la carga
de trabajo en muchos centros
de trabajo.

         
Por último, esta medida también aporta continuidad, ya que la
mayor parte de los puestos de trabajo que se han creado desde hace tiempo en
Caja Madrid lo han sido como consecuencia de compromisos laborales adquiridos
en acuerdos como el presente
.

  * Comisión de
seguimiento de la aplicación del acuerdo

         
Considerando la complejidad del acuerdo, se constituye una
Comisión paritaria empresa-sindicatos para efectuar un seguimiento de su
aplicación y de las posibles incidencias que puedan surgir. Esta Comisión se
reunirá con una frecuencia como mínimo trimestral en 2005; y semestral en 2006.


Aclaraciones a algunas
consultas recibidas sobre este acuerdo


Nuevos trienios

 A partir de
ahora, los nuevos trienios empiezan a devengarse al alcanzar el Nivel VIII. Los
equilibrios alcanzados pasan por la reaparición de niveles retributivos que en
la Caja se correspondían con categorías a extinguir y por el adelanto de
ascensos, lo que supone para el empleado más dinero y antes.


Puntos PDP acumulados hasta ahora

 Los puntos PDP que cada uno tenga a fecha 1-1-2004 se
conservan e incorporan a la nueva escala de puntos salvo que sea de aplicación
alguna de las fórmulas que contemplan las disposiciones transitorias que, en
todo caso, están orientadas a  producir
más puntos que los que se tenían antes.

Oficiales 1º

 El ascenso
a nivel VI PDP un año antes del que se producía en la anterior  escala, junto con el hecho de que el
siguiente incremento retributivo es mayor que 
el del ascenso al antiguo 6ª C , produce anualmente mayores salarios
acumulados.

 Este efecto se produce también,  por tanto, en el caso de los oficiales 1º que a 1 de enero de
2004 tengan una puntuación inferior a 200 y superior o igual a 190, puesto que
se reclasifican desde esa fecha a nivel VI .

Jefe de 6ª C

 Los actuales jefes de 6ª C comenzaran a percibir el
complemento de 222 euros anuales en la mejor de  estas dos situaciones: cuando alcance 220 puntos o a los dos años
de permanencia en la categoría. Para el computo de los dos años se tendrán en
cuenta los períodos  de permanencia que ya hayan transcurrido en el nivel 15
(jefe de 6ª C)

Oficiales 2º que han ascendido en 2004

A  las
personas que hayan ascendido en 2004 a oficiales 2º (salvo los  ascensos por antigüedad) se les aplicará la
mejor de las siguientes dos transitorias: la del oficial  segundo con menos de un año de antigüedad o
la que le correspondería de no haberse producido el ascenso.

 

 

 

Madrid, 27 de diciembre de 2004

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