En la reunión mantenida en Madrid este miércoles 27 de abril se han presentado las distintas plataformas para el XX Convenio Colectivo para las Sociedades Cooperativas de Crédito. Desde la UNACC como característica habitual se siguen las pautas marcadas por la patronal de ahorro y banca:
FLEXIBILIDAD:
Horaria: Sin disminución de la jornada anual, adecuación general
de jornada y horarios de las entidades y de cada uno de los puestos
de trabajo con una distribución flexible en función de las
necesidades comerciales u operativas.
Geográfica y funcional: Implantación en las entidades de
herramientas que aseguren la efectiva movilidad geográfica y
funcional que permita la rápida adaptación de las cooperativas de
crédito a un entorno estresado y cambiante en el que habrán de
desarrollarse necesarios procesos de reestructuración.
Retributiva: Incorporación en el convenio de la posibilidad de
que las entidades establezcan sistemas flexibles de retribución.
RETRIBUCIÓN:
Eliminación del IPC como índice de actualización salarial y, en
consecuencia, desaparición del anticipo a cuenta, quedando ligados
los incrementos salariales a mejoras en la productividad,
cumplimiento de objetivos y/o a la obtención de resultados.
Congelación de devengo y la cuantía de todos los conceptos
retributivos ligados a la antigüedad.
IGUALDAD
Como continuación del XIX Convenio Colectivo, se apuesta por un
compromiso con la Igualdad.
La propuesta de flexibilidad horaria debe contribuir a la
conciliación de la vida laboral y familiar y a la formación.
EnCCOOsomos
concientes de la situación actual, pero no por ello debemos ser
condescendientes. No se les ocurre otra cosa para salir de la crisis
que seamos los trabajadores y trabajadoras los que soportemos con
nuestro sacrificio sus errores, llevando implícita la contención
salarial..
La
plataforma presentada por CCOOes
realista y CCOO
refleja la desventaja que padecemos en nuestro sector, buscando
una equiparación con el resto de entidades financieras:
1. Ámbito
temporal. Convenio
a 4 años para dotar de estabilidad al sector en los procesos de
reordenación que están en marcha o pudieran iniciarse.
2. Ámbito
funcional. Convenio
de aplicación, además de para todas las Cooperativas de Crédito,
para todas aquellas sociedades o nuevas empresas resultantes de la
reorganización del sector AIE’s, SIP’s, Cooperativas de 2o grado
y cualesquiera otras.
3. Retribuciones.
Salarios: Incremento salarial del 2% para el año
2011, del 2,50% para el 2012 y del 3% para el 2013 y 2014. Para todos
los conceptos del Convenio Colectivo. Cláusula de garantía salarial
con revisión al alza sobre el IPC.
3⁄4 de paga: Modificación art. 28 del Convenio
Colectivo, participación en los excedentes de la empresa. El abono
de los 3⁄4 de paga no estará sujeto al cumplimiento de ratios.
Complemento Salarial de Permanencia: Artículo
22. Hacerlo extensivo a la plantilla del Grupo III o del Grupo II con
Niveles inferiores al 7 que acrediten 25 años de servicio.
Kilometraje: Artículo 30. Adecuar el precio del
kilómetro a los nuevos precios del carburante.
Ayuda alimentaria. Artículo 14.3. Incrementar la
ayuda alimentaría a 9 € día.
4. Previsión
Social. Creación
de un Plan de Pensiones del sistema de Empleo que cubrirá las
siguientes contingencias:
Viudedad y orfandad. Artículo 40. ��
Seguro de accidentes. Artículo 41 libre
elección beneficiario/a.
Premio a la dedicación. Artículo 26 añadiendo
como causa el fallecimiento, la Invalidez Permanente Total, Absoluta
y Gran Invalidez. Para estos casos no se tendría en cuenta la
antigüedad.
Abono a los 25 de antigüedad, sin esperar a la situación de
jubilación.
Aportación definida de 1⁄4 de paga
condicionada a la obtención de resultados positivos en el ejercicio.
Préstamos de vivienda. Artículo 35. Aumento del
importe a 200.000 €. Tipo de interés al 90% del Euribor.
Préstamos. Artículo 34. Ampliación de
conceptos que dan derecho al anticipo de 9 mensualidades.
Alternativamente, anticipo de 5 mensualidades sin justificación.
6. Empleo.Nuevo
artículo que garantice el empleo renunciando a la utilización de
medidas traumáticas para los excedentes de plantilla que puedan
producirse. Estas deberán canalizarse a través de prejubilaciones y
bajas incentivadas.
7. Jornada
y horarios. Solicitamos
incluir en Convenio la jornada real, eliminando los sábados y
delimitando las tardes de los jueves.
“Se equivoca el que pretenda justificar la reducción salarial
por la crisis. Esto es ir en contra de los intereses de la plantilla”
8. Permisos.Vacaciones.
23 días laborables.
Alternativamente, incremento de vacaciones por antigüedad (1 día
por cada 10 años).
Licencia retribuida. 2 días. Extensión
de los 15 días por matrimonio a las
parejas de hecho. Art. 16.1 a.
Sustituir días naturales por laborales.
9. Carreraprofesional.
Director/a
de oficina. Ascenso a Nivel 6 a los tres años después del Nivel 7.
(dos o más en plantilla a su cargo).
Segundos/as responsables. Nivel 8 mínimo, consolidación a los 3
años.
10. Igualdaddeoportunidades.
Adopción de programas de inserción laboral para
que el acceso al empleo y la formación y promoción profesional sean
en condiciones de igualdad, garantizado la ausencia de discriminación
tanto de sexo como cualquier otra.
Nueva redacción del Convenio utilizando un
lenguaje no sexista.
Madrid, 28 de abril de 2011