En
2012 han entrado en vigor una serie de novedades fiscales y
laborales, principalmente derivadas del R. D. 20/2011, de 30 de
diciembre de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y
financiera para la corrección del déficit público, cuyo
conocimiento es de interés general y que principalmente son:
-
Subida
del IRPF.
Para
los rendimientos que se abonen a
partir del 1 de febrero de 2012,
siempre que no se trate de rendimientos correspondientes al mes de
enero, se crea un gravamen para los ejercicios 2012 y 2013, sobre la
base liquidable de la tarifa estatal. El gravamen aumenta
progresivamente desde el 0,75% al 7% con la siguiente escala:
|
Base Desde euros |
Incremento Euros |
Resto Hasta euros |
Tipo Porcentaje |
|
0,00 |
0,00 |
17.707,20 |
0,75% |
|
17.707,20 |
132,80 |
15.300,00 |
2,00% |
|
33.007,20 |
438,80 |
20.400,00 |
3,00% |
|
53.407,20 |
1.050,80 |
66.593,00 |
4,00% |
|
120.000,20 |
3.714,52 |
55.000,00 |
5,00% |
|
175.000,20 |
6.464,52 |
125.000,00 |
6,00% |
|
300.000,20 |
13.964,52 |
7,00% |
Es
decir, en enero la retención será sin la subida y a partir de
febrero la retención ya será con la subida. La regularización
correspondiente al salario percibido en enero se hará de forma
prorrateada a lo largo de 2012, puesto que el efecto de la medida es
desde el 1 de enero de 2012.
Ejemplo
práctico.- Trabajador con dos hijos, que haga la declaración
individual aunque esté casado, como sucede en la mayoría de los
casos, y con la salvedad de tener en cuenta que el programa de
retención de la Agencia Tributaria redondea los decimales en los
porcentajes de retención y que son cálculos medios, que tendrán su
ajuste en función de otras circunstancias personales, la aplicación
práctica de este incremento sería la siguiente:
|
Salario bruto |
% IRPF 2011 |
IRPF 2011 Euros |
% IRPF 2012 |
IRPF 2012 Euros |
Diferencia % |
Diferencia Euros |
|
15.000,00 |
6,59% |
988,50 |
6,81% |
1.021,50 |
0,22% |
33,00 |
|
20.000,00 |
11,00% |
2.200,00 |
11,33% |
2.266,00 |
0,33% |
66,00 |
|
25.000,00 |
14,00% |
3.500,00 |
14,57% |
3.642,50 |
0,57% |
142,50 |
|
30.000,00 |
16,00% |
4.800,00 |
16,79% |
5.037,00 |
0,79% |
237,00 |
|
35.000,00 |
17,00% |
5.950,00 |
17,93% |
6.275,50 |
0,93% |
325,50 |
|
40.000,00 |
19,00% |
7.600,00 |
20,10% |
8.040,00 |
1,10% |
440,00 |
|
45.000,00 |
21,00% |
9.450,00 |
22,32% |
10.044,00 |
1,32% |
594,00 |
|
50.000,00 |
22,00% |
11.000,00 |
23,48% |
11.740,00 |
1,48% |
740,00 |
|
55.000,00 |
24,00% |
13.200,00 |
25,62% |
14.091,00 |
1,62% |
891,00 |
|
60.000,00 |
25,00% |
15.000,00 |
26,76% |
16.056,00 |
1,76% |
1.056,00 |
-
Subida
impuestos rentas del capital.
Igualmente
para los ejercicios de 2012 y 2013, se establece un gravamen
complementario sobre las rentas del capital en porcentajes que van
del 2% para los rendimientos de hasta 6.000 euros, 4% entre los 6.000
y 24.000 euros, y 6% para rendimientos superiores a los 24.000 euros.
-
Deducción
por inversión en vivienda habitual.
Con
efectos desde el 1 de enero de 2011, se suprime la limitación,
establecida por los Presupuestos Generales del Estado de 2011, para
la aplicación de la deducción a los contribuyentes cuya base
imponible fuese inferior a 24.107,20€ y, en
consecuencia, y a los efectos de la declaración en concepto de
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2011,
la deducción por inversión en vivienda habitual se podrá practicar
por todos los contribuyentes, cualquiera
que sea el importe de su base imponible, con las siguientes bases
máximas de deducción anual:
-
Para
adquisición, construcción, ampliación o rehabilitación: 9.040
euros. -
Obras
e instalaciones de adecuación por razón de discapacidad: 12.080
euros.
-
Pensiones
y Seguridad Social.
-
Las
pensiones y las bases de cotización se incrementan en un 1%, salvo la base de cotización mínima, que se
congelan al igual que el salario mínimo.
-
Pensión
máxima para 2012 = 2.522,69 euros x 14 pagas = 35.317,62 euros/año.
-
Base
máxima para 2012 = 3.262,40 euros x 12 meses = 39.148,81 euros/año.
-
Pensión
de viudedad.- Se aplaza “sine die” el incremento del 1% anual,
hasta alcanzar el 60% de la base reguladora desde el 52% actual,
para las viudas mayores de 65 años sin otros ingresos, previsto
desde 2012 en la Ley 27/2011 de reforma de pensiones.
-
Otras
medidas:
-
Salario
mínimo interprofesional.- Se congela y continuará en 641,40 euros mensuales, que por 14 pagas
suponen un salario mínimo de 8.979,60 euros/año.
-
IPREM
(Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) e interés legal
del dinero y de demora.
Mientras no se publiquen los nuevos presupuestos, se mantienen los
mismos importes que en 2011: 532,51 euros al mes y 4%
respectivamente.
-
Se
prorroga seis meses, del 15 de febrero al 15 de agosto de 2012, la
ayuda
de 400 euros para parados de larga duración que hayan agotado su protección por
desempleo, vinculados a un programa de recualificación profesional.
-
Se
retrasa la ampliación del descanso por paternidad.
La ampliación hasta cuatro semanas, que estaba previsto que entrase
en vigor el 1 de enero de 2012, se ha pospuesto al 1 de enero de
2013. Durante este año se mantiene la misma duración que hasta
ahora, es decir, 13 días ampliables a 20 en caso de familias
numerosas, que adquieran esa condición con el nuevo miembro o en
las que haya algún discapacitado.