En la última reunión celebrada en octubre, CC.OO. y UGT rechazamos rotundamente la propuesta de
convenio que nos presentaron las patronales. Además nos encontramos con que 15 días antes de
que recibiéramos la inaceptable propuesta, se había firmado de un convenio en una empresa de la
Comunidad Valenciana, que la aplica punto por punto.
Esta circunstancia nos parece de una gravedad extrema, porque la firma de tal convenio en una
empresa de trabajo temporal significa la ruptura del concepto manejado hasta el momento de que una
norma de ámbito de empresa nunca habría de servir para vaciar de contenido los acuerdos
sectoriales.
De ahí la exigencia de definición a las patronales: ¿Quieren un convenio sectorial que vincule
armónicamente las relaciones sector-empresa, con materias reservadas que impidan el florecimiento
de convenios de empresa que utilicen la nueva filosofía implantada por la reciente reforma, para que la
competencia a la baja en las condiciones laborales sea la única estrategia de desarrollo empresarial?
La forma de saber que las patronales apuestan por un convenio sectorial, es articular una estructura
de negociación colectiva, que como regla general defina el carácter de norma mínima de derecho
necesario a las materias contenidas en el mismo. CC.OO. y UGT hemos enviado a las patronales la
redacción de un artículo de estructura de la negociación en ese sentido.
Las dos reformas laborales últimas, impuestas unilateralmente por los sucesivos gobiernos, no han
ayudado a la negociación sectorial. Aunque CC.OO. y UGT hemos revisado nuestros planteamientos
iniciales, la posición de la patronal es totalmente retardataria, esperando quizás a que acabe la
ultraactividad del convenio y dar vía libre a convenios de empresa como el citado anteriormente.
Con el ánimo de llegar a un acuerdo en un plazo breve, en la propia reunión destacamos aquellas
materias que determinarían la firma del convenio y que resumiendo serian las siguientes:
Además de la ya mencionada redacción del artículo correspondiente a la estructura de negociación,
CC.OO y UGT, propusimos una vigencia de 4 o 5 años, la adaptación de la Clasificación Profesional a
la reciente ley y sobre todo a la realidad de sector y añadir como competencia de la Comisión Paritaria
formulas de intervención en procesos de modificación sustancial de las condiciones de trabajo,
cuando no haya representación en las empresas.
Los criterios salariales deben ajustarse al ritmo de la actividad económica, por los que se proponen los
incrementos pactados en los acuerdos por el empleo y la negociación colectiva entre CC.OO., UGT
CEOE y CEPYME, de tal forma que para el año 2011 proponemos un incremento del 1%, para el 2012
del 0.5%, con la cláusula de actualización prevista en los acuerdos. 2013 el 0,6 %con la misma
cláusula y para 2014 y 2015 los incrementos se producen según el comportamiento del PIB.
Planteamos también regular la flexibilidad interna en las empresas en tiempo de trabajo, salarios y
movilidad funcional, de tal forma que no sea un arma indiscriminada del empresario para rebajar
unilateralmente las condiciones laborales.
La contestación a toda esta serie de propuestas nos dará la medida exacta de las intenciones de las
patronales de suscribir un acuerdo sectorial que evite la dispersión normativa que puede darse, de
seguir la senda de la negociación en las empresas con representaciones de trabajadores favorables
a los intereses de de las empresas, con el consiguiente perjuicio para los trabajadores.
La próxima reunión esta prevista para mediados de noviembre.
Octubre de 2012
¡CON TU APOYO Y PARTICIPACIÓN CONSEGUIREMOS RENOVAR EL CONVENIO SECTORIAL