Convenio Colectivo de Registros de la Propiedad: ¿Propuesta desorbitada?

A grandes rasgos, podemos decir que, respecto al sistema de clasificación profesional, todas las fuerzas sindicales presentes en la mesa defendieron un sistema basado en grupos profesionales, donde quedan amparadas las actuales categorías profesionales, y en el que, además, quedan definidas con claridad, tal y como exige el artículo 22.1 del Estatuto de los Trabajadores, funciones, responsabilidades, aptitudes y titulación de cada grupo profesional

Los componentes de la mesa de
negociación del II Convenio Colectivo de los Registros, mantuvieron
el lunes, 4 de febrero, una nueva reunión, de las dos inicialmente
prevista para este mes.

Antes
de entrar en materia, se
intentó por la parte social buscar mediación en el conflicto
abierto en el Registro de la Propiedad de Reus nº 1, que ha llevado
a los trabajadores y trabajadoras de dicha oficina a una
convocatoria de tres días de huelga,
con
motivo de la discrecionalidad que otorga a la parte empresarial el
contenido decimonónico del primer convenio colectivo, sin
que la patronal APR,
aunque
sensible y consciente del deterioro que dicha circunstancia pudiera
causar a la institución registral, quisiera
entrar en la materia
por entenderlo como un caso puntual y aislado en el sector.

COMFIA-CCOO
aprovecha estas líneas para mostrar todo su apoyo y solidaridad a
los compañeros/as del Registro de la Propiedad de Reus nº 1.

Dentro
ya del orden del día, la
parte social,
como ya avanzábamos en nuestro anterior comunicado, después de
consensuar posturas y transaccionar propuestas, presentó
a la patronal APR su oferta unitaria,
salvo
matices, en
materia retributiva y de clasificación profesional.

A
grandes rasgos, podemos decir que, respecto al sistema de
clasificación profesional, todas
las fuerzas sindicales presentes en la mesa defendieron un sistema
basado en grupos profesionales, donde quedan amparadas las actuales
categorías profesionales,
y
en el que, además, quedan definidas con claridad, tal y como exige
el artículo 22.1 del Estatuto de los Trabajadores, funciones,
responsabilidades, aptitudes y titulación de cada grupo profesional,
según el siguiente detalle:

Grupo
I, grado a),
para los actuales sustitutos, jefes de personal o gerentes de las
oficinas registrales.

Grupo
I, grado b),
que encuadraría a los actuales oficiales

Grupo
II, grado a),
en el que quedarían encajados los Auxiliares de 1ª.

Grupo
II, grado b),
para la categoría de Auxiliar de 2ª del I Convenio Colectivo.

Grupo
III,
en el que se englobarían el resto del personal administrativo y/o
subalterno.

A
falta de un mayor estudio para la integración en uno de los citados
grupos profesionales, o en otro específico propio, de aquellos
técnicos y/o especialistas que, realizando su trabajo en los
Registros, desempeñen funciones distintas de las propias de la
actividad registral, y para poder evaluar las funciones presentes o
futuras, aplicar correctamente los criterios de clasificación y
realizar la adecuada adscripción de los trabajadores y trabajadoras
a cada grupo y nivel retributivo, COMFIA-CCOO
propuso la creación de una Comisión Técnica de Clasificación
Profesional
,
que trabajase en esos aspectos durante la vigencia del II Convenio
Colectivo.

Una
vez definidos los grupos, se pasó a exponer la estructura del
sistema retributivo, con el respaldo igualmente de todas las
organizaciones sindicales, integrado por un salario fijo mensual (con
un coeficiente corrector por población), trienios por antigüedad y
un complemento de productividad o participación en beneficios, con
arreglo a lo siguiente, y ello igualmente a
falta de regular a través de la correspondiente norma los derechos
adquiridos o complementos salariales derivados del I Convenio
Colectivo
:

GRUPOS PROFESIONALES
SALARIO BASE

Tipo
de población

Coeficiente
corrector

GRUPO I

Grado
a

1.613,25

A)
<
10.000 habitantes

1,00%

Grado
b

1.484,19

B)
Entre
10.001 y 25.000

1,20%

GRUPO
II

Grado
a

1.290,60

C)
Entre
25.000 y 100.000

1,30%

Grado
b

1.161,54

D)
Entre
100.001 y 500.000

1,40%

GRUPO
III

1.032,48

E)
>
500.000 habitantes

1,50%

De
esta forma, una vez aplicados los expresados coeficientes
correctores, el salario fijo mensual quedaría distribuido por grupos
profesionales y tipo de población, según la siguiente tabla:

GRUPOS
PROFESIONALES

Salario

Base

POBLACIÓN

TIPO
A

Salario
Base POBLACIÓN TIPO B

Salario
Base

POBLACIÓN
TIPO C

Salario
Base POBLACIÓN TIPO D

Salario
Base POBLACIÓN TIPO E

GRUPO
I

Grado
a

1.613,25

1.984,30

2.097,23

2.258,55

2.419,88

Grado
b

1.484,19

1.781,03

1.929,45

2.077,87

2.226,29

GRUPO
II

Grado
a

1.290,60

1.548,72

1.677,
78 €

1.806,84

1.935,90

Grado
b

1.161,54

1.393,85

1.510,00

1.626,16

1.742,31€

GRUPO
III

1.032,48

1.238,98

1.342,
22 €

1.445,47

1.548,72

En
cuanto a los trienios,
y aunque desde
COMFIA-CCOO apostamos por el que éstos sean lineales,
es
decir, iguales para todos los trabajadores/as independientemente del
grupo profesional donde queden encuadrados,
toda vez que en el sistema de participación en beneficios objetivado
entendemos que tendrá un peso específico e importante, tanto el
grupo profesional y la experiencia (antigüedad), se
presentó la siguiente propuesta:

GRUPOS
PROFESIONALES

TRIENIOS

GRUPO
I

Grado
a

60

Grado
b

GRUPO
II

Grado
a

45

Grado
b

30

GRUPO
III

20

Por
último y para evitar lo que la propia patronal ha
denominado “gastos irracionales”
y,
a su vez, conseguir, de una vez por todas, una eficiente gestión
empresarial en las oficinas registrales, hasta ahora inexistente
tanto por la falta de riesgo, como por la comodidad que otorga el
actual sistema retributivo a la parte empresarial, la
última parte de la estructura salarial, compuesta por el variable o
complemento de productividad, totalmente objetivado,
queCOMFIA-CCOO
entiende debe ser de carácter universal,
quedó concretada por una participación de los ingresos
netos de cada oficina,
una vez
deducidos todos los gastos, que podría oscilar, según los casos,
entre el 5% y el 30%.

No
obstante que la patronal APR tildó la propuesta de la parte social
de desorbitada,
desde
COMFIA-CCOO, entendemos que la misma,
a diferencia de las expuestas en su día por la parte empresarial,está
totalmente estructurada
con una adaptación del salario tanto a la clasificación profesional
como a tipos de registros, y que debe servir de punto de partida
para afrontar con seriedad la negociación, insistiendo en la idea de
un convenio
colectivo de carácter sectorial y generalque
aglutine a la mayor parte de los registros.

La
próxima reunión se celebrará el día 18 de febrero.

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