El jueves día 6 de junio se convocó a la comisión estatal de formación para tratar los siguientes puntos:
PLAN DE FORMACIÓN 2013
Nos fue presentado el Plan de formación de empresa para este año.
Cuando decimos presentado lo decimos literalmente, dado que nos bajaron
un cartapacio que
contenía las acciones formativas para el 2013, y nos comentaron que
ahí estaba el plan formativo y que esto era lo que había.
en anteriores años, únicamente por Dirección, sin la participación y colaboración de la representación social, a la que solo se le ha comentado que puede
presentar sugerencias y/o propuestas puntuales al mismo.
Esta representación apuesta por la participación desde su fase de inicio, con la detección de las necesidades de formación, continuando con la colaboración en su elaboración total y/o global, así como en
la evaluación de la ejecución del mismo y apuesta por incluir medidas correctoras globales que garanticen el acceso a la formación de todas/os.
En este caso, además, la presentación del Plan llega a mitad de año, por lo que posiblemente esté ejecutado ya al 50%. Por esto, y lo anteriormente
comentado, hemos tenido grandes dudas en si difundir o no este Plan. Finalmente, hemos decidido adjuntarlo por el derecho de información que todas/os
las/os trabajadoras/es tienen, así como para recoger las dudas, quejas y sugerencias que tengáis o surjan, de la aplicación del plan en vuestros
respectivos territorios.
COMPETENCIAS EN MATERIAS FORMATIVAS A NIVEL DE UNIDADES TERRITORIALES
Se nos informa que como consecuencia de la nueva reestructuración, las competencias a nivel de territorio
en materia de formación competen a los Gerentes de Recursos Humanos de las Unidades Territoriales y a los Jefes de Unidad Técnica de las Unidades
Territoriales
, sin perjuicio de las competencias de la Dirección de Sede en esta materia.
FORMACIÓN PARA LA EMPLEABILIDAD
En la pasada reunión, donde se solicitaron las propuestas de la representación social para el Plan de formación 2013, esta Sección Sindical propuso que la formación fuera dirigida única y exclusivamente al personal con baja carga laboral, o en situación de desocupación, de forma
absolutamente prioritaria respecto al personal con carga de trabajo, salvo las necesidades formativas urgentes derivadas de las necesidades técnicas para
el desarrollo de los proyectos o asistencias.
Esta sección apuesta, y cree firmemente, en la formación como vehículo para la adaptación de las/os trabajadoras/es en puestos o proyectos
diferentes. Una formación de empresa bien gestionada, y elaborada exclusivamente para la empleabilidad, puede contribuir a la movilidad funcional evitando
un despido.
La Dirección ha reservado una partida presupuestaria exclusivamente para la formación del personal que se encuentre en esta situación, por lo que todo
personal que esté con poca carga laboral o desocupado debe de recibir formación de empresa, además de tener la potestad de solicitarle a
Dirección aquella que sea de su interés.
DERECHO A 20 HORAS DE FORMACIÓN SEGÚN LA REFORMA LABORAL
Ya os informamos que la reforma laboral establecía el derecho a la formación de 20 horas por trabajador y año, dentro de jornada laboral, acumulables hasta
un periodo de 5 años. El derecho al disfrute de ese permiso se puede alcanzar mediante dos vías: acuerdo entre trabajador y empresa, o por negociación
colectiva.
La Dirección ha manifestado que no va a conceder ningún permiso de forma individual, pero que sí está dispuesta a negociar con la representación social la aplicación del mismo de forma colectiva, por lo que iniciará negociaciones en el seno
de la comisión de formación a partir de la próxima reunión el próximo 3 de julio.
Solo queremos matizar que puede contar, como permiso disfrutado y de aplicación de este derecho, cualquier formación que en el seno del plan de formación
de empresa haya realizado ya el/la trabajador/a, o pueda realizar, y tenga relación con la actividad de la empresa, mientras se negocia la aplicación
colectiva del mismo. Recomendamos, por ello, a las/os trabajadoras/es que planifiquen su formación de la forma que más les convenga,
recordando que la formación es un derecho, y no una obligación, salvo la específica y necesaria, para la adaptación técnica que obligatoriamente deba de
impartir la empresa, en cuyo caso, entiende esta Sección, no sería de aplicación el citado derecho.
CARGO DEL COSTE DE FORMACIÓN DE PROYECTOS CENTRALIZADOS
Nos informaron también que el coste de las acciones formativas del personal desplazado a diferentes delegaciones, o gerencias en Sede, van a cargo de las Delegaciones origen de las/os trabajadoras/es. Esta sección sindical no puede entender cómo proyectos totalmente
centralizados descargan gastos de esta forma, quedándose por completo los beneficios, mientras mandan el coste de la formación necesaria para el desarrollo
de sus encomiendas a las Delegaciones Territoriales, repercutiendo negativamente en los márgenes productivos de las mismas.
Esto no tendría importancia en tiempos de bonanza, pero cuando todo, incluidos los puestos de trabajo de las/os trabajadoras/es, dependen de un margen
productivo, esto se convierte en una guerra interna entre gerencias, delegaciones, Sede… cuya consecuencia acaba pagando el/la trabajador/a.
Hacemos un llamamiento a la cordura y reflexión a la Dirección de la empresa, a las gerencias y a las Direcciones de las Unidades
Territoriales primero porque deben empezar a considerar la formación como un valor añadido para el trabajador y la empresa y segundo, porque la empresa la
formamos todos y todas.
