Planes de pensiones de empleados del Banco Popular – COLECTIVO A – Una nueva forma de percibir el Complemento de Pensión

Con fecha de hoy, esta Representación
Sindical ha suscrito un Acuerdo Laboral con la Dirección del Grupo Banco Popular
que aporta una nueva forma de cobrar la prestación por jubilación para el
Colectivo A, Grupo 1. De este modo, además de la fórmula existente de cobro en
forma de renta vitalicia, se podrá optar por la transformación en «Fondo de
capitalización» 
Cada persona, por tanto, podrá decidir cómo organiza su
complemento a la pensión de la Seguridad Social según su realidad y sus
intereses.

Se abre así la posibilidad individual de que
puedan transformarse las actuales provisiones matemáticas calculadas para cubrir
el pago de la futura prestación de jubilación en un capital equivalente, que se
ingresaría en el mismo Fondo que las aportaciones del Colectivo B.

 

El procedimiento previsto consiste en que cada
persona, en el momento de tramitar su jubilación en el banco, además de otra
documentación recibirá un escrito de la Oficina del Partícipe en el que se
informará de la posibilidad de optar por el cobro en forma de renta vitalicia,
indicando el importe correspondiente (opción A) o de transformarlo en Fondo de
Capitalización (opción B) informando del importe estimado del capital
equivalente que se ingresaría en dicho Fondo, teniendo en cuenta que una vez en
situación de jubilación ya no podrá movilizarse a otro Fondo o Plan de
Pensiones.

 

Las condiciones de conversión de las provisiones
matemáticas en capital se determinarán por la aseguradora y podrán ser revisadas
puntualmente por ésta, pudiéndose producir, o no, una merma en el importe. Todo
ello de acuerdo con el condicionado de la póliza de seguro, previa comunicación
a la Comisión de Control, y siendo un dato que cada persona conocerá siempre
antes de tomar su decisión.

 

Por otro lado, esta Representación Sindical ha
acordado con la Dirección del banco la búsqueda de una forma de capitalización
al personal procedente de Banco Pastor que forma parte del Grupo 3 del Colectivo
A. Dado que este Grupo 3 tiene sus prestaciones aseguradas en distintas
compañías, el promotor se ha comprometido a establecer las oportunas
negociaciones con las entidades aseguradoras (BBVA Seguros y Pastor Vida) con el
fin de encontrar una solución similar que sea satisfactoria para las personas
interesadas.

 

PARA TODOS LOS COLECTIVOS: Recordamos que desde el
pasado 30 de junio de 2013 está en vigor la posibilidad del ?supuesto
excepcional de liquidez? por razón de enfermedad grave, que permite sufragar
gastos o disminuciones de ingresos ocasionados por esta circunstancia (articulo
25-bis del Reglamento).

 

 

7 de octubre
de 2014