En el BOE del día 2 de enero de 2015, se ha publicado la Resolución de 29 de diciembre de 2014, conjunta de las Secretarías de Estado de Presupuestos y Gastos
y de Administraciones Públicas, por el que se dictan las instrucciones para la
Recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012
del personal del sector público estatal.
En nuestra empresa, al percibir más de dos Gratificaciones Extraordinarias
al año, se debe aplicar el Punto IV apartado 4 de la mencionada Resolución, y se
debe proceder a devolver, con la nómina del mes de Enero de 2015, el 24,04% de
las cantidades dejadas de percibir.
Asimismo el Punto V apartado 3 punto 1 recoge que ?Al personal que no se
encontrara en situación de servicio activo o asimilada, por jubilación o cualquier
otra causa, en la fecha de entrada en vigor de la Ley, o que hubiera perdido la
condición de empleado público, las cantidades a que se refiere el apartado Dos de
la Disposición le serán abonadas por el ministerio, organismo o entidad al que
hubiera correspondido abonar la paga extraordinaria, previa petición dirigida al
órgano de gestión de personal?. Entendemos que esto afecta, no solo al personal
que se ha jubilado en este periodo de diciembre de 2012 a Enero de 2015, sino
también a los 350 compañeros/as despedidos por el ERE, por ello adjuntamos el
BOE para que se utilicen los formularios de solicitud de la mencionada Paga.
Ademas adjuntamos carta dirigida a la Dirección de la Empresa.
SEGUIREMOS INFORMANDO