CCOO exige que se cumpla la sentencia del Supremo en los centros orientales del 112

La Federación de Servicios de CC.OO. de Andalucía ha exigido que se
cumpla esta sentencia que anulaba las modificaciones sustanciales que desde
2011 están afectando a las plantillas de los centros del 112 de Andalucía
Oriental.

El pasado 6 de
diciembre de 2014 el Tribunal Supremo dictaba una sentencia en la que se
anulaba la modificación sustancial de las condiciones de trabajo que en su día
la subcontrata de la UTE Novasoft-Konecta impuso a las plantillas de los
centros provinciales del servicio de Emergencias 112 de Andalucía oriental
(Jaén, Almería, Málaga y Granada).

Entre las medidas que la empresa adoptó
unilateralmente se encontraban:

 – No devolver los
festivos realizados.

– Secuencias de hasta
10 días seguidos de trabajo consecutivos, rotando turnos en dichos días, noches, tardes, etc…, sin descanso
alguno en medio.

– Incumplir lo que
marcaba el convenio en lo referente al descanso en fines de semana.

– Denegar e imponer
las vacaciones.

En dicha sentencia,
el tribunal advertía que no se cumplieron los requisitos que establece la ley
para cambiar los cuadrantes que realizan los gestores de emergencias del 112,
es decir, llegar a un acuerdo con la Representación Legal de los Trabajadores
al tener tunos rotativos, tal como marca el convenio colectivo de Contact
Center al que están adscritos. Tampoco estaban convenientemente justificada las
medidas adoptadas por la empresa. Por último, estima el Tribunal Supremo que
incumplen además las prescripciones del pliego de condiciones técnicas que
regulan la concesión administrativa de la subcontrata, al no respetarse la subrogación
en la totalidad de los derechos y condiciones laborales anteriores que marca
para el personal que presta este servicio.

 Anulaba así el
Tribunal Supremo estas medidas impuestas por la empresa. Pero se da la
circunstancia de que en el año 2013 la plantilla de estos centros cambió a otra
subcontrata, esta vez con la empresa Arvato Iberia, que ha venido manteniendo
estas modificaciones realizadas por la anterior subcontrata. Desde que se dictó
la sentencia del Supremo, CCOO
ha instado a que se acate la misma por parte de Arvato Iberia, ya que
uno de los motivos que argumenta precisamente el Tribunal Supremo es que se
deben respetar todas las condiciones laborales en la subrogación, por lo que
cualquier empresa que se haga cargo del servicio debe aceptar que las
condiciones de la plantilla deben ser las mismas que se tenían en 2011. Se da la circunstancia que este
mismo argumento usó Arvato Iberia para mantener las nefastas condiciones
impuestas por la UTE, el hecho de que las habían subrogado, Desde CCOO les
indicamos que, en ese caso, también deberían ?subrogar? el resultado de la
sentencia, cuestión que asumieron en su momento, y ahora han olvidado.

 Tal es así que desde la dirección de Arvato Iberia se ha
hecho caso omiso a esta sentencia, no aplicando las condiciones anteriores, tal
y como dicta el Supremo. Desde CCOO instamos a la empresa nuevamente a que
acate la sentencia y reponga definitivamente las condiciones de trabajo a su
plantilla, y a la Junta de Andalucía a que no mire hacia otro lado en este
sentido, porque no puede hacer dejación de sus obligaciones a la hora de
controlar la gestión de este servicio público
esencial para la ciudadanía.