BMN amplia las excedencias anuales,
voluntarias y remuneradas, a las trabajadoras y trabajadores nacidos
antes del 1 de agosto de 1962.
Las condiciones se mantienen
(Acuerdo 10/12/2015):
·
Tener 10 años de antigüedad en la empresa.
- Finalización de contrato el 31/12/2016, prorrogables de mutuo
acuerdo entre las partes por años naturales. - Percibir de la empresa una compensación, en concepto
indemnizatorio, equivalente al 50% de la retribución bruta anual, con un mínimo
anual de 25.000,00 ? - En caso de suscribir Convenio Especial con la Seguridad Social,
la empresa se hace cargo del importe de las cuotas.
Os
recordamos que CCOO no ha dado su conformidad a las condiciones de estas
excedencias por lo que, en caso de estar interesadas/os, para cualquier
consulta al respecto, os podéis poner en contacto con las delegadas y delegados
de CCOO de
vuestro territorio y/o con la Sección Sindical.
NO ESTÁS SOLA, NO ESTÁS SOLO