FIRMA CONVENIO MEDIACION 2016-2018

El martes 6 de septiembre, en la
sede de AEMES, los sindicatos CCOO, UGT y SPS-Fasga y la patronal de Mediación
de Seguros AEMES, procedimos a la firma del Convenio de Mediación de Seguros
Privados para los años 2016-2018

Comunicado
nº 10

Firmado el Convenio de Mediación de Seguros Privados

Con fecha
6 de septiembre, en la sede de AEMES, se ha procedido a la firma del Convenio
de Mediación de Seguros Privados para los años 2016-2018. El Convenio ha sido
suscrito por la patronal AEMES y por los sindicatos CCOO, UGT y SPS-Fasga

Gracias a
la posición mayoritaria de CCOO en el Sector de la Mediación, hemos conseguido
mejorar sustancialmente el Convenio respecto al anterior en materias como la
formación, la salud laboral, los permisos, la previsión social complementaria y
los derechos sindicales en las empresas. Asimismo, gracias al esfuerzo de CCOO
para fomentar la igualdad, el Convenio incorpora un lenguaje no discriminatorio
en materia de género.

A
continuación recordamos los aspectos destacables del Convenio:

  • Vigencia:
    Se acuerda una vigencia de 3 años, hasta el 31/12/2018.
  •  Incremento
    salarial: Se acuerda un incremento del 0,9% en 2016; un incremento del
    1,1% en 2017 y un incremento del 1,2% en 2018. Adicionalmente, se acuerda
    aplicar una tabla de incremento salarial variable en función de la
    evolución de los ingresos de las empresas.
  •  Dietas
    y gastos de locomoción: Se acuerda la actualización de las cantidades
    correspondientes a las dietas y los gastos de locomoción en las siguientes
    cuantías:

                                                                     2016               2017                2018

                        Con pernocta                           84                    85                    86

                        Sin pernocta                             18                    19                    20

                        Gastos de locomoción           0,33                 0,34                 0,35

  • Actualización importes
    por traslado: Se acuerda la actualización de la compensación por vivienda
    en los casos de traslado.
  •  Seguro de Vida:
    Se acuerda la actualización de los capitales del seguro de vida a 20.000?
    y doble capital, es decir 40.000? en caso de fallecimiento o incapacidad
    producidos por accidente. Así mismo, se elimina la referencia a los 65
    años de edad, sustituyéndola por «edad ordinaria de jubilación».
  •  Permisos art.
    30.1.b): Se establece un límite de 200 km para considerar la existencia de
    desplazamiento. También se incluye que de los dos días de permiso, al
    menos uno sea laborable.
  •  Traslados: Se
    actualiza el redactado conforme a la normativa vigente sobre el derecho
    preferente de determinados colectivos (víctimas de violencia de género,
    víctimas de terrorismo, etc.
  •  Jubilación: Se
    acuerda incluir la referencia a la edad ordinaria de jubilación para
    personas con discapacidad. Asimismo, en lo referente al premio de
    jubilación, se acuerda limitar el período de carencia a las contrataciones
    posteriores al 02/07/2013.
  •  Comisión
    Paritaria de Igualdad: Se acuerda que se reúna con una periodicidad mínima
    de dos veces al año.
  •  Comisión de Salud
    Laboral: Se acuerda constituir una Comisión Sectorial de Salud Laboral con
    el objetivo de mejorar las condiciones de seguridad y salud, así como la
    prevención de riesgos laborales en el Sector.
  •  Derechos
    sindicales: Se facilita el trabajo de los y las representantes de las
    plantillas al permitirse la utilización de herramientas telemáticas.

Desde CCOO
valoramos positivamente la firma de este Convenio que, como decíamos el pasado
mes de junio cuando se alcanzó un preacuerdo, consideramos equilibrado y
valoramos también su voluntad de dotar de estabilidad y homogeneidad al Sector,
pues de nuevo se ha suscrito por un periodo de vigencia de tres años.

Si quieres leer el texto completo del Convenio, podrás hacerlo en
www.ccoo-servicios.es en cuanto esté publicado en el B.O.E.

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