Manifiesto de apoyo a la Huelga Mundial de Becarios

 La función de las becas o prácticas no laborales debe ser completar
la formación teórica del alumnado con la formación práctica que -con una adecuada tutorización- pueda ser adquirida en los centros
de trabajo. Sin embargo, en países como España, esta figura encubre
con demasiada frecuencia relaciones laborales; es utilizada por
empresas e instituciones para sustituir a trabajadores con derechos
por estudiantes desprotegidos; y es presentada a personas ya
tituladas como un peaje necesario para insertarse en el mercado
laboral, muchas veces incluso sin contraprestación económica ni
ayudas capaces siquiera de impedir que la propia beca acabe costando
dinero a quien la desarrolla.

 La figura de la práctica no laboral se ha convertido, en definitiva,
en un inmenso contenedor de abusos, fraude y explotación, no solo de
estudiantes sino de quienes por su formación o por su desempeño
profesional deberían contar con un contrato de trabajo.

Para abordar este problema, se hace necesario en primer lugar
distinguir las prácticas curriculares de las extracurriculares. Si
las primeras son obligatorias en la medida en que forman parte del
plan de estudios de aquellas personas que cursan determinadas
titulaciones, con objeto de completar y mejorar su formación, las
segundas constituyen una figura más vinculada a la transición hacia
el empleo de quienes aún carecen de cierta experiencia laboral.

En este sentido, resulta comprensible la función de las prácticas
curriculares, pero también la exigencia de la elaboración de un
marco regulatorio que garantice su calidad, su carácter
estrictamente formativo y la existencia de una contraprestación
económica suficiente.

Sin embargo, la naturaleza de las becas extracurriculares parece más
que cuestionable. En España ya existen modalidades contractuales
dentro del marco laboral dirigidas precisamente a facilitar la
transición al mundo del trabajo, enfocadas bien a quienes disponen
de cualificación suficiente pero no de experiencia, bien a quienes
carecen de una cualificación adecuada para acceder al mercado
laboral. Estos contratos, además de ser ventajosos para las
empresas, dotan a quienes realizan prácticas o siguen formándose de
derechos fundamentales que las becas niegan, empezando por la
cobertura del Estatuto de los Trabajadores. Es por ello que, si en el
caso de las prácticas curriculares resulta necesario avanzar hacia
la aprobación de un marco de calidad, en el caso del resto de becas
lo que se hace exigible es su laboralización; es decir, la
sustitución de las prácticas no laborales extracurriculares por
contratos de trabajo, ya sean en prácticas o para la formación y el
aprendizaje.

Los abusos -legales o no- vinculados a las prácticas no laborales
trascienden, no obstante, nuestras propias fronteras. Por esta razón,
las organizaciones firmantes del presente manifiesto se suman a la
Huelga Mundial de Becarios convocada para el próximo 20 de febrero
por asociaciones, plataformas, movimientos estudiantiles y sindicatos
de multitud de países. Asimismo, llaman a los poderes públicos, a
los partidos políticos y al conjunto de la sociedad civil en España
a un debate abierto para abordar con urgencia las reivindicaciones
aquí expuestas.

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Foto: Global Intern Coalition

Global Intern Coalition