MiFID II: CCOO emplazamos a las patronales del sector financiero

CCOO nos hemos dirigido a las patronales del sector financiero AEB (Banca), CECA (Ahorro), UNACC y ASEMECC (Cooperativas de Crédito) emplazándoles a tratar, en el ámbito sectorial, las cuestiones relacionadas con la puesta en marcha de las directrices de la ESMA sobre la evaluación de las competencias y conocimientos que establece la Directiva MiFID II.

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La EFPA ha
publicado las primeras guías de las certificaciones que se van a tener que realizar
(EIA para el personal que informa y EIP para el personal que asesora). La
obtención por parte de las plantillas de dichas certificaciones va a suponer un
esfuerzo extraordinario de dedicación a la formación para la mayoría de las
trabajadoras y los trabajadores.

Por
tal motivo, CCOO consideramos necesario que el proceso se
lleve a cabo con una planificación, información así como una compensación adecuada que permita a las plantillas realizarlo
con las mayores garantías profesionales y laborales.

Es por ello que
les hemos propuesto que se establezca un guión base de información que las
entidades han de facilitar tanto a la Representación Laboral como a las
plantillas: 

–      
Si van a optar por hacer la
formación requerida.

–      
Plantilla que debe realizar
esa formación.

–       Líneas generales de la formación: Calendario, horas de formación
(online/presencial), escuela o centro que hará la formación, organismo que
certificará la formación.

–       En el caso de que toda -o parte- de esa formación deba realizarse
fuera de la jornada laboral, cómo se
compensará el tiempo extra dedicado a la misma
(por ejemplo, el criterio de
compensación puede establecerse a nivel sectorial de la siguiente manera:  horas/carga
lectiva = días de compensación.

–      
Consecuencias en caso de no
conseguir la acreditación después de realizar la formación.

–      
Plantilla que ya haya
realizado ?o esté realizando- esta formación a los efectos de su convalidación
con las directrices de la ESMA.

–      
Si se facilitará el acceso a
esta formación a aquellas personas que, por el puesto de trabajo que ocupan
actualmente, no están obligadas a ella pero puedan estar interesadas en
realizarla.

–      
Responsabilidad personal de
las y los profesionales una vez obtenida la acreditación.

–      
Si van a revisar los códigos
éticos ?con participación de la RLT- para incorporar a los mismos las formas de
actuación de la normativa europea.

–       Cualquier otro aspecto relacionado con este tema que consideren de
interés para las plantillas.

 

Esperamos que
las patronales sean receptivas a nuestros planteamientos por la importancia y
repercusiones que este tema va a tener en el futuro inmediato, tanto para las
entidades como para el conjunto de las plantillas.