PROGRAMA DE CERTIFICACIÓN MIFID II (y 2)

 CCOO se ha dirigido a CECA (Sector Ahorro), como al resto de patronales del sector financiero, emplazándoles a tratar, en el ámbito sectorial, las cuestiones relacionadas con la puesta en marcha de las directrices de la ESMA sobre la evaluación de las competencias y conocimientos que establece la Directiva MiFID II.

  

La EFPA ha publicado las primeras guías de las certificaciones
que se van a tener que realizar (EIA para el personal que informa y EIP para el
personal que asesora). La obtención por parte de las plantillas de dichas
certificaciones va a suponer un esfuerzo extraordinario de dedicación a
la formación para la mayoría de las trabajadoras y los trabajadores.

Por tal
motivo, CCOO consideramos
necesario que el proceso se lleve a cabo con una planificación e información
adecuada, así como una compensación que permita a las plantillas
realizarlo con las mayores garantías profesionales y laborales.

Es por ello que les hemos propuesto que se establezca un guión
base de información
 que las entidades han de facilitar tanto a la
Representación Laboral como a las plantillas:

  • Si van a optar por hacer la formación requerida.
  • Plantilla que debe realizar esa formación.
  • Líneas generales de la formación: Calendario, horas de formación
    (online/presencial), escuela o centro que hará la formación, organismo que
    certificará la formación.
  • En el caso de que toda -o parte- de esa formación deba
    realizarse fuera de la jornada laboral, cómo se compensará el tiempo
    extra dedicado a la misma
     (por ejemplo, el criterio de compensación
    puede establecerse a nivel sectorial de la siguiente manera:  horas/carga
    lectiva = días de compensación.
  • Consecuencias en caso de no conseguir la acreditación después de
    realizar la formación.
  • Plantilla que ya haya realizado ?o esté realizando- esta
    formación a los efectos de su convalidación con las directrices de la ESMA.
  • Si se facilitará el acceso a esta formación a aquellas personas
    que, por el puesto de trabajo que ocupan actualmente, no están obligadas a ella
    pero puedan estar interesadas en realizarla.
  • Responsabilidad personal de las y los profesionales una vez
    obtenida la acreditación.
  • Si van a revisar los códigos éticos ?con participación de la
    RLT- para incorporar a los mismos las formas de actuación de la normativa
    europea.
  • Cualquier otro aspecto relacionado con
    este tema que consideren de interés para las plantillas.

Esperamos que CECA y sus entidades asociadas sean receptivas a
los planteamientos de CCOO por la importancia y repercusiones que este tema va a tener
en el futuro inmediato, tanto para las entidades como para el conjunto de las
plantillas.

ESTAMOS CCOONTIGO

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