El Tribunal Supremo anula el recorte del complemento de IT aplicado por Ibermutuamur

El
Tribunal Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por
Ibermutuamur contra la sentencia de la Sala de lo Social de la
Audiencia Nacional de 22 de marzo de 2016 que consideraba NULA la
decisión empresarial de no complementar la prestación de
incapacidad temporal hasta el 100% del salario fijo, confirmando las
tesis defendidas por CCOO.

Ibermutuamur,
Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274 decidió dejar de
complementar la prestación de Incapacidad Temporal de su plantilla y
aplicar, desde el 1º de Enero de 2016, los criterios que establecía
el RDL 20/2012 para el personal al servicio de las Administraciones
Públicas.

A
pesar de que, desde CCOO, instamos en repetidas ocasiones a la
Dirección de RRHH de la Mutua para que reconsiderara su decisión,
ofreciendo nuestra colaboración para buscar alternativas, la Mutua
no respondió favorablemente, ejecutando la restricción anunciada y
poniendo en riesgo a todo el sector, por lo que CCOO junto a UGT
interpusimos demanda de conflicto colectivo solicitando que se
declarara nula esta medida.

El
22 de marzo de 2016, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional
emite una sentencia en la que acoge de forma íntegra y favorable los
argumentos esgrimidos por las organizaciones sindicales, declarando
NULA la decisión empresarial por no estar ajustada a derecho y en
base a las siguientes conclusiones:

1.-
La restricción del complemento de IT prevista en el RDL 20/2012 es
aplicable exclusivamente a las Administraciones Públicas y a los
Órganos Constitucionales.

2.-
Las Mutuas están integradas en el Sector Público Estatal de
carácter administrativo que es distinto de la Administración
General del Estado.

3.-
El abono del complemento de IT a la plantilla de Ibermutuamur no
representa incremento de masa salarial o retributivo con respecto a
ejercicios anteriores y, por tanto, es compatible con lo previsto en
la Lay 2/2012 de Presupuestos Generales del Estado para 2012.

Celebramos
este pronunciamiento del Tribunal Supremo, que vuelve a situar las
cosas en el lugar del que nunca debieron salir y obliga a
Ibermutuamur a abonar el complemento de IT a las personas que hayan
estado de baja desde el 1 de Enero de 2016, a la vez que nos
preguntamos si alguien
en Ibermutuamur asumirá la responsabilidad de semejante
despropósito, que ha puesto a las plantillas de todo el sector en un
riesgo innecesario
.

La
fuerza del sindicato para la negociación colectiva depende del
apoyo y la confianza que
trabajadores y trabajadoras del sector demuestran mediante su
afiliación