CCOO presenta sus alegaciones y aportaciones a
la propuesta de CNMV de Guía Técnica para la evaluación de los conocimientos y
competencias del personal que informa y asesora.
Con motivo de la publicación por parte
de la CNMV de la Guía Técnica para la evaluación de los conocimientos y
competencias del personal que informa y asesora sobre productos y servicios
financieros y de la apertura del correspondiente periodo público de consultas,
CCOO nos hemos dirigido a la CNMV para presentarle una batería de aportaciones
que mejoren y clarifiquen algunos aspectos de la misma.
Desde CCOO, hemos querido recalcar que
es fundamental que esta formación se realice dentro de las jornadas laborales y
hemos vuelto a insistir en la importancia de que la formación sea modular para
que se dé validez tanto a la formación externa que se pueda tener (titulaciones
universitarias de grado y postgrado), como a la formación interna que hacemos
de manera continua y periódica.
Así mismo, nuestras aportaciones
refuerzan el hecho de que no sean
necesarias las acreditaciones externas por parte de asociaciones
certificadoras privadas y que las acreditaciones dadas por nuestras propias
entidades tengan validez no solo internamente, sino para cualquier otra entidad
del sector financiero.
Hemos pedido que las comisiones ad hoc
que se creen en cada entidad para asumir las responsabilidades relativas a la
formación MIFID2 cuenten con la participación de la representación legal de las
plantillas para hacer cumplir con el derecho de información y consulta que
estipula el artículo 64.5 del Estatuto de los Trabajadores.
Y, por supuesto, creemos que es
fundamental que esta guía incluya un punto específico sobre ?responsabilidades jurídicas?
donde se establezcan los siguientes aspectos:
- Instaurar un
código deontológico homogéneo para todo el sector donde se fijen los principios
y normas éticas que deben regir la profesión bancaria y que sea el resultado de
la negociación colectiva. - Suscripción de pólizas de responsabilidad civil que
amparen al personal relevante ante posibles demandas o reclamaciones. - Prohibición de fijar objetivos comerciales y abonar
incentivos económicos por la comercialización de productos sujetos a la
directiva MIFID2. - Fijar claúsula de salvaguarda y principio ?culpa in
vigilando? para que las entidades se erijan como responsables finales de las
ventas de los productos y servicios financieros al ser ellas quienes los
diseñan, elaboran y ponen en el mercado para su distribución y por tanto,
quienes deben vigilar la correcta comercialización de los mismos.
En unos días, tendremos la guía técnica
definitiva y esperamos que la CNMV se haga eco de nuestras propuestas y las
incorpore al documento. Igualmente, esperamos que las entidades financieras
apuesten por el modelo flexible y modular que admite la CNMV y consigamos que
la formación MIFID2 sea una realidad factible que nos permita a la plantilla estar
preparada para la puesta en marcha de las nuevas regulaciones sin hipotecar nuestro
derecho a la conciliación.
12 Mayo 2017