El lunes 30 de julio
de 2018, hemos firmado el convenio Colectivo de trabajo del sector del comercio
de Catalunya para subsectores y empresas sin convenio propio para los años
2017-2020.
El
Convenio, ratificado por nuestra afiliación y representatividad, recoge avances
en materia salarial y social para el periodo 2017-2020. Dichas modificaciones
son las siguientes:
Excedencias: posibilidad de prorrogarse si se solicita
por periodos inferiores al límite máximo. Después de una excedencia voluntaria
se garantiza que se hará con la misma jornada y demás condiciones.
Contrato de formación, contratación
de personas con discapacidad, vacaciones
y protección a la maternidad y
paternidad: se mejora su redacción.
Contratación a tiempo parcial: se establece la
prioridad para pasar a tiempo completo antes que la empresa recurra a nuevas
contrataciones.
Jornada de trabajo: se mejora la duración de los descansos en
los horarios partidos (de un mínimo de 90 min a 60 min). Se reduce la jornada máxima del subsector de juguetes
para equipararla con el resto de sectores (reducción de 12 horas, de 1792 a
1780).
Licencias retribuidas:
·
Se
incrementa un día más en caso de nacimiento de hijo/a o enfermedad grave o
hospitalización o defunción de parientes hasta segundo grado de consanguinidad
o afinidad (también si hay desplazamiento).
·
En
los permisos por hospitalización se podrán disfrutar mientras dura el hecho
causante.
·
Se
amplía en 2 horas (de 12h a 14h) la bolsa para asistencia médica y
acompañamiento de hijos/as menores de 16 años (antes 12 años).
·
Se
iniciará el disfrute de los permisos el primer día laborable.
·
Se
amplía la acumulación de la lactancia de 14 a 15 días laborables.
Se pacta un nuevo permiso no retribuido de 20 horas para acompañar a familiares de hasta primer grado a tratamientos por enfermedad grave.
Compensación y absorción: limitamos la
compensación y absorción de algunos conceptos durante la vigencia del convenio.
Retribución en vacaciones: se garantiza el
derecho a percibir comisiones y/o incentivos.
Incrementos salariales:
·
2017:1,10% (IPC real de dicho periodo)
·
2018:2,5%.
·
2019:
2% fijo. Variable: Si el PIB del
2019 es igual o superior a 2,5% se adicionará
al incremento fijo un 3% (grupos
I,II y III), un 2% (grupo IV) y un 1% para los grupos V y 0.
·
2020:
2% fijo. Variable: Si el PIB del
2020 es igual o superior al 2,5% se adicionará
al incremento fijo un 5% (grupos I,
II), un 4% (grupo III) y un 3% (grupos IV, V y 0)
·
Los
conceptos antigüedad, plus nocturnidad, vestuario, transporte y precio horas
trabajadas en domingo y/o festivo se revalorizarán con los incrementos fijos
pactados.
·
Para
el sector de juguetes, los salarios superiores a 14.000 tendrán el incremento
fijo más un 50% del variable y para los salarios inferiores a 14.000 se
aplicará el incremento fijo y el 100% del variable.
·
Se
eliminan niveles retributivos por edad.
Crédito sindical: se amplia para los tramos entre 31 y 500
trabajadores/as.
Comisiones de trabajo: se crean dos, una para reestructurar
la clasificación profesional y otra para estudiar los niveles de absentismo y
sus causas.
Valoramos de
manera muy positiva los avances contemplados ya que damos cumplimiento a los
objetivos sindicales fijados respecto a los incrementos salariales, con más
incremento a los salarios más bajos, y a la vez, mejoramos derechos para atajar
la precariedad laboral y para mejorar la conciliación de la vida laboral y
personal.
CCOO Serveis Catalunya
¡Seguiremos
informando!
¡Comprometidos contigo!
>> Comunicat signatura del X Conveni comerç de Catalunya (2017-2020)
