Esta mañana hemos tenido conocimiento de la gestión de un traslado en Capgemini España. En este caso, se trata de una persona asignada al centro de trabajo de Capgemini en Madrid y el traslado se produciría al centro de trabajo de Capgemini en Asturias.
Salvo error por nuestra parte, es el primer traslado forzoso (no desplazamiento temporal por razones de proyecto) que se produce en Capgemini. Hasta la fecha se habían realizado desplazamientos temporales a otros territorios, a modo de ejemplo: Cofidis (Barcelona) y Mercadona (Valencia). El traslado es definitivo, a diferencia del desplazamiento que es una situación temporal siempre inferior a 12 meses
En el caso de los traslados, el trabajador siempre tiene la posibilidad tal y como regula el Estatuto de los Trabajadores, de rescindir su contrato de trabajo con una indemnización de 20 días por año trabajado y un tope de 12 mensualidades. En este caso, no sabemos si se trata de un traslado aislado o si forma parte de una nueva política de gestión de la dirección de la compañía. La Sección Sindical Estatal de CCOO, considera que esta casuística está claramente relacionada con el empleo y potencialmente puede afectar a muchos trabajadores.
Queremos insistir en la importancia de crear una comisión de empleabilidad, desde la cual se regulen todas estas situaciones y así evitar cualquier tipo de arbitrariedades. Si tenéis cualquier duda o aclaración acerca de este u otros asuntos, no dudéis en consultar con un delegado/a de CCOO.
COMISIONES OBRERAS
Siempre vigilantes
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