El derecho a la formación

24 04 08 El derecho a la formación conlleva la asignación adecuada de personal en las oficinas, en centros corporativos y la compensación correspondiente.

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El plan de formación-2008

que la empresa nos ha presentado en la última reunión de la
Comisión Paritaria de Formación se centra fundamentalmente en
la formación comercial del personal de oficinas, tanto administrativos
y gestores como directores. En cambio, habrá poca formación para
la plantilla de los centros corporativos. Ya el año pasado la media de
cursos realizados por empleado fue superior a 6, pero en estos centros apenas
llegó a 3,5. Básicamente en este plan apreciamos dos cuestiones
que necesitan mejora. Por un lado, la necesidad, cada vez más urgente,
que el plan de formación tenga en cuenta también el desarrollo
de las competencias de la plantilla de los centros corporativos para su progreso
laboral y profesional.

Y por otro, la mayor presión que sufrirá el personal de oficinas
por el aumento de horas dedicadas a la formación. El banco considera
que es muy fácil hacer un curso a distancia en la oficina por la mañana,
ya que se pueden ir haciendo «en los momentos que no hay clientes en la
oficina». Sin embargo, si durante el 2007 se han atendido unas 600 solicitudes
de compensación por las horas de formación que se han realizado
fuera de la jornada laboral y, si en el mismo periodo, el 95% de la plantilla
ha realizado formación (más de 60.500 cursos), se hace difícil
creer que la mayoría de los empleados se hayan formado durante su jornada
laboral.

Es por ello que se hace imprescindible la asignación adecuada de personal
en las oficinas y:

1.- Que las acciones formativas, presenciales y a distancia, se realicen durante
la jornada laboral y, en caso contrario, que se abone siempre el gasto de la
comida si el participante realiza la formación presencial por la tarde.

2.- Que siempre se abone la subvención por la conexión a Internet
cuando se realiza formación a distancia fuera del banco.

3.- Y la necesidad de automatizar la acumulación de las horas de formación
realizadas fuera de la jornada laboral, con el fin de mostrar transparencia
y objetividad cuando se compensan estas horas con licencias retribuidas.

Mientras esto no suceda, y ya que esta empresa evita la mención del
derecho a la compensación en sus convocatorias a cursos de formación
por la tarde porque opina que es un derecho conocido por toda la plantilla,
deberéis de recordar a vuestro jefe más inmediato que tenga en
cuenta las horas de formación que realicéis fuera de la jornada
laboral, para compensarlas con licencias retribuidas por formación en
el apartado de vacaciones de People.

Abril de 2008