La semana pasada tuvimos conocimiento de dos éxitos de Comfia-CCOO en materia de salud laboral en el sector de Cajas de Ahorros y que se hacen extensivas al resto de trabajadores.
El Ministerio de Trabajo y el Tribunal Supremo ratifican las tesis de Comfia-CCOO.
Por
un lado, la resolución del Ministerio de Trabajo, avalando los
argumentos de Comfia-CCOO, por la que se
declaraba que los trabajadores y trabajadoras de las cajas deben ser
considerados usuarios de pantallas de visualización de datos
desde el momento en que el uso de las mismas supere la barrera de las
dos horas. Por otro lado, a través de la sentencia del Tribunal Supremo
por la que se
declara que el atraco es un riesgo laboral.
Estas
dos resoluciones se traducen de modo inmediato en consecuencias
concretas para las Cajas de Ahorros, pero sobre todo para sus
trabajadores y trabajadoras:
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De
la declaración del atraco como riesgo laboral se deduce la
obligación de contemplar, tanto en las evaluaciones de riesgos laborales como en el Plan de
Prevención y en el Plan de Emergencia, la posibilidad de que los trabajadores y trabajadoras sufran actos
violentos con ocasión de la realización de su trabajo,
además del deber para las entidades de impartir formación
eficaz a los trabajadores y trabajadoras en relación a este
riesgo. Del mismo modo se declara el derecho de los representantes
de los trabajadores y trabajadoras a ser informados y consultados en
todo lo relativo a este tema. -
De
la declaración de usuarios de pantallas de visualización
de datos se deriva que los
trabajadores y trabajadoras deben ser protegidos de forma individual
y específica ante los riesgos laborales derivados del uso
frecuente de las pantallas de ordenador para
evitar posibles trastornos músculo-esqueléticos,
problemas visuales, fatiga mental, etcétera.
Comfia-CCOO
ha recorrido un largo camino para alcanzar estos logros y va a hacer
el correspondiente seguimiento en estas materias para que la salud de
las personas sea protegida debidamente y no se vea afectada por el
trabajo que desempeñan.Por un lado, instando a la patronal de Cajas a aplicar los criterios
de la declaración del atraco como riesgo laboral en todo el
sector. Y, por otro lado, instando de nuevo a las Cajas que todavía
no han reconocido la cualidad de usuarios de pantallas de
visualización de datos a las personas que trabajan en ellas a
tal declaración y a la oportuna adopción de medidas de
prevención.
Las
personas,
pues,son el bien más valioso de los centros de trabajo y como tal
su integridad y seguridad no puede relegarse a un segundo término
para lograr una mayor protección del dinero que se custodia en
las oficinasa través de sistemas de retardo de apertura de los elementos
que protegen el dinero, ni de la ausencia de sistemas de vigilancia y
protección adecuados desde el punto de vista humano frente a
posibles actos de violencia. Del mismo modo que su
salud tampoco debe quedar subyugada con medidas de prevención
generalistas y economicistas para un mayor logro de beneficios a
través del uso prolongado y desprotegido de las pantallas de
visualización de datos
Estas
dos resoluciones afectan no sólo al sector de Cajas de
Ahorros, sino a todo el sector financiero(Bancos y Cajas Rurales) por la similitud de funciones de sus
trabajadores y trabajadoras. Igualmente Comfia-CCOO defiende que
deben ser tenidas en cuenta en
otros sectores como los de Seguros, Telemarketing, ETT’S, TIC, …,
tanto porque en ellos el uso del ordenador es la forma más
frecuente de la realización del trabajo, como por el trato
directo con el público y las posibles situaciones de violencia
que tal hecho puede generar. Los criterios relacionados con este
último extremo son aplicables más allá de las
empresas que se engloban en COMFIA-CCOO, como federación de
servicios financieros y administrativos, ya que dichas situaciones de
posible violencia también se dan en comercios,
gasolineras, joyerías, etcétera.