Seguros: Revisión salarial 2008-2009

Una vez publicado el dato oficial de IPC por el INE del año 2008, situado en el 1,4%, se ha efectuado la revisión sobre la tabla salarial vigente a 31 de diciembre de 2007, resultando así la nueva tabla salarial para el 2008.

El
15 de enero, en reunión de Comisión Mixta del Convenio
Estatal de Seguros y Mutuas de Accidentes de Trabajo, se ha procedido
a la aplicación de la cláusula de revisión
salarial recogida en su Artículo 37.

Una
vez publicado el dato oficial de IPC por el INE del año 2008,
situado en el 1,4%, se ha efectuado la revisión sobre la tabla
salarial vigente a 31 de diciembre de 2007, resultando así la
nueva tabla salarial para el 2008.

Los
conceptos afectados son:

  • Tabla
    de Sueldo Base por nivel retributivo.

  • Tabla
    de Complemento por Experiencia.

  • Complemento
    de Adaptación Individualizado.

Y
además:

  • Plus
    de Residencia.

  • Plus
    Funcional de Inspección.

  • Ayuda
    económica para vivienda (supuestos de traslado).

Por
otra parte en aplicación del artículo 36 del Convenio
sobre condiciones económicas para el año 2009 la
Comisión Mixta elaboró las tablas salariales para el
año 2009 aplicando sobre la tabla del 2008 la previsión
de IPC situada en el 2%. Dichas tablas son de aplicación desde
el 01 de enero de 2009.

Los
conceptos salariales afectados son los mismos que en 2008, más
los siguientes:

  • Dietas
    y gastos de locomoción (artículo 39)

  • Compensación
    por comida (artículo 40)

Adjuntamos
como anexo ambas tablas, aunque también las tendréis
disponibles a través de la página web de COMFIA.
(www.comfia.net)

En
el supuesto de que en algunas empresas se haya aplicado incrementos
superiores al 1,4% para el 2008, esta diferencia se podrá
regularizar a lo largo del año 2009 en el ámbito de la
empresa y siempre de acuerdo con la representación de los
trabajadores.

CONVENIO
COLECTIVO GENERAL, DE ÁMBITO ESTATAL, PARA EL SECTOR DE
ENTIDADES DE SEGUROS, REASEGUROS Y MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO
2008-2011




La
fuerza del sindicato para la negociación colectiva depende del
apoyo y la confianza que los trabajadores y trabajadoras del sector
demuestran mediante su afiliación.

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