Hoy,
25 de julio de 2017, hemos celebrado reunión de la mesa negociadora
del convenio estatal de sector de RESTAURACIÓN
COLECTIVA,
para definir, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 del
convenio colectivo, la subida salarial para los años 2017, 2018 y
también para el año 2019.
Al
final, los términos
de lo acordado
son los siguientes:
-
Año
2017: incremento del 1,2%,
con carácter retroactivo
desde el 1 de enero de 2017
sobre todos los conceptos retributivos que define el convenio (los
provenientes de los convenios de hostelería). Los atrasos se
deberán pagar, como máximo, en la nómina del mes de noviembre de
2017. -
Año
2018: incremento del 1,3%
sobre
todos los conceptos retributivos que define el convenio (los
provenientes de los convenios de hostelería). -
Además,
y aunque la vigencia del convenio termina el 31 de diciembre de
2018, también hemos acordado que a
partir del 1 de enero de 2019, el incremento salarial sea del 1,5%
sobre todos los conceptos retributivos que define el convenio (los
provenientes de los convenios de hostelería).
-
Cláusula
de revisión:
En
el supuesto de que la suma del IPC General español correspondiente
a los años 2017 y 2018 resultara una cifra superior a la suma de
los incrementos pactados para los referidos años, dicha diferencia
se sumará al incremento pactado para el año 2019, con el límite
máximo del 0,5 por 100.
De
igual manera, si el IPC General español correspondiente al año
2019, resulta una cifra superior al incremento finalmente realizado
para el año 2019, dicha diferencia, se sumará al incremento que se
pacte para el año 2020, con el limité máximo del 0,5 por 100.
-
Este
acuerdo será ratificado por las partes,
patronal FEADRS, y los sindicatos FeSMC-UGT y CC.OO. Servicios, el
21 de septiembre de 2017,
junto con las tablas revisadas y las tablas a incorporar de los
territorios que entra el convenio en vigor en el año 2017.
Para
CC.OO.
Servicios
este acuerdo, que se ratificará en septiembre, está en la línea de
la estabilización
que queremos dar al sector,
y da garantía
de mantenimiento del poder adquisitivo
hasta el término de la vigencia del primer convenio, y más allá
para el año 2019, que tendremos que negociar el segundo convenio, ya
sin el condicionamiento de la subida salarial para ese año. Además,
coincide con los años de garantía
de subida salarial
establecida en el primer convenio para
las/os Monitoras/es de Comedor,
a los que en su momento no se les aplicaban los convenios de
hostelería, que recordamos que es: 2017
incremento del 2,5%, 2018 incremento del 2,5% y 2019 incremento del
2%.