La firma del documento garantiza todos nuestros sistemas de promoción y los adapta a los nuevos niveles del Convenio
Acuerdo de transposición de categorías
En el día de hoy,COMFIA CCOO EL MONTE hemos alcanzado con
Recursos Humanos el acuerdo de Transposición del anterior sistema de
clasificación profesional al nuevo sistema introducido por el Convenio
Colectivo 2003-2006, mediante la firma del documento que garantiza todos
nuestros sistemas de promoción y los adapta a los nuevos niveles del
Convenio, cuyo texto íntegro podéis consultar en la página Web de CC.OO. El
Monte
www.comfia.net/elmonte
Los principales aspectos que se tratan en
dicho acuerdo, cuya aplicación económica y fecha de entrada en vigor ya
habían sido consensuadas previamente a la nómina de 23 de octubre de 2004,
son los siguientes:
Quedan garantizadas por escrito y de forma
individualizada por cada trabajador cualquier diferencia por mayor salario
base en el Convenio anterior respecto a los nuevos niveles profesionales.
Recordamos que estas diferencias tienen la misma consideración que el
salario base y sólo pueden ser absorbidas por los incrementos de nivel
profesional.
-
En materia de Clasificación de Oficinas, se garantiza
durante 3 años, a contar desde la entrada en vigor del nuevo sistema de
Clasificación de Oficinas que se negocia en estos momentos, los derechos en
trance de adquisición para el ascenso (consolidación) que se vengan
generando a dicha fecha. Esta fecha desde la que contar será el 1 de enero
de 2005, que contempla el ACT como entrada en vigor del nuevo sistema, o la
posterior que se determine en el acuerdo de la futura Clasificación de
Oficinas.
-
A los compañeros pertenecientes a la Escala de
Informática se les garantiza su dedicación en el área informática, así como
la carrera profesional establecida en el acuerdo que regula su promoción.
-
Igualmente, se garantiza al personal titulado las tareas
que venían desarrollando en función de su especialización. -
Se garantiza que las oposiciones por capacitación a
oficial primero del grupo administrativo y de gestión serán referidas al
nuevo Nivel VII (y no al Nivel VIII al que se llega por antigüedad). -
Los administrativos que antes de la fecha de entrada en
vigor de la transposición (1 de octubre de 2004) eran oficiales segundo u
oficiales segundo de 3 años y superaron las oposiciones internas de 2004
para ascenso a oficial primero en fecha posterior percibirán los trienios
generados en dichas categorías, en proporción del tiempo transcurrido en las
mismas hasta la fecha de 1-10-2004. -
Los trabajadores con categorías anteriores de Ayudantes
de Ahorro y de Oficios y Actividades Varias mantienen los sistemas de
promoción que para estas categorías existen en la Entidad a la fecha de
transposición.
-
Se garantiza que los compañeros que estuviesen
percibiendo diferencia salarial por alguna categoría superior (sobresueldo)
mantendrán dicha diferencia, que sólo podrá ser absorbible por los
incrementos salariales de cualquier ascenso de Nivel.
Tras la nómina del 23 de febrero, ya en el
mes de marzo, se publicará por RR.HH. los datos relativos a la transposición,
según los términos del acuerdo, y se abrirá un nuevo plazo de un mes para
cualquier reclamación o consulta en relación con los mismos; tras resolverlas,
estos datos se considerarán definitivos en el nuevo sistema de clasificación
profesional.
Creemos que la transposición de categorías, a pesar de su
complejidad, ha concluido con un nivel de incidencias realmente escaso, si
tenemos en cuenta la cantidad de datos que se han tenido que manejar y la
proyección futura de los mismos. Por otro lado, las incidencias han sido
resueltas prácticamente en su totalidad, a falta sólo de las que ahora
pudieran suscitarse.
Además, tras este acuerdo, debe mejorar la información a los
trabajadores en aquellos aspectos que pudieran haber suscitado más confusión
en la anterior comunicación.
Deja una respuesta