La sentencia del Juzgado de lo Social no 30 de Madrid, además de declarar nulo el
despido e imponer a Adecco ETT una indemnización por daños morales, resalta la
mala fe de la actuación, la inverosimilitud de los hechos manifestados por la empresa
y la rocambolesca versión que la misma facilita para justificar el despido.
El pasado mes de mayo la empresa de trabajo temporal Adecco ETT despidió a una Delegada
Sindical que ostentaba dicha condición desde 2007 y que desarrollaba su tarea sindical en el
ámbito de la Federación Estatal de Comfia-CC.OO.
La sentencia recoge íntegramente los argumentos presentados por los servicios jurídicos de
Comfía-CC.OO contra el despido objetivo, entendiendo el juez que se trata de un despido nulo
con derecho de reincorporación de la trabajadora por haber sido vulnerado el derecho
fundamental de libertad sindical.
Para Comfía-CC.OO, la sentencia resuelve de manera satisfactoria la injusticia cometida por
Adecco ETT contra nuestra Delegada y restituye sus derechos constitucionales, respondiendo a
la agresión que Adecco ETT pretendía infligir a la estructura sindical en el sector.
Esta posición, de Adecco ETT, no es ajena al resto de la Patronal que forma parte de la Mesa
de Negociación del Convenio Sectorial de las ETT. Responde a una estrategia que lleva al límite
las posiciones más agresivas contra las plantillas del sector, dentro de la negociación del
Convenio Colectivo, planteando un recorte de las condiciones laborales hasta los niveles que
marca el Estatuto de los Trabajadores y despreciando el papel de la representación sindical en
la vertebración sectorial.
Para Comfia–CCOO, el marco sectorial es la única garantía que tienen las ETT para evitar la
competencia desleal y las malas prácticas entre las empresas del sector. La lógica de que la
crisis lo justifica todo, no puede quebrar la buena fe de las partes en la negociación colectiva.
Esa lógica ha sido utilizada por Adecco ETT en este despido y el Juzgado de lo Social le ha
dado cumplida respuesta.
COMFIA CCOO