Alcanzado un Preacuerdo en el Convenio de Seguros y MATEPSS

El Preacuerdo recoge
básicamente las últimas propuestas sobre los temas clave presentadas por la
representación de
Comfia-CCOO en las últimas sesiones del Grupo de Trabajo

El preacuerdo se concreta en lo siguiente:

Vigencia:

– Duración del Convenio
cuatro años: desde 01-01-2012 hasta 31-12-2015

– Tras su denuncia, el plazo
de ultraactividad del Convenio empezará a contar 45 días 
después y continuará su
vigencia durante doce meses. Si en ese plazo no se 
alcanzara un acuerdo, se
prorrogará la vigencia durante seis meses más, tiempo en 
el que las partes acudirán
al sistema de Solución Autónoma de Conflictos. Las partes 
determinarán los apartados
del Convenio que continuarán vigentes más allá del 
periodo de ultraactividad y
someterán a los sistemas solución extrajudicial de 
conflictos las materias en
las que hubiera discrepancias.

Jornada:

– Se establece un sistema
para negociar la distribución de jornada irregular en el seno 
de las empresas, atendiendo
a las necesidades concretas de cada una de ellas.

– En defecto de pacto, se
establece un máximo de distribución irregular de jornada de 
150 horas (inferior al 10%
de la jornada anual que establece la Reforma Laboral).

– Se establece un preaviso
mínimo a los trabajadores y trabajadoras afectados de 
cinco días.

– La jornada irregular
realizada se compensará con tiempo de descanso equivalente 
durante los cuatro meses
siguientes a su realización.

Permisos:

– En los supuestos de
accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención 
quirúrgica sin
hospitalización que precise reposo domiciliario, los días de permiso podrán 
disfrutarse mientras
permanezca el hecho causante que origina el permiso.

Salarios:

Durante la vigencia del
Convenio los salarios evolucionarán dentro de los parámetros 
del II AENC de la siguiente
manera:

Año 2012: Sin incremento.

Año 2013Sin incremento
inicial. Si el PIB finalizarse en positivo, se produciría una 
revisión salarial
retroactiva desde el 1 de enero en los términos siguientes:

 

  • Si se produce un
    incremento del PIB en términos positivos y éste resulta 
    inferior al 1%, el aumento salarial
    será del 0,6%.
  • Si el incremento del
    citado PIB es superior al 1% e inferior al 2%, el aumento 
    salarial será del 1%.
  • Si el incremento del PIB
    es igual o superior al 2%, el aumento salarial será 
    del 1,5%.

 

Año 2014: Incremento inicial 0,6%. Si
el PIB finalizarse en positivo, se produciría una 
revisión salarial
retroactiva desde el 1 de enero en los términos siguientes:

 

  • Si el incremento del PIB
    2014 resulta igual o superior al 1% e inferior al 2%, 
    el aumento salarial será del
    1%.
  • Si el incremento del
    citado PIB es igual o superior al 2%, el aumento salarial 
    será del 1,5%.

 

Año 2015: Incremento inicial 1%. Si el
PIB finalizarse en positivo, se produciría una 
revisión salarial
retroactiva desde el 1 de enero en los términos siguientes:

Si el incremento del PIB
2015 es igual o superior al 2%, el aumento salarial será del 
1,5%. 

Como cláusula de salvaguarda
para el supuesto de una evolución negativa de la 
economía en términos de PIB,
se acuerda que en el supuesto de que se constatara 
una variación negativa del
PIB igual o superior al -1%, los incrementos salariales 
inicialmente aplicados del
0,6% en 2014 y del 1% en 2015, se deducirán de los 
incrementos que estén
previstos aplicar inicialmente para los años 2015 y 2016 
respectivamente.

 Compensación por Primas:

El personal de nuevo ingreso
en la empresa, generará, inicialmente, solo las dos 
pagas generales de
compensación por primas. Una vez transcurrido un periodo de 
carencia de tres años a partir
de su ingreso en la empresa, los nuevos trabajadores y 
trabajadoras adquirirán
derecho a las restantes pagas de compensación por primas 
en la empresa (excesos de
compensación por primas y compensación adicional por 
primas) con arreglo a la
siguiente escala progresiva:

 

  • 50% del importe de dichas
    pagas al tercer año de su ingreso.
  • 100% de los mismos conceptos
    al cuarto año de su ingreso y sucesivos

 

Debemos recordar, que ya se
alcanzaron acuerdos sobre las restantes materias del 
Convenio en la reunión de
Plenario de Mesa de 27 de febrero, como son: Coordinación 
normativa (defensa del marco
mínimo sectorial), jubilación, vacaciones e IT o inaplicación 
del Convenio (descuelgue
salarial).

Comfia-CCOO valoramos
positivamente el Preacuerdo alcanzado tras largos meses de 
intensa negociación. Quedan
algunos aspectos técnicos de redacción y el establecimiento 
de los conceptos de dietas y
kilometraje, que se resolverán en breve.

Contar con un Convenio
Colectivo consolidado como es el de Seguros, dota al Sector de 
seguridad y certezas para
afrontar los retos del futuro inmediato.

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