Se crea un nuevo permiso remunerado de 2 días, en los casos de intervención quirúrgica sin hospitalización de parientes hasta el segundo grado de consaguinidad o afinidad, siempre que precise reposo domiciliario. Cuando sea necesario un desplazamiento, el permiso será de 4 días.
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Se aumenta el permiso para los partos múltiples
(proporcionalmente) -
Se puede acumular en jornadas completas, en los
términos que establezca el Convenio Colectivo o acuerdos de
empresa o bien pactarlo con la empresa, siempre respetando lo
marcado en el Convenio.
¿Cuantos
días puedo acumular si me decido por esta opción?
Tu
convenio Colectivo o acuerdo de empresa deberá fijar cuantos
días te pertenecen si optas por la acumulación.
¿Y
si mi convenio no especifica nada al respecto?
Si
no hay convenio colectivo, o acuerdo de empresa puedes acordarlo
individualmente con el empresario.