Autor: Admin Capgemini

  • Seis meses después llega el registro de jornada

     

    Seis meses después de la entrada en vigor de la obligatoriedad de registrar la jornada de trabajo por parte de las empresas, parece que Capgemini pondrá en marcha, ésta semana, una aplicación propia desarrollada por compañeros de Valencia. El arranque se realizará de forma escalonada siendo los primeros los trabajadores/as de Valencia seguido, dos semanas más tarde, de Barcelona, la siguiente Murcia, y por último los centros de Langreo, Madrid, Sevilla y Vigo.

    Durante estos 6 meses hemos tenido varias reuniones con la Dirección siendo la primera el pasado 8 de mayo. En ellas nos han ido explicando los avances en el desarrollo de dicha aplicación y el objetivo principal de la Dirección: que todo siga igual.

    Por ello y por otros motivos que a continuación os explicamos, CCOO-Capgemini NO firmará el protocolo de registro de jornada.

    Los principales motivos han sido:

    Sobre el registro en sí: La forma de registrar la jornada será introducir la hora de entrada, hora de salida y tiempo efectivo de trabajo, dejando en manos del trabajador “conforme a nuestro modelo de confianza mutua entre empresa y trabajador” que ponga las horas que efectivamente trabaja.

    El primer punto en el que CCOO-Capgemini no estamos de acuerdo, surge sobre la interpretación de que se considera horas efectivas de trabajo, ya que ésta quedará en manos del responsable el cual quieren que sea el encargado de realizar una supervisión, (que no modificación) de los registros.

    Si en algún momento recibes indicaciones sobre que considerar o no tiempo de trabajo efectivo, contacta con nosotros para validar dicha información.

    Por otra parte y tras el debate que se abrió en la mesa de negociación con la empresa sobre si se deben registrar las horas de compensación por haber realizado una disponibilidad, nos hace pensar que no hay consignas claras de qué tendremos que registrar.

    Para CCOO-Capgemini los tiempos de descanso derivados de disponibilidades o bien por no disfrute de la jornada intensiva de verano debe ser registrado como tiempo efectivo de trabajo.

    Excesos de jornada: La directriz marcada por la Compañía es que “deben compensarse con tiempo equivalente de descanso dentro de los cuatro meses siguientes”. Ante tal afirmación decir que:

    • 1) Tal y como se estipula en la legislación laboral vigente, todas las horas que se realicen fuera del horario laboral son VOLUNTARIAS.
    • 2) Para garantizar su compensación tendrás que solicitar un correo a tu responsable solicitándolo para que quede constancia de su requerimiento.

    Desde CCOO-Capgemini, consideramos imprescindible añadir un punto más:

    • 3) La compensación está marcada según colectivo, convenio colectivo o bien acuerdo de disponibilidades yninguno de ellos marca que sea a hora por hora.

    Teniendo en cuenta este punto, esta sección sindical no puede aceptar nada que vaya en contra de las condiciones vigentes en los acuerdos firmados con la compañía:

    • Colectivo Sogeti 2010 y 2019 por acuerdos y normativa todo aquello que exceda la jornada diaria debe ser compensado como hora extraordinaria.
    • Colectivo general: actualmente dichos excesos se compensan como las actuales intervenciones planificadas que hay en el acuerdo de disponibilidades.

    ¿Quién garantiza que con esta nueva directriz no intentarán ahorrarse este pago?

    Peligro en lo que registramos: Si bien la dirección intenta dar una visión de empresa flexible en los horarios y formas de trabajo, la realidad es la que es y la que marcan los diferentes acuerdos o normativas de cada uno de los colectivos. En este sentido queremos avisar de los peligros de realizar imputaciones fuera de la flexibilidad real (todas ellas sujetas a que sea compatible y no perjudique las necesidades del proyecto o servicio):

    • Colectivo General: Durante el período de horario de invierno, se establecerá un régimen de flexibilidad horaria comprendida entre las 8:00 y las 09:30 horas, y la salida dentro de la franja horaria comprendida entre las 17:15 y las 18:45h.
    • Colectivo Sogeti 2010: Durante el período de horario de invierno, se establece un régimen de flexibilidad horaria comprendida entre las 8:00 y las 9:30h, y la consiguiente salida dentro de la franja horaria comprendida entre las 17:15 y las 18:45h.
    • Colectivo Sogeti 2019: Durante el período de horario de invierno, se establecerá un régimen de flexibilidad horaria comprendida entre las 7:30 y las 09:30 horas, y la consiguiente salida entre las 16:45 y las 18:45h. En verano: la flexibilidad horaria está comprendida entre las 7:30 y las 08:30 horas, y la consiguiente salida entre las 14:30h y las 15:30h.

    Además, desde CCOO-Capgemini queríamos incluir en dicho protocolo:

    – Cláusulas de desconexión digital. Entendemos y así lo propusimos que apareciera AL MENOS una declaración de intenciones en este sentido. Lamentablemente la empresa lo descartó.

    Finalmente desde CCOO-Capgemini queremos proponer que registres las horas reales de trabajo efectivo que realizas diariamente. Debemos siempre reclamar las compensaciones correspondientes a cualquier hora producida más allá del horario.

    Es importante visualizar este exceso a la dirección, que lo define sistemáticamente como casos aislados.

    Desde la dirección hay el compromiso de realizar una nueva reunión el 30 de octubre para poder empezar a analizar cómo funciona la aplicación y ver los primeros registros de jornada. Poder visualizar esta realidad sería un primer paso para poder demostrar a la dirección cual es el día a día de esta compañía.

    Para cualquier consulta que puedas tener sobre este u otros temas no dudes en contactar con tus delegados de CCOO de tu centro de trabajo.

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  • Resumen Mensual Redes Sociales Septiembre 19

     

     

    Os adjuntamos un resumen de los comunicados emitidos por CCOO-Capgemini durante este mes de Septiembre, así como de algunas de nuestras publicaciones en redes sociales

     

    Únete a nuestro canal de twitter para tener información diaria como esta de septiembre: @CCOO-Capgemini

     

    • Te recordamos que hoy 27 de septiembre celebramos la movilización por el clima

    ¡¡¡ Participa !!!

  • Incumplimientos Norma sobre Reuniones Internas

     

    Reuniones internas: ¿Conciliamos?

    Hemos recibido quejas de compañeros sobre el incumplimiento sistemático que se está dando en algunos Proyectos/Departamentos sobre el horario establecido por la empresa para las reuniones internas.

    Con este comunicado queremos recordar, a aquellos compañeros que convocan reuniones internas, la medidas orientadas a fomentar la conciliación, que fueron puestas en marcha por la Dirección de RRHH hace ya más de un año a través del Programa Be You:

    Desde CCOO-Capgemini esperamos que este recordatorio sirva para que todos seamos conscientes de la existencia de dicha normativa, que además, va en beneficio de nuestra conciliación, sea familiar o simplemente personal.

    Para cualquier situación que se pueda estar dando de incumplimientos de normativa o consultas, que puedas tener sobre este u otros temas, no dudes en ponerte en contacto con los delegados de CCOO de tu centro de trabajo.

    Os recordamos que el programa Be You aplica a todos los colectivos de Capgemini

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  • Fondo Social y Catástrofe en la Comunidad de Murcia

     

    Fondo Social y Catástrofe en la Comunidad de Murcia

    Durante estos últimos días, hemos sufrido en nuestra comunidad una de las mayores catástrofes naturales de los últimos años. La llamada ‘Gota Fria’ ha provocado importantes lluvias y desbordamiento de ríos causando importantes pérdidas materiales.

    Vaya por delante nuestro deseo de que nadie de Capgemini, familiares o personas cercanas hayan resultado afectados/as, si fuera así os queremos recordar que desde el 2015 está activo el Fondo Social.

    El Fondo Social es una iniciativa propuesta por CCOO y que conseguimos hacer realidad en el marco del Plan de Transformación llevado a cabo por la compañía en el año 2015.

    Si bien el objetivo para nosotros era algo más amplio, finalmente quedó en un fondo para ayudar a los trabajadores/as de Capgemini en situación de especial necesidad.

    En este sentido si por desgracia has resultado afectado/a directamente por este episodio de lluvias torrenciales, sufriendo importantes pérdidas, puedes ponerte en contacto con nosotros para evaluar la solicitud de ayuda al Fondo Social.

    A modo de ejemplo os enumeramos ejemplos de casos que podrían ser susceptibles de recibir una ayuda del fondo social:

    • Gastos derivados de enfermedades
    • Tratamientos o intervenciones no cubiertas o cubiertas de forma parcial por el servicio público de salud
    • Gastos derivados de situaciones sobrevenidas de discapacidad

     

    Como cada caso es un mundo os animamos a que, ante una problemática económica que surja de forma sobrevenida, os pongáis en contacto con un delegado/a de CCOO para poder estudiar y presentar vuestro caso en la mesa del Fondo Social.

  • La importancia de la revisión médica y la Mutua de Accidentes Madrid

     

    El pasado Martes, los trabajadores/as de Madrid hemos recibido un correo en el que se nos informa del inicio de la segunda fase de reconocimientos médicos . Concretamente, las fechas propuestas son del 18 Noviembre al 3 de Diciembre en Oxxeo, y del 4 al 22 de Noviembre en Cualtis Leganés para los empleados en la zona sur y Cualtis Madrid para los ubicados en clientes más céntricos.

    Desde CCOO-Capgemini queremos informaros de la importancia que tiene someternos a ella y la de comentar todo aquello que afecte a nuestro salud y que pueda tener origen laboral.

    Así mismo es importante recordar que el tiempo empleado para su realización no es recuperable bajo ningún concepto, tal y como apunta el Artículo 14.5 de la Ley de Prevención 31/1995:

    El coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo no deberá recaer en modo alguno sobre los trabajadores

    Aunque desde CCOO-Capgemini solicitamos, dentro del Comité de Seguridad y Salud, la creación de un código PON específico, lo cierto es que a día de hoy sigue sin estar creado, teniendo que imputar estas horas como “consulta médica”. En este sentido queremos insistir también en la necesidad de acudir a la mutua de accidentes que Capgemini tiene contratada cuando tengamos un accidente de trabajo o bien cuando creamos que la enfermedad que padecemos puede estar motivada por el tipo de trabajo que realizamos.

    ¿Cuáles son las dolencias más generales en nuestro sector y que pueden venir originadas por nuestro trabajo? tendinitis, pérdida de visión, pérdida de la sensibilidad auditiva, alergias, trastornos musculo-esqueléticos,… En estos casos es importante que en el momento de la revisión médica esto conste en el informe para así poderlo usar en el futuro ante la evolución de dicha enfermedad.

    ¿Qué es una enfermedad profesional? La Enfermedad Profesional viene definida en el Art. 116 de la Ley General de Seguridad Social como: “la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”.

    ¿Por qué es importante acudir a la mutua? La correcta declaración de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales es muy importante por sus implicaciones:

    • Económicas : afecta a las prestaciones que recibirán los trabajadores/as.
    • Preventivas : Si una contingencia es declarada como profesional, contribuye a la visibilidad social del riesgo laboral, impidiendo que el sistema público de salud asuma lo que es un coste empresarial.

    Los datos médicos de carácter personal son totalmente confidenciales y por tanto cualquier tipo de divulgación está considerada por la ley como falta muy grave. En caso de discrepancia con la Mutua o cualquier incidencia, consulta con nuestros delegados de Prevención, o bien directamente con la sección sindical