Autor: Alfredo Serna

  • La Federación de Servicios de CCOO denuncia el despido del presidente del comité de empresa de LIDL en Cantabria

    CCOO-Servicios denuncia la «represión» de la compañía LIDL al despedir al presidente del comité de empresa de Cantabria como «represalia» contra una persona que se significó en la mejora de las condiciones laborales.
    […]
    Para Gregorio Madrid, secretario de Acción Sindical de CCOO-Servicios: «se trata de una práctica absolutamente antisindical que se produce a 45 días del inicio del proceso electoral en la empresa, por lo que el sindicato entiende que se trata de una maniobra empresarial para quitarse de en medio al sindicalista que les resulta un estorbo debido a su trayectoria sindical». «Carlos Fernández, delegado de CCOO y presidente del comité de empresa en LIDL desde hace más de 16 años, fue el impulsor de la huelga que se llevó a cabo en la empresa en Cantabria en 2016».

    Según recoge la carta de despido, al trabajador se le acusa de crear terror con sus compañeras en su centro de trabajo, de comer sándwiches, de coger comida de perros, «aunque el día que se le acuse no hubiese trabajado», de cometer alguna ausencia en el trabajo, a pesar de trabajar casi a diario en el periodo estival y de obligar a no fichar a las compañeras y no permitir el descanso reglamentario entre jornadas. Precisamente esto último y muchas cosas más, han sido la hoja de ruta de este sindicalista de éxito y que ahora intenta ser represaliado por LIDL.

    Lejos de las argumentaciones de la empresa, el trabajador despedido tiene una trayectoria ejemplar y de éxito profesional, sin ningún tachón en su expediente a lo largo de los 22 años de servicio en LIDL, pero que ahora resulta muy incómodo para la empresa.

    El sindicato rechaza públicamente este despido como un atropello contra el afectado y contra las personas que lo eligieron como su representante, y anuncia que está trabajando en distintas líneas para procurar la solución.

  • Presentamos demanda en la Audiencia Nacional

    A pesar de todas nuestras advertencias (la última, ayer mismo), la empresa ha seguido adelante con su iniciativa de presionar a todas las personas que ocupan cargos «directivos» para que fingieran acogerse voluntariamente a las reducciones salariales, por lo que en CCOO hemos hecho lo que ya habíamos anunciado en nuestro anterior comunicado: presentar demanda ante la Audiencia Nacional.

    Lamentablemente, una vez más, tendrán que ser los juzgados quienes paralicen las absurdas iniciativas de nuestra entidad.

    […]
    Como sabéis, la empresa ha pedido «un esfuerzo a los directivos» según el cual ha convertido una parte fija del salario en variable mediante la aplicación de una reducción salarial pura y dura, según una tabla que comienza en un 7,60% del salario, a aquellas personas que ganen más de 45.000 euros.

    Y aunque ha habido honrosas excepciones, la mayor parte de la gente, por miedo a ceses, traslados o simplemente a que les hicieran cosas peores, ha acatado la «sugerencia» de sus superiores y ha firmado.

    Como a esta empresa le gusta hacer las cosas atropelladamente y mal, esta vez, a muchas de las personas afectadas le han aplicado las reducciones salariales incluso antes de haber firmado el documento impuesto por la empresa que avalaba tal rebaja aunque, eso sí, para disimular luego se están recogiendo las firmas con fecha de varios días atrás.

    Sea como fuere, la reducción salarial propuesta por la empresa supone una Modificación Sustancial de Condiciones de Trabajo de carácter colectivo que afecta al sistema de remuneración y a la cuantía salarial, y se ha llevado a cabo sin seguir el procedimiento establecido para ello, infringiendo lo establecido en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.

    Además, como ya sucediera con la «oferta de bajas voluntarias de 2015», Liberbank, otra vez, obviando las reglas impuestas por el Estatuto y por el Convenio, procede a la firma de acuerdos individuales en masa y ello supone una vulneración del derecho a la libertad sindical, porque se acude a los mismos como vía de eludir el cumplimiento de la normativa en cuanto a los derechos de información, consulta y negociación con la representación de los trabajadores.

    Por todo ello, en la demanda presentada por CCOO pedimos que se declare la NULIDAD de los ACUERDOS DE CONVERSION DE SALARIO FIJO EN VARIABLE suscritos entre la empresa y los trabajadores afectados por el conflicto, y en consecuencia ordene la reposición a la situación anterior a la firma de los mismos, y se abone a cada uno de ellos las cantidades que han dejado de percibir desde el mes de julio de 2017.

    Saludos.

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  • CCOO Servicios revalida la mayoría sindical en Eurostars Hotusa

    CCOO ha renovado la mayoría en las elecciones sindicales celebradas hoy, 27 de julio, en el Hotel Real tras conseguir el 76% de los votos, un recuento que da a CCOO cuatro representantes.
    La votación ha contado con una amplia participación ya que 47 trabajadores ejercieron su derecho a voto de un censo de 58 empleados, lo que supone una participación del 81% de la plantilla.
    […]
    Tras finalizar la votación CCOO revalida la mayoría absoluta en el comité de empresa ya que ha obtenido 36 votos, que dan al sindicato cuatro delegados y delegadas, de los cuales tres pertenecen al colegio de especialistas que cuenta con 34 personas en plantilla, y uno en el colegio de técnicos con un censo de 24 personas. Por su parte UGT, que ha presentado candidatura después de 16 años, consigue un representante en el colegio de técnicos contabilizando un total de 10 votos.
    CCOO Servicios ha asegurado que este respaldo mayoritario de la candidatura que ha presentado el sindicato se debe a la gestión respecto a los conflictos laborales sufridos en los últimos años en la empresa, en los que «se han atravesado ERES, sufrido presiones y despidos, y todo tipo de medidas precarizadoras en la empresa», frente a las que CCOO se ha mantenido junto a los trabajadores y trabajadoras. 
    La Federación de Servicios de CCOO ha lamentado que tras 16 años luchando como único sindicato en la empresa, en este proceso el sindicato UGT ha obtenido un representante que proviene del colegio de técnicos y de una candidatura respaldada por la empresa que incluye altos mandos.

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  • Reducciones salariales «voluntarias»

    Hoy tenemos a todo el personal muy revuelto por una sucesión de audioconferencias en las que los distintos territoriales han ido informando a los «directivos» de una nueva iniciativa (ilegal) de nuestra querida empresa.

    Como todo esto se desarrolla de forma oscura y semi-secreta, al más puro estilo Liberbank, toda la información de la que disponemos es aproximada aunque, obviamente, antes de publicar este comunicado, la hemos contrastado en distintos territorios y con suficientes fuentes como para darle credibilidad plena.

    Lo planteado por Liberbank es lo siguiente:  […]

    Lo planteado por Liberbank es lo siguiente:

    La empresa pide «un esfuerzo a los directivos» según el cual se pretende convertir una parte fija del salario en variable mediante la aplicación de una reducción salarial pura y dura, según una tabla que comienza en un 7,60% del salario, a aquellas personas que ganen más de 45.000 euros.

    En principio, dicen que, ya si eso, la empresa devolvería en 2020, 2021 y 2022 lo quitado en 2017, 2018 y 2019.

    Todo ello, por supuesto, al margen del Convenio y de los sindicatos pues estiman que todo lo que hacen es correcto.

    Tras unas breves alusiones a futuras valoraciones de puestos y a la importancia de asumir compromisos con la empresa comunican que quien NO esté dispuesto a aceptar tal rebaja se ponga en contacto con el jefe de zona (que ya le convencerán allí).

    Explican que, como la empresa da por hecho que todo el mundo quiere, posteriormente se les facilitará un acuerdo desde Recursos Humanos que sustente tal rebaja.
    Acuerdo, que aunque todavía no tenemos, anticipamos contendrá la palabra «voluntariamente» doscientas veces.

    Pues bien, suponemos que no hace falta explicar los motivos pero, por favor, que NADIE se apunte a algo similar y, por supuesto, QUE NADIE FIRME NADA.

    Todo el planteamiento de la empresa gira entorno a la voluntariedad.
    La empresa, utilizando un argumento que ya conocemos, sostiene que es el personal quien solicita acogerse a esta reducción salarial y ellos, siguiendo esa petición, lo aplican.

    Obviamente todo es mentira.

    Lo que se pretende hacer es una modificación substancial de las condiciones de trabajo y cualquier modificación de este tipo se encuentra regulado por el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores y debe ser negociado con la representación legal de los trabajadores. Precisamente y entre otros motivos, para evitar abusos por parte de las empresas.

    Hace cuatro días, tras una demanda de CCOO, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo han condenado a Liberbank por vulneración de derechos fundamentales por su oferta de bajas voluntarias al tratar temas colectivos como si fueran individuales y, ahora, ¿vuelven a insistir?

    Además y para ponerlo todavía peor, esta vez no es para «premiar» sino intentando conseguir, al margen de toda lógica, un ERTE encubierto.

    A ver si poniéndolo en mayúsculas, en la empresa, lo entienden:
    ESTE TIPO DE MODIFICACIONES NO SE PUEDEN HACER UNILATERALMENTE NI TAMPOCO LLAMANDO UNA A UNA A LAS PERSONAS AFECTADAS PARA QUE «VOLUNTARIAMENTE» SE APUNTEN.

    Advertimos que ante iniciativas de este tipo iremos a los juzgados directamente y también que haremos todo lo posible para que de estas ocurrencias se deriven responsabilidades personales.
    Ya está bien.

    Insistimos: NO FIRMEIS NADA.

    Saludos.

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  • Formación y capacitación MiFID II

    A veces ocurre que metidos en la «vorágine Liberbank», con el trabajo del día a día o por otras noticias como las negociaciones del ERTE o la nueva sentencia del Tribunal Supremo anulando las medidas unilaterales impuestas por la empresa en 2013, hay temas muy importantes que pasan totalmente desapercibidos.

    De hecho, este comunicado trata un tema muy importante y que nos afecta sobremanera pero que parece que sólo en CCOO estamos hablando de ello. Se trata de la capacitación en conocimientos y competencias impuestos por la Directiva MiFID II y, de momento, su consecuente formación obligatoria.

    […]
    Aunque os hemos ido informando puntualmente de todo lo sucedido, por resumir de forma muy breve lo acontecido hasta ahora:

    – Se establece la Directiva europea MiFID II según la cual la inmensa mayoría de personas que trabajamos en el sector tenemos que acreditar conocimientos y competencias, realizando una extensa formación y aprobando unos exámenes.

    – Sindicalmente tratamos de negociar la aplicación del MiFID II en todo el sector, regulando el impacto y estableciendo compensaciones, pero la patronal se «pone de perfil» diciendo que no tienen nada que negociar y que «nosotros veremos» porque es necesario cumplirlo si es que queremos seguir trabajando en esto.

    – Paralelamente en CCOO nos reunimos con la CMNV y presentamos propuestas pretendiendo minorar en mucho el impacto que todo esto puede tener sobre las plantillas.

    – Finalmente la CNMV publica la Guía Técnica en la que se marcan los criterios que por los que deben guiarse las empresas.

    En esa guía técnica, la CMNV aceptó bastantes propuestas de CCOO como:
    –  que se convaliden las titulaciones o cursos realizados tanto internos como externos.
    – que únicamente sea necesario realizar la formación que complete la ya convalidada hasta la requerida por las Directrices.
    – que las propias entidades puedan ser formadoras y acreditadoras sin necesidad de recurrir a formadoras y/o certificadoras externas.
    – que las entidades pongan a disposición del personal el tiempo los medios necesarios.

    Sin embargo, otras, que entendemos tremendamente lógicas, no fueron atendidas como:

    – Tener en cuenta la experiencia de los años trabajados como bancarios y bancarias desempeñando funciones comerciales
    – Decir que la responsabilidad ante terceros debe recaer en las entidades y no en las personas de la plantilla.

    En un comunicado anterior (ver La gran mentira), que os recomendamos leer, ya dimos nuestra opinión respecto a que los reguladores consideren que gran parte de los problemas del sector se hayan debido a la capacitación de las plantillas pero como, mal que bien, el proceso sigue adelante y en Liberbank también nos afecta, hace unos días enviamos formalmente el siguiente texto a la empresa:

    Debido a la falta de contacto de la entidad con la RLT respecto a su unilateralmente implantado «programa de formación para la capacitación en conocimientos y competencias MiFID II», desconocemos exactamente muchos de los aspectos que tal programa formativo contiene pero, como vista la circular publicada en la Intranet el 07/07/2017 sospechamos que están ignorando detalles muy importantes, queremos recordarles parte del contenido de la Guía Técnica elaborada por la CNMV para esta materia y en base a ella solicitarles o requerirles que:

    * Convoquen urgentemente una reunión en la que poder tratar el plan de formación MiFID II

    * Se convalide la formación recibida en la obtención de titulaciones universitarias de grado y postgrado que versen sobre estas materias.

    * Se convalide la formación interna ya recibida e impartida por la Entidad.

    * Se module la formación porque sólo es necesario realizar la formación complementaria que complete el temario establecido por las Directrices y porque reduce la presión y el sobreesfuerzo que supone la preparación de la formación de manera integral.

    * Se alarguen los plazos para la obtención de los conocimientos pues, como saben, se dispone de un plazo de cuatro años desde el 01/01/2018 para adquirir los conocimientos y competencias.

    * Se reconozca que esta formación tiene carácter obligatorio para el personal relevante y, por tanto, tal y como establece el Considerando 79 de la Directiva MIFID 2 y dispone la propia Guía Técnica, la Entidad dé el tiempo y los medios necesarios para su realización. Lo que implica que la formación y preparación de pruebas se realice dentro de los horarios de trabajo y en lugar adecuado o, si esto no es posible, se den las compensaciones adecuadas.

    * Por su obligatoriedad, se dé prioridad a esta formación y no saturen aún más a la plantilla con la realización simultánea de otros cursos de formación.

    * Se den instrucciones para que se deje de presionar a la plantilla desde las direcciones de zona para que se apunten «voluntariamente» y YA al programa formativo.

    * Se concrete la posible responsabilidad jurídica ante terceros de la plantilla una vez haya obtenido la certificación y se suscriban, si fuera el caso, seguros de responsabilidad civil que amparen a las personas de la plantilla ante posibles demandas o reclamaciones.

    Desde CCOO emplazamos a Liberbank a que se comporte como otras empresas del sector y negocie con la representación sindical las compensaciones adecuadas que permitan a la plantilla realizar esta formación con las mayores garantías profesionales y laborales y, por supuesto, a que la formación se circunscriba a la adquisición de los conocimientos necesarios sin exigencias más allá de lo establecido por la guía técnica de la CNMV.

    Saludos.

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