Autor: CCOO en Altamira

  • Deducción de la cuota de afiliación a CCOO – Renta 2020

    La cuota de afiliación sindical a CCOO de 2020 tiene la consideración de gasto deducible de los rendimientos del trabajo.

    En el borrador que envía Hacienda o en la aplicación RENTAWEB 2020 por defecto, no indica la cantidad abonada a los sindicatos, es necesario modificar el borrador e incluirla en "Cuotas satisfechas a sindicatos" en tu declaración de IRPF.

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    Te recordamos que el importe de las cuotas sindicales es un gasto deducible en la Declaración de la Renta según recoge el artículo 19.2 de la ley de IRPF. 

    Los justificantes son los recibos bancarios. Si habéis cotizado 2020 completo con la cuota ordinaria se trata de 162,00,- euros (el importe variará en función de si la cuota es ordinaria, reducida, especial, de pensionistas…). Si no fuera el ejercicio completo multiplicad el importe de la cuota por los meses cotizados como afiliado o afiliada 

    Puede comportar un ahorro en la cuota de entre el 20% y el 35% según los casos. Hay que poner la cantidad a deducir en el espacio reservado a "Cuotas satisfechas a sindicatos"  del IRPF. Hacienda, por defecto, no indica la cantidad abonada a los sindicatos, es necesario incluirla.

    En un principio no sería necesario aportar documentación acreditativa, salvo que Hacienda lo solicitase con posterioridad; si se diese dicha circunstancia, podrás obtener dicha documentación en CCOO.

    Si quieres disponer del certificado del importe de las cuotas satisfechas a CCOO en 2020 y no lo has recibido puedes obtenerlo por estas dos vías indicando  tu NIF (sin letra).

    1.- Solicitar que te lo envíen por correo electrónico en el mail: info@uar.ccoo.es 

    2.- Entrar en tu área personal de afiliado y descargártelo accediendo a:  https://ssl.ccoo.es/Afiliacion 

    Si no recuerdas o no tienes clave de acceso. En la misma página la puedes solicitar indicando tu fecha de nacimiento, nif (sin letra) y mail para que te envíen contraseña. Este proceso es inmediato.

  • Presentación de la Herramienta Española de Igualdad Retributiva IR!

    LaMoncloa – Presentación de, la Herramienta Española de Igualdad Retributiva IR!

    La herramienta de Igualdad retributiva IR! nace en el marco del Diálogo Social y es fruto del acuerdo de los ministerios de Trabajo y Economía Social e Igualdad con los sindicatos CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme.

    Cuando la diferencia de las retribuciones sea superior al 25%, la empresa debe identificar las causas, determinar si está justificada o no y, en su caso, corregir la desigualdad.

    La representación legal de los trabajadores y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social tendrán acceso a los datos recogidos en el registro. Las personas trabajadoras podrán consultar la información promediada.

    Trabajo de igual valor, igual retribución

    El Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, pretende visibilizar la discriminación en materia retributiva pero, sobre todo, en sus causas para que se puedan tomar las medidas adecuadas para erradicarla, desarrollando los mecanismos para identificar y corregir la discriminación en este ámbito, promoviendo las condiciones necesarias y removiendo los obstáculos existentes.

    Consulta la noticia completa en La Moncloa

    Asesoramiento gratuito
    El Ministerio de Igualdad, a través del Instituto de las Mujeres, dispone de un servicio de asesoramiento gratuito a empresas y otras entidades para la elaboración e implantación de planes y medidas de igualdad, que lleva a cabo un acompañamiento personalizado y especializado a las entidades interesadas, y que dispone de una guía para la elaboración de planes de igualdad adaptada a lo previsto en el RD 901/2020, así como múltiples materiales de sensibilización y cursos de formación gratuitos sobre igualdad en el empleo a través de la Escuela virtual de Igualdad del Instituto de las Mujeres.

  • Avanzan las obras de Hogares de Miralbueno – Zaragoza

    Coanfi – Avanzan las obras de Hogares de Miralbueno – Zaragoza

    Avanzan las obras de Hogares de Miralbueno, de Altamira Asset Management, promoción de 38 unifamiliares de obra nueva en la capital de Zaragoza. Se están ejecutando los cerramientos de fachada mientras progresivamente se desarrollan los trabajos de tabiquería e instalaciones en el interior de las viviendas.

    El resultado será una exclusiva urbanización privada formada por modernas viviendas con terrazas, jardines privados y una gran zona común con piscinas y pistas deportivas.

    Avanzan las obras de Hogares de Miralbueno – Zaragoza

    Altamira Inmuebles – Hogares de Miralbueno en Zaragoza

    Coanfi – Inicio de obras: ‘Hogares de Miralbueno’ en Zaragoza

    Altamira Inmbuebles adjudica a Coanfi la construcción de un conjunto residencial de 38 viviendas unifamiliares adosadas, con garajes de dos plazas, trasteros y zonas comunes (piscina, pista de pádel, baloncesto, juegos infantiles, etc.) situada en el barrio de Miralbueno, Zaragoza.

    La urbanización ‘Hogares de Miralbueno’ suma un total de 10985,81 m2 construidos y cada vivienda cuenta con jardín privado, 2 plantas, bodega y 4 dormitorios.

  • Permisos retribuidos para ejercer el derecho al voto – Comunidad de Madrid 4M

    Elecciones a la Asamblea de Madrid 

    La Comunidad de Madrid ha establecido las normas para los permisos laborales el día de las elecciones.

    Las disposiciones para que se ejerza el derecho a voto en la Comunidad de Madrid, y que se recogen en la resolución 24 de marzo de 2021, son las siguientes:

    Disposición BOCM permisos retribuidos elecciones

    Nota CCOO Altamira

    Altamira comunica a la plantilla en la Comunidad de Madrid que como el día de las elecciones es día laborable y nuestro horario coincide con la apertura de las mesas electorales se adopta la medida de flexibilidad adcional:

    "Por este motivo podrás realizar toda la jornada en modalidad de teletrabajo, con el fin de evitar desplazamientos innecesarios y tiempo"

    Permisos retribuidos para ejercer el derecho al voto:

    a) Trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de las mesas electorales o lo haga por un período inferior a dos horas: no tendrán derecho a permiso retribuido.

    b) Trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales: disfrutarán de permiso retribuido de dos horas.

    c) Trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en cuatro o más horas y menos de seis con el horario de apertura de mesas electorales: disfrutarán de permiso retribuido de tres horas.

    d) Trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en seis o más horas con el horario de apertura de las mesas electorales: disfrutarán de permiso retribuido de cuatro horas.

    Para las personas trabajadoras que tengan un horario reducido o un contrato parcial, la duración de los permisos se reducirá en proporción a la relación entre su jornada de trabajo y la jornada completa de los trabajadores en la misma empresa.

    La legislación de la Comunidad de Madrid establece que son las empresas las que decidirán en qué momento de la jornada puede ir el trabajador a votar. Además, pueden solicitar un justificante que deberá ir firmado por el presidente de la mesa electoral que les corresponda.

    https://madrid.ccoo.es/votar4demayo

    Permisos para Mesa Electoral

    En este caso, y basándonos en los artículos 13.3 y 4 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, se establece que el presidente o vocales de las mesas electorales así como interventores y apoderados tienen derecho a un permiso remunerado durante toda la jornada laboral correspondiente al día de la votación, si para ellos es laborable.

    También les corresponde una reducción de cinco horas de su jornada de trabajo el día inmediatamente posterior a las elecciones. En el caso de los apoderados, solo les corresponderá la jornada correspondiente al día de la votación.

    A los que les toque estar en la mesa, si el día anterior trabajaron de noche, la empresa, a petición del afectado o afectada, debería cambiar el turno para poder descansar esa noche anterior al día de los comicios.

    Para ampliar información oficial sobre las votaciones del 4-M

    ver: https://elecciones.comunidad.madrid/es/elecciones-asamblea-madrid-4-mayo-2

  • Análisis de cuentas anuales en la empresa

    Formación gratuita on line.

    Analizar el estado económico y financiero de la empresa a través de los ratios de endeudamiento, solvencia a corto plazo, fondo de maniobra; así como gestionar los plazos de cobro y de pago, adquirir conocimientos de los estados contables y determinar la situación patrimonial, financiera y económica de la empresa.

    Más información e inscripciones. Convocatoría 12 de Mayo

    1. INTRODUCCIÓN Y ANÁLISIS CUALITATIVO DE LA EMPRESA.
    2. CUENTAS ANUALES E INFORME DE AUDITORÍA.
    3. ESTADOS CONTABLES PREVISIONALES.
    4. ANÁLISIS PATRIMONIAL Y FINANCIERO.
    5. ANÁLISIS DE LA CAPACIDAD PARA GENERAR BENEFICIOS, VALOR Y CRECIMIENTO.
    6. FORMULACIÓN DEL DIAGNÓSTICO, RECOMENDACIONES Y JUSTIFICACIÓN DE LAS MEDIDAS PROPUESTAS.

    Más información e inscripciones Convocatoria 12 de Mayo