Autor: Federacion Andalucia

  • Cuarto comunicado Comité Intercentros (09 y 10 de febrero) ERE Cashdiplo

    Hoy se ha cerrado el procedimiento del despido colectivo de Supersol y CashDiplo con acuerdo de los sindicatos UGT, UNTS, CSATT Y CCOO en los siguientes términos:

    Se establece una cantidad indemnizatoria de 35 días por año trabajado hasta un máximo de 24 mensualidades para  CASHDIPLO

    Acuerdos del procedimiento de despido colectivo de CASHDIPLO

    Como resultado de las negociaciones realizadas en el período de consultas, se acuerda que el número máximo de trabajadores a afectar en el procedimiento de despido colectivo se reduce de 36 a 31 puestos de trabajo.

    Se permite la intercambiabilidad en los siguientes criterios:

    1. Que el puesto de trabajo del voluntario esté ubicado en las mismas islas que los centros de El Cebadal y Playa Honda
    2. Que haya algún trabajador afectado de El Cebadal y Playa Honda que prefiera continuar con su prestación de servicios en el puesto del voluntario.
    3. Que la capacitación del trabajador afectado sea similar a la del trabajador que ha solicitado su inclusión voluntaria, y
    4. Que el coste salarial del puesto ocupado por el afectado (de El Cebadal o Playa Honda) no incremente el coste del puesto que se le asigne en otra tienda.

    Los trabajadores que sean objeto de intercambiabilidad lo harán en las condiciones de puesto y jornada del puesto del voluntario. Si las condiciones salariales son inferiores a las del puesto del voluntario, el trabajador será compensado con una indemnización bruta que se calculará conforme a la diferencia salarial entre el bruto fijo anual que viniera percibiendo el trabajador y el nuevo bruto fijo del puesto al que acceda. A la diferencia se le aplicará la indemnización que se aplicará a los trabajadores afectados por el despido colectivo.

    Estos son los criterios para cubrir las vacantes:

    1) Los trabajadores que quieran ser salir voluntariamente de la Empresa deberán comunicar su voluntad a la empresa antes del 13 de febrero

    2) La Empresa valorará y comunicará al afectado que acepta su solicitud. El trabajador/a deberá indicar su voluntad expresa de aceptar el intercambio.

    3) En caso de que se acepte la empresa comunicará el resultado el día 15 de febrero de 2021 a ambos trabajadores/as afectados/as.

    Se establece la aplicación del Convenio Especial con la Seguridad Social para quienes tengan 55 años de edad a fecha del despido según establece la legislación vigente.

    Se amplía la cobertura del Plan de recolocación externa hasta 9 meses para los menores de 45 años y 15 meses para las personas de más de 45 años que estaba establecido inicialmente en 6 meses.

    La parte social firmante del acuerdo manifiesta que a pesar de lo traumático que resultan los procedimientos de despido colectivo, se ha conseguido reubicar a parte de la plantilla que ha solicitado mantener el puesto de trabajo, por otro lado, la compensación indemnizatoria ha sido la más alta en la historia de nuestra compañía dadas las circunstancias.

    ERE Cashdiplo

  • Curso de Fundamentos de Negociación Comercial. Formación gratuita online, 18 de febrero

    Definir los principios de comunicación y negociación en procesos de negociación comercial, sus fases y cierre. Teleformación 14 horas.Más información e inscripciones

    1. LA NEGOCIACIÓN COMERCIAL
    1.1. Concepto de negociación comercial.
    1.2. Diferencias entre vender y negociar.
    1.3. Elementos de la negociación.
    1.4. El protocolo de la negociación.
    1.5. Negociación en terreno propio.
    1.6. Negociación en terreno contrario.
    1.7. Negociación en terreno neutral.

    2. LA COMUNICACIÓN
    2.1. Comunicación verbal.
    2.2. Comunicación no verbal.

    3. PRINCIPIOS DE LA NEGOCIACIÓN
    3.1. Plantear nuestro caso de forma ventajosa.
    3.2. Conocer el alcance y la fuerza de nuestro poder.
    3.3. Conocer a la otra parte.
    3.4. Satisfacer las necesidades antes que los deseos.
    3.5. Fijarse unas metas ambiciosas.
    3.6. Gestionar la información con habilidad.
    3.7. Hacer las concesiones conforme a lo establecido.
    3.8. Tipos y estilos de negociación.
    3.9. Características del negociador.
    3.10. Tipos de negociador.
    3.11. Estilos internacionales de negociación.

    4. EL PROCESO DE LA NEGOCIACIÓN COMERCIAL
    4.1. Fase de preparación.
    4.2. Fase de desarrollo.
    4.3. Discusión.
    4.4. Señales.
    4.5. Propuestas.
    4.6. Intercambios-concesiones.
    4.7. Argumentos.
    4.8. Bloqueos.

    4.9. Objeciones.
    4.10. Cierre.
    4.11. Postnegación.

  • Perfumerías Douglas presenta un ERE para despedir a 600 personas

    Aprovechando la coyuntura de crisis sanitaria, y con la coartada de la digitalización, Douglas cierra casi el 40% de sus tiendas en España y pretende despedir a 600 personas. Desde CCOO exigimos que el proceso de transformación del sector se realice preservando el empleo, mediante fórmulas no extintivas, procesos de recualificación de plantillas y protocolos para una transición digital justa.

    En el día de hoy la dirección de la empresa ha comunicado a todos los sindicatos la decisión de iniciar los trámites del procedimiento de despido colectivo.

    Según la empresa, este ERE se enmarca dentro de un Plan de Reestructuración a nivel europeo. La medida va a afectar a 103 tiendas; 97 se cerrarán y 6 se reestructurarán.

    También nos han informado que el personal de oficinas estará afectado.

    Todavía no tenemos los datos del número de trabajadores y trabajadoras afectados por esta reestructuración, pero por el número de tiendas afectadas y el personal de oficinas pueden estar afectados por este ERE en torno a 600 personas.

    La constitución de la mesa negociadora será el día 12 de febrero.

    La empresa encuadra este ERE como parte de su proceso de digitalización, CCOO entendemos  que estos procesos, que son necesarios, no tienen porque tener como consecuencia la pérdida de empleo, sino la transformación de éstos, estableciendo soluciones que permitan que las personas puedan seguir manteniendo sus puestos de trabajo

    Evidentemente, aún no tenemos  la documentación pertinente para poder valorar las causas, motivos y consecuencias de este ERE, pero entendemos que esta reestructuración es totalmente desproporcionada, por lo que en este proceso colectivo nuestro objetivo prioritario será el mantenimiento del empleo.

    LA TRANSFORMACION DIGITAL DE LA EMPRESA TIENE QUE SER JUSTA TAMBIÉN PARA LAS PERSONAS QUE TRABAJAN EN ELLAS

  • II prórroga del acuerdo sobre medidas de conciliación para toda la plantilla Grupo Tendam (Cortefiel)

    Los sindicatos UGT y CCOO hemos acordado con la dirección del Grupo Tendam prorrogar por segunda vez el “Acuerdo de medidas de conciliación para paliar las consecuencias de la crisis sanitaria por el covid-19”, que firmamos el 24 de junio.

    Con esta nueva prórroga, la vigencia del acuerdo se mantiene hasta el 31 de mayo. No obstante, también se establece la posibilidad de prorrogarlo si las circunstancias de la pandemia se mantienen.

    Con la firma del Acuerdo intentábamos paliar, en parte, los problemas de conciliación derivado del COVID-19. Lamentablemente, como la incidencia del COVID-19 siguen, el acuerdo se mantiene.

    En él se recoge una serie de medidas de carácter temporal, que pueden acogerse las personas trabajadoras de acuerdo con la empresa, y así resolver los problemas de conciliación.

    A continuación detallamos algunos de los puntos más destacados del Acuerdo:

    • Vigencia del Acuerdo: La duración del presente acuerdo se extenderá hasta el 31 de mayo del 2021.
    • Permiso retribuido recuperable por circunstancias de conciliación familiar:  la persona trabajadora puede aplazar parte de su jornada y realizarla en otro momento del año.
    • Adaptar y concretar la jornada sin reducirla, para quienes tengan personas a su cargo (menores o familiares dependientes) con discapacidad igual o superior al 33% debidamente acreditado y siempre de común acuerdo con la empresa.
    • Reducción de jornada en días completos: Las personas trabajadoras que tengan derecho a la reducción de jornada establecida en el art 37.6 del E.T. podrán ejercer este derecho y realizar la adaptación horaria acumulando el periodo de reducción en días completos cuando el causante (menor o familiar) resida en el extranjero o bien tenga una discapacidad igual o superior al 33% o reconocido el carácter de dependiente.
  • Servicios de Prevención Ajenos. Las tablas salariales para 2019 y 2020 ya son una realidad

    En BOE de hoy, día 27 de Enero de 2021 publica el Acuerdo Parcial del Convenio de los Servicios de los Prevención Ajenos, que establece las condiciones económicas para 2019 y 2020, así como la nueva regulación en el disfrute de los permisos retribuidos.

    A partir del día de hoy, los Servicios de Prevención Ajenos disponen de un plazo de tres meses, que finaliza el 27 de abril de 2021, para regularizar los salarios de sus plantillas y abonar los atrasos correspondientes, de acuerdo con las siguientes tablas

    Tablas salariales prevencion ajenos

    En el supuesto de que las empresas apliquen fórmulas de compensación o absorción, estas deberán garantizar, al menos, un incremento salarial bruto del 0,9% en 2019 con respecto a lo percibido en 2018, así como un 0,6% en 2020 con respecto al salario de 2019, sin tener en cuenta el incremento salarial que se produzca por la aplicación del nuevo multiplicador del complemento de experiencia.

    En materia de permisos retribuidos, desde el día de hoy todos los permisos descritos en el artículo 20.1, excepto el permiso por matrimonio, se disfrutarán siempre en día laborable para la persona trabajadora y si, el hecho causante se produjera en día no laborable, el inicio del cómputo del permiso se trasladaría el día laborable inmediatamente siguiente.

    Con esta nueva regulación se recoge en el texto convencional la última doctrina jurisprudencial sobre la materia del Tribunal Supremo, evitando así un largo proceso judicial.

    El próximo día 28 de enero retomamos la negociación del III Convenio Colectivo Sectorial cuyo acuerdo global esperamos cerrar durante 2021, de acuerdo con el compromiso suscrito por todas las organizaciones en este Acuerdo Parcial.

    Seguiremos informando de la marcha de la negociación.

    ¡EL CONVENIO SOLO ES POSIBLE CON TU APOYO! ¡AFÍLIATE A CCOO!