Autor: Federacion Andalucia

  • ¿Estás en proceso de búsqueda de empleo o quieres una mejora de empleo?, ¿Necesitas orientación en tu búsqueda de empleo?

    El Taller de Herramientas de Búsqueda de Empleo que te ofrece CCOO te proporciona recursos e instrumentos necesarios para hacer una búsqueda más eficaz y mejorar tus competencias y habilidades para acceder al mercado laboral.

    Te ofrece una orientación práctica y adaptada a las nuevas tecnologías sobre las principales herramientas de búsqueda de empleo.

    Se trata de un taller gratuito de 7 horas de duración que se realizará en modalidad online.

    • Fecha: 29 de abril al 9 de mayo de 2022
      • Día y horario de la sesión online: 6 de mayo de 10:00 a 12:00 horas

    Si estás interesado/a, puedes formalizar tu matrícula en el siguiente enlace:

    ¡No te quedes sin tu plaza!, ¡Plazas limitadas!

  • En defensa del empleo y la profesionalidad del principal activo del sector financiero español

    • CCOO Servicios presenta en rueda de prensa, informe económico sobre la evolución del sector financiero y la devaluación de su fin social.

     

    Análisis laboral sobre las condiciones de trabajo de la plantilla y las propuestas de CCOO: un sector financiero social y laboralmente responsable.

    Intervienen:

    – José María Martínez, Secretario General Federación de Servicios
    – Nuria Lobo, Secretaria de políticas sectoriales del Sector financiero
    – Ricard Ruiz, Secretario General de la Sección Sindical de Caixabank
    – Noemí Trabado, Secretaria General de la Sección Sindical del Banco Santander
    – Isabel Gil, Secretaria General de la Sección Sindical de BBVA.
     
    En formato virtual se añadirán a la mesa:
     
    – Mario Rifaterra, Secretario General de la Sección Sindical del Banco Sabadell
    – Ángeles Acién, Secretaria General de la Sección Sindical del GC Cajamar
    – Maribel Casquet, Secretaria General de la Sección Sindical de Unicaja Banco
     

    Convocatoria:

    • Martes 19 de abril
    • 11:00 h.
    • Sede CCOO. C/ Fernández de la Hoz, 12- 2ª Planta | Sala de prensa
    • Retransmisión en streaming en el canal de Youtube de CCOO: https://youtu.be/nAAQDQUCOGE

     

  • Publicadas en el BOE las tablas salariales para el año 2022 del Convenio de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social

    Este sábado, 9 de abril de 2022, ha salido publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE) las tablas salariales y los conceptos económicos correspondientes al año 2022 del Convenio colectivo general de ámbito estatal para el sector de entidades de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.

    En aplicación del artículo 43 del Convenio Colectivo sobre condiciones económicas para el año 2022:

    El incremento salarial inicial de 2022 se constata, en primer lugar, conforme al artículo 43.1, que el Índice de Precios de Consumo (IPC) correspondiente a 2021 publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), se ha situado en el 6,5%, por lo que habiendo resultado igual o superior al 2%, el incremento salarial base que corresponde aplicar es del 1,2%.

    Los incrementos salariales se aplicarán con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2022, según lo establecido en el citado artículo 43.3 del Convenio Colectivo.

    Conforme al artículo 43.4 del convenio colectivo, los conceptos sobre los que se aplica tal revisión serán los siguientes: tabla salarial de sueldos base por nivel retributivo, tabla de complemento por experiencia, complementos de compensación por primas, complemento de adaptación individualizado, plus funcional de inspección, plus de residencia y ayuda económica para vivienda en los supuestos de traslado.

    Respecto a la aplicación de la revisión prevista en el convenio colectivo para el resto de conceptos económicos vinculados al IPC, a la evolución del precio de los carburantes, del índice de restauración y del índice de hoteles del ejercicio 2021, en aplicación de las previsiones del artículo 46 del Convenio Colectivo, se aprueban los siguientes importes para tales conceptos que tomarán efecto desde 1 de enero de 2022:

    • Dieta completa: 113,63 euros.
    • Media dieta: 20,71 euros.
    • Precio del km: 0,43 euros.
       

    Por otra parte, la Comisión Mixta constata que, de conformidad con el artículo 47 del convenio colectivo, la compensación por comida que en el mismo se regula queda fijada en 11,10 euros para 2022.

    Asimismo, ambas representaciones coinciden en que el art. 43.2 determina que el incremento salarial final de 2022 quedará fijado por la Comisión Mixta cuando se conozca el dato del Índice de Precios al Consumo (IPC) que se constate oficialmente a 31 de diciembre del año 2022, momento en el que la Comisión Mixta procederá a la aprobación de las correspondientes tablas y conceptos salariales resultantes.

    En Anexo II al Acta, figura, bajo la denominación «Tabla salarial inicial. Año 2022», las tablas y conceptos salariales resultantes de aplicar un incremento salarial del 1,2 % sobre las tablas de 2021.

    De acuerdo con lo anterior, los miembros de esta Comisión Paritaria realizan la siguiente manifestación:

    • La estructura retributiva del convenio colectivo está regulada en el artículo 34.2 e incorpora los siguientes conceptos: sueldo base por nivel retributivo (art. 34); complemento por experiencia (art. 35); complementos de compensación por primas (general, de excesos, adicional) (art. 36); complemento de adaptación individualizado (art. 38); plus de inspección (art. 39); plus de residencia (Disposición Adicional Segunda).
       
    • El personal de nueva incorporación a un nivel 9 del grupo IV es acreedor del salario base de nivel retributivo (art. 34), junto con las dos pagas de compensación general por primas (art. 36.1), que están formadas por el sueldo base de nivel retributivo. Por tanto, todo personal de nueva incorporación a dicho nivel tiene derecho, al menos, a una remuneración anual calculada de la siguiente manera:
      • Sueldo base anual (833,42 € x 15 pagas): 12.501,30 euros.
      • Compensación general por primas (833,42 € x 2): 1.666,84 euros.
      • Total: 14.168,14 euros.
         
    • El personal integrado en el nivel 8 del grupo III es acreedor del salario base de nivel retributivo (art. 34), junto con las dos pagas de compensación general por primas (art. 36.1), que están formadas por el sueldo base de nivel retributivo y complemento por experiencia. Por tanto, todo personal de dicho nivel tiene derecho, al menos, a una remuneración anual calculada de la siguiente manera:
      • Sueldo base anual (871,80 x 15 pagas): 13.077 euros.
      • Compensación general por primas (871,80 € x 2): 1.743,60 euros.
      • Total: 14.820,60 euros.

        A esta cantidad se adiciona el importe del complemento por experiencia fijado en la Tabla de Complemento por Experiencia. Año 2022, (182,48 €) por el multiplicador correspondiente conforme a lo previsto en el art. 35.4 del Convenio Colectivo.
         

    • Sin perjuicio del salario mínimo interprofesional que pueda fijarse para 2022, el artículo 3 del Real Decreto 817/2021, de 28 de septiembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2021, establece lo siguiente:

      «A efectos de aplicar el último párrafo del artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores, en cuanto a compensación y absorción en cómputo anual por los salarios profesionales del incremento del salario mínimo interprofesional, se procederá de la forma siguiente:

    1. La revisión del salario mínimo interprofesional establecida en este real decreto no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales que viniesen percibiendo los trabajadores cuando tales salarios en su conjunto y en cómputo anual fuesen superiores a dicho salario mínimo.

      A tales efectos, el salario mínimo en cómputo anual que se tomará como término de comparación será el resultado de adicionar al salario mínimo fijado en el artículo 1 de este real decreto los devengos a que se refiere el artículo 2, sin que en ningún caso pueda considerarse una cuantía anual inferior a 13.510 euros.»

    • Por lo anterior, esta Comisión Paritaria viene a aclarar que el cómputo anual salarial del nivel 8 y 9 es superior al salario mínimo interprofesional vigente en cómputo anual, por lo que la remuneración para dichos niveles es conforme con la citada normativa.

     

  • Contact Center: Continúa la escalada de movilizaciones

    Más de 100 mil personas trabajadoras de Contact Center vuelven a sufrir una vez más la estrategia perversa de la patronal CEX de ralentizar la negociación del Convenio Sectorial.

    La realidad socioeconómica está sobrepasando a este sector ante la pasividad de las empresas. Tanto los socios de la patronal CEX como el resto del sector, así como las grandes clientes se están beneficiando de nuestra precariedad, alejándonos cada vez más del objetivo de mejorar nuestras condiciones laborales y de profesionalizar el sector.

    Es por esto que desde CCOO y UGT  CONVOCAREMOS UNA JORNADA DE HUELGA DE 24 HORAS cada MES DESDE MAYO, en el sector (también compañeras y compañeros de ETT) para que nos oigan empresas, organismos e instituciones.  

    Por tu Convenio… ¡Movilízate! 

    Iremos informando de las fechas de los paros de los meses siguientes. Para más información, dirígete a las delegadas y los delegados de UGT  y CCOO en tu empresa. 

  • CCOO convoca tres días de huelga en Douglas

    El sindicato ha presentado ante el SIMA (Sistema de Interconfederal de mediación y Arbitraje) la  convocatoria de huelga los días 13, 16 y 20 de abril como forma de protesta ante las medidas desproporcionadas y la falta de acreditación, por parte de la empresa, de las causas para despedir a 1.000 personas trabajadoras, el cierre de 129 tiendas y la modificación de las condiciones de trabajo. 

    Ante el incumplimiento sistemático de los acuerdos entre la empresa y los agentes sociales, la negativa de Douglas a negociar y la falta de documentación que acredite las medidas que la empresa quiere llevar a cabo, a CCOO no le queda más remedio ni opción que la convocatoria de tres días de paros de 24 horas que afectarán a la red de tiendas, oficinas y almacenes. 

    Con fecha 23 de marzo de 2021, se suscribió un acuerdo en el marco del procedimiento de despido colectivo realizado por la empresa Douglas en ese mismo año. En dicho acuerdo se estableció la llamada “Cláusula de Garantías” para impedir una nueva reestructuración de personal tan dramática como la que se acababa de cerrar. La empresa ha ignorado por completo esta garantía que ofreció al sindicato, y ese incumplimiento del acuerdo es algo que no va a tolerar CCOO. 

    Además, en las negociaciones llevadas a cabo, Douglas ha manifestado su intención de eliminar el pago extraordinario por fines de semana para toda la plantilla, implantar un sistema de turnos y eliminar el plus de nocturnidad para la plantilla de almacén. Por otro lado, la empresa también quiere modificar el sistema de incentivos de tiendas introduciendo criterios completamente subjetivos que impidan realmente el pago de esa variable. Introducen objetivos totalmente inalcanzables para el pago de las comisiones, como ejemplo pidieron un crecimiento medio de la venta en un 23% para el primer trimestre del año 2022. 

    CCOO ratifica con estos hechos que la línea empresarial de Douglas pasa única y exclusivamente por la precarización y la mercantilización de los derechos de la clase trabajadora. Algo contrapuesto a lo que hace con la dirección, a la que el año pasado pagó un total de 131.000 € al año por acabar con la empresa líder en el sector en un plazo de tan solo 5 años. 

    Para el sindicato, el caso de Douglas debe marcar un punto de inflexión a la hora de defender los derechos de los y las trabajadoras y para ello, avisa, va a poner en marcha toda la artillería de la que dispone el sindicato: legal, mediática y de movilización.