Autor: Web Santander

  • Firmado el XXIII Convenio Colectivo de Banca. Incluido texto de Convenio

    CCOO con el
    63% de representación en la mesa de negociación ha firmado el XXIII Convenio Colectivo
    de Banca hoy día 19 de abril de 2016. La negociación de este Convenio ha sido
    especialmente difícil por las condicionantes extremas que ha impuesto la
    reforma laboral vigente y por el entorno de crisis en el empleo, de crisis en
    el sector financiero.

    Aportando soluciones mejoramos tus derechos  – VÍDEO 

    Texto del Convenio Colectivo de Banca (PDF)

  • Las personas, primero

    En la reunión convocada el 18 de abril, el Banco ha comunicado a los Sindicatos la apertura del periodo de consultas previsto en el art.51 del Estatuto de los Trabajadores, y se nos ha hecho entrega de la documentación que, a criterio de la Empresa, acredita las causas organizativas que justifican una reestructuración en el Santander.










    No es la primera
    vez que abordamos un proceso de reestructuración en el Banco o en el sector,
    siempre a través del diálogo entre la Empresa y la representación sindical. CCOO,
    con la confianza mayoritaria de la plantilla, ha participado en todas las mesas
    de negociación garantizando que se
    realizan con medidas voluntarias y de flexibilidad
    que preserven el máximo de empleo, y condiciones de salida suficientes para
    las personas afectadas.
    En esta ocasión no puede ser diferente.

    CCOO estudiaremos la documentación entregada hoy con el máximo detalle y
    atención. La necesidad de realizar una reestructuración de este tipo en Banco
    Santander, una empresa con beneficios consolidados a lo largo de muchos años,
    debe quedar absolutamente acreditada y justificada. No obstante, hemos
    anticipado en la Mesa las condiciones mínimas que, en todo caso, debe reunir el
    proceso a nuestro criterio:

    • Debe
      revisarse en profundidad la necesidad de reducción de personal, para minimizar
      el número de personas que abandonen el Banco.
    • Es
      imprescindible que la mayoría del ajuste se realice a través de prejubilaciones,
      reduciendo al mínimo la oferta de bajas incentivadas.
    • Las
      condiciones tanto de las prejubilaciones, como de las bajas incentivadas, deben
      situarse en los términos del Acuerdo de Fusión:

    * Prejubilaciones, 80% del salario pensionable y
    Convenio Especial a cargo de la Empresa, desde los 55 años en todo el Estado.

    * Bajas incentivadas, con indemnizaciones superiores a
    las propuestas, bien incrementando el número de días por año trabajado, bien
    incluyendo primas lineales en función de edad o antigüedad, como ya se ha hecho
    en otras empresas del sector.


    • Las
      prejubilaciones deben quedar al margen del posible Expediente de Regulación, las
      arcas públicas no pueden financiar esta parte de la reestructuración. Este proceso
      no se realiza por causas económicas.
    • Actualización
      del Acuerdo de Cierres de Oficinas, revisando importes y colectivos afectados,
      primando la voluntariedad y atendiendo preferentemente los traslados por
      necesidades de conciliación de la vida personal y laboral.

    A este respecto, hemos
    recordado los compromisos en materia de Igualdad de Oportunidades para la
    promoción de mujeres directivas, y la especial sensibilidad declarada por la
    dirección en materia de igualdad de oportunidades. CCOO vigilaremos atentamente, al
    igual que en anteriores procesos, que
    las mujeres no sean las perjudicadas en materia de empleo, desarrollo
    profesional o movilidad
    .

    No debemos olvidar
    que la Reforma Laboral permite al Banco
    realizar la reestructuración
    por motivos organizativos.  Para garantizar la máxima transparencia y las
    mejores garantías y condiciones para toda la plantilla, CCOO vamos a participar activamente en esta
    negociación. Es momento de trabajar para reducir los
    efectos de una legislación regresiva y contraria a nuestros intereses, y
    conseguir que se respeten los legítimos derechos de las trabajadoras y los
    trabajadores del Santander.

    Como siempre, las delegadas y los delegados de CCOO están a vuestra disposición. 

    Para CCOO,
    las personas son lo primero.


    18 de abril de 2016

  • EL salario en especie en la Declaración de Renta 2015

    Como en años anteriores publicamos este comunicado sobre cómo tratar el
    salario en especie en la declaración de renta. 


    La tributación del ejercicio 2015 se realiza de acuerdo con
    la ley del IRPF, la
    35/2006. El principal cambio que introdujo dicha ley en la deducción por
    inversión en vivienda habitual fue reducir dicha deducción a un porcentaje
    único del 15% (1).

    Asimismo,
    es importante remarcar que esta
    deducción ha sido suprimida por el RDL 20/2012 para las viviendas adquiridas a
    partir del 1 de enero de 2013, pero se mantiene para las adquisiciones
    efectuadas con anterioridad a dicha fecha
    .

    Los aspectos más
    importantes a tener en cuenta, para no resultar perjudicados en la declaración
    que ahora debemos efectuar, afectan al ingreso a cuenta repercutido que no
    ha originado un mayor ingreso salarial
    y a la consideración del salario
    en especie y el ingreso a cuenta en la deducción por compra de vivienda
    habitual.

    Es necesario
    advertir a quienes utilizan el borrador que remite Hacienda, que el
    borrador hace una primera estimación sobre la deducción por vivienda habitual,
    pero ésta deberá modificarse con los criterios que señalamos a continuación
    porque Hacienda no dispone de los datos sobre la parte de salario en especie
    que corresponde a financiación por vivienda habitual.

    El
    ingreso a cuenta repercutido

    El ingreso a
    cuenta repercutido al trabajador
    no origina un mayor ingreso salarial. El
    impreso de la declaración, como en los últimos años, recoge este hecho. Así en
    el apartado de retribuciones en especie es necesario rellenar la casilla
    Valoración (a), la casilla Ingresos a cuenta (b) y la casilla Ingresos
    a cuenta repercutidos (c)
    , siendo los Ingresos íntegros el resultado
    de a + b – c.

    Los
    gastos deducibles por salario en especie por la compra de vivienda habitual

    La base de la
    deducción por inversión por vivienda habitual cuando hay financiación ajena la
    constituyen las amortizaciones de capital y los intereses pagados.

    En el caso de los empleados y empleadas del Sector Financiero cuando
    disfrutamos de préstamos bonificados, éstos generan un salario en especie y los
    correspondientes ingresos a cuenta. El salario en especie por préstamos para
    compra de vivienda habitual consiste en una mayor imputación de intereses,
    aumentando por tanto la base de la deducción. Así, para determinar los intereses
    por capitales ajenos invertidos en la adquisición de vivienda,
    deberemos
    sumar la valoración del salario en especie a los intereses realmente pagados
    por el préstamo
    , a lo que le sumaremos la amortización de capital
    efectuada,
    así como todos los gastos que se deriven de esa financiación.
    Sobre el resultado obtenido aplicaremos el porcentaje que señala la ley para
    determinar la deducción de la cuota pertinente.

    Si el ingreso a
    cuenta que se deriva del salario en especie no ha sido
    repercutido al trabajador o trabajadora la Dirección General de Tributos,
    en varias consultas (21/06/2002, 11/04/1997 y 13/05/1992)* ha contestado que se
    consideran como intereses deducibles la suma de la valoración de la retribución
    en especie y el ingreso a cuenta, es decir, la misma cuantía que constituye
    rendimiento del trabajo para el perceptor.

    En el caso de
    que exista más de un titular de la vivienda y se realicen declaraciones
    separadas, la retribución en especie, como ingreso salarial que es, se la
    imputa el trabajador que la percibe y la deducción, calculada según los
    criterios explicados, se imputa a cada uno de los titulares de la vivienda en
    función del tanto por ciento de propiedad que posea (Consulta a la DGT 1474-03)*.

    Las
    primas de seguros en la deducción por vivienda habitual

    Las primas de
    seguros de vida o de incendios, vinculadas a la financiación ajena de la
    vivienda habitual, son deducibles al considerarse un gasto derivado de esa
    financiación. (Consulta 292 de 11/05/2001)*.

    Supresión
    de la compensación fiscal para las viviendas compradas con un préstamo antes
    del 20 de enero de 2006

    El RDL 20/2012
    ha suprimido la compensación fiscal que se aplicaba a los contribuyentes que
    hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad al 20 de enero de 2006
    utilizando financiación ajena.

    Las
    cuotas al sindicato desgravan

    Es necesario
    recordar que las cuotas satisfechas al sindicato se siguen considerando como gasto
    deducible de los rendimientos del trabajo
    (2). Porque,
    efectivamente, la afiliación sindical, y en especial a CCOO, contribuye a mejorar las condiciones de trabajo y, también,
    los rendimientos del trabajo.

    Abril 2016

    ———————————————–

    *Las respuestas a
    consultas tributarias tienen un carácter meramente informativo, y no son por
    tanto vinculantes para la Administración que podría cambiar de criterio. En
    todo caso, si se actúa conforme a los criterios expuestos por la Administración
    ante dichas consultas no se incurrirá en responsabilidad por infracción
    tributaria, según el art. 5.2 de la Ley de Derechos y Garantías del
    Contribuyente.

    1 En Catalunya el
    porcentaje pasa al 16,5% si el declarante se encuentra en alguno de los
    supuestos siguientes: menor de 32 años y con una base imponible total, menos
    mínimo personal y familiar, inferior a 30.000?; haber estado en situación de
    desempleo más 183 días durante el ejercicio; discapacidad igual o superior al
    65% o formar parte de una unidad familiar que incluya como mínimo un hijo en la
    fecha de devengo del impuesto.

    2

    El borrador de declaración
    que remite Hacienda a quienes lo hayan solicitado no incluye la cuota sindical,
    por lo que si procede será necesario incluirla.
  • La formación es tu futuro

    Como
    ya informamos, el pasado día 5 se celebró la reunión de la Comisión de
    Formación.

    Nos adelantó cuestiones de calado que van a tener lugar en un aspecto tan esencial para cualquier Empresa como es la formaciónSon cambios obligados por las exigencias regulatorias de la Unión Europea.

     Lo fundamental son las certificaciones profesionales, que serán necesarias para cualquier persona que trabaje comercializando productos financieros, a partir de 2018.



    El Banco nos adelantó
    cuestiones de calado que van a tener lugar en un aspecto tan esencial para
    cualquier Empresa como es la formación.
    Son cambios obligados por las exigencias
    regulatorias de la Unión Europea.

    Lo fundamental son las
    certificaciones profesionales, que serán
    necesarias para cualquier persona que trabaje comercializando productos
    financieros, a partir de 2018
    . Estas certificaciones no son títulos
    académicos sino acreditaciones que deben emitir Entidades de reconocido
    prestigio que además no pueden tener ninguna relación con el Banco.

    Esta nueva exigencia
    para ejercer la profesión es a la vez un avance en la profesionalización de las personas que trabajan en el Sector Financiero,
    reivindicación que CCOO
    viene haciendo desde hace mucho tiempo, para dar mayor relevancia a nuestro
    trabajo. Y nos informaron que todavía no se ha comunicado a todos los puestos
    sus planes de carrera, pero lo harán en breve.

    Iniciarán una nueva
    formación específica para las personas en los puestos de Atención al Cliente, que según el Banco dentro del Plan de
    Transformación han cobrado una importancia vital en las Oficinas
    , por lo que
    deben estar bien formadas, por fin reconociendo nuestras peticiones.

    A requerimiento previo
    de CCOO, se
    nos presentó el diseño de formación para
    las personas conpráctica becaria
    .No hemos podido analizar convenientemente
    toda esta información porque de momento, no nos ha sido entregada la documentación,
    a la espera de su distribución corporativa.

    CCOO exigimos que la RLT tengamos acceso a toda
    la información sobre el proceso de certificaciones profesionales, tanto en lo
    relativo a las entidades que las acrediten, como de la tipología y métodos de
    formación que se imparta.

    CCOO estaremos vigilantes para que el proceso sea transparente y, no
    discriminatorio
    , además de observar
    la necesidad de incorporarlo con objetividad en los planes de carrera.

    Días antes a la
    reunión, os pedimos que nos hicierais llegar vuestras aportaciones e
    inquietudes que  presentamos al Banco en
    la Comisión:

    ·      Exigimos que pongan todos los medios
    para cumplir la legalidad y garantice que la formación se imparta en horario
    laboral.

    ·      Trasladamos queja formal por la
    denegación de las solicitudes de ayudas o inscripciones tanto en idiomas como
    en las certificaciones de asesoramiento financiero.

    ·      Para la plantilla la formación on-line
    que ofrece el Banco es poco efectiva, por lo que manifestamos que debería
    potenciarse más la formación presencial de calidad.

    ·      En concreto, respecto de la formación
    sobre normativa a cumplir, transmitimos las quejas quenos llegan: Se percibe
    como escasa y poco actualizada.

    ·      Insistimos, ya desde hace años, que se
    avance en una  mayor personalización de
    la formación. Que se adapte a la persona y no al revés, como ocurre ahora.

    De todo tomaron nota y se comprometieron a contestarnos.

    Seguiremos solicitando como afiliación nuestra vuestras
    sugerencias.Os animamos a participar en
    el foro
    , o a través de vuestros delegados y delegadas de CCOO.

  • Se abre la negociación formal

    Ha tenido lugar el 12 de abril, una nueva reunión del periodo previo de negociación contemplado en el Convenio Colectivo para afrontar la ya anunciada Reestructuración.  

    La Empresa nos ha detallado aún más los datos que nos había avanzado en las reuniones anteriores, más adelante te los especificamos.  

    CCOO hemos exigido la rebaja del número de personas afectadas que el proceso se haga bajo el principio de voluntariedad por lo que la empresa forzosamente deberá establecer un periodo de tiempo para que las personas que así lo consideren puedan solicitar la baja en la empresa a través de las prejubilaciones o las bajas incentivarlas de manera voluntaria. CCOO no vamos a tolerar ninguna actitud amenazante o de presión por parte de nadie hacia la plantilla, y denunciaremos  cualquier abuso en este sentido.

    CCOO hemos manifestado que las condiciones ofrecidas son insuficientes, por lo que reiteramos la exigencia de conjugar la reestructuración que la empresa alega necesitar con el mantenimiento del empleo y de las condiciones laborales de la plantilla, seguimos negociando.

    NNos han detallado aún más los datos que nos habían
    avanzado en las reuniones anteriores. 

       En detalle son:

    – Banco Santander España

    cierre de 450 Oficinas y excedente de 1200 personas.

    600   prejubilaciones
    a partir de 58 años al 70% del salario bruto pensionable. El periodo estaría
    abierto hasta 31-12-2016.

    600 bajas
    incentivadas
    con el doble de la indemnización legal (40 días por año
    trabajado y un máximo de dos anualidades), para personal de menos de 50 años.

    Movilidad
    geográfica
    en base al Acuerdo de Fusión, con ampliación hasta 100kms.,
    inclusión de la plantilla de la Oficina receptora y posibilidad de realizar
    traslados forzosos (máximo 50) con prima de 20.000 euros.

     

    Centro
    Corporativo de Boadilla
    :  450
    salidas:

    prejubilaciones
    para mayores de 55 años y mínimo 15 años de antigüedad, con el 70% del salario
    pensionable, más el 50% del complemento. Al
    tratarse de salarios anuales pactados.
    bajas
    incentivadas
    con el doble de
    indemnización legal (40 días y dos años máximo), para el personal de menos de
    55 años.

    El proceso de salidas deberá estar cerrado en
    15 días.

    Para todos los supuestos de prejubilación el Banco se
    compromete a mantener las condiciones de empleados y empleadas en los créditos
    hipotecarios y préstamos de consumo en vigor, junto con el pago del 100% del
    Convenio Especial hasta los 63 años (primera edad de jubilación).

    CCOO hemos reiterado la exigencia de conjugar la reestructuración
    que la empresa alega necesitar con el
    mantenimiento del empleo y de las  condiciones laborales de la plantilla.

    Por lo que hoy en la mesa hemos exigido además de la rebaja del número de personas afectadas
    que el proceso se haga bajo el principio
    de voluntariedad
    por lo que la empresa forzosamente deberá establecer un
    periodo de tiempo para que las personas que así lo consideren puedan
    solicitar la baja en la empresa a través de las prejubilaciones o las bajas incentivarlas de manera voluntaria.

    CCOO no vamos a
    tolerar ninguna actitud amenazante o de presión por parte de nadie hacia la
    plantilla, y denunciaremos  cualquier abuso en este sentido.

    CCOO  hemos manifestado que las condiciones ofrecidas son insuficientes para atraer de forma
    voluntaria al personal por lo que hemos propuesto que las condiciones deben ser al menos las mismas que
    el Acuerdo de fusión del año 2013.

    La próxima reunión será el lunes 18 abril, primera del periodo de consultas
    contemplado en el art. 51 ET.  CCOO
    con la confianza otorgada por el 37,5% de la plantilla que nos otorga la
    posición mayoritaria en la mesa negociadora , hemos emplazado a la Empresa a acercar
    posturas para conseguir las mejores condiciones para la plantilla.

     

    12 de abril de 2016