Autor: Web Santander

  • Es necesario aclarar dudas

    Comfia-CCOO solicitamos al Banco la convocatoria de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Laboral de Fusión con objeto de confirmar  los criterios que han sido puestos en duda por algunos, y de este modo evitar las especulaciones y desinformaciones que se han ido generando sobre el Acuerdo de Homologación de Condiciones, que siembran el desconcierto y la duda entre la plantilla, unas veces de modo intencionado y otras simplemente por ignorancia.

    En estos días
    estamos asistiendo a una espiral de rumores e informaciones desafortunadas
    sobre el Acuerdo de Homologación de Condiciones, que siembran el desconcierto y
    la duda entre la plantilla, unas veces de modo intencionado y otras simplemente
    por ignorancia.

    Comfia-CCOO solicitamos al Banco la pronta convocatoria
    de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Laboral de Fusión con objeto de
    despejar las incógnitas suscitadas; con tal motivo, se nos ha convocado junto
    con los demás sindicatos firmantes el próximo día 10.

    Aprovecharemos la
    reunión para confirmar  los criterios que
    han sido puestos en duda por algunos y de este modo evitar las especulaciones y
    desinformaciones que se han ido generando.

    Comfia-CCOO vamos a plantear los temas siguientes, con
    objeto de su puesta en común y ratificación oficial definitiva:

    Salidas
    Anticipadas

    En caso de que se produzcan salidas
    anticipadas (prejubilaciones), durante los tres años de vigencia del Acuerdo,
    les serán de aplicación las condiciones recogidas en éste a la plantilla que,
    dentro de dicho período, cumpla 55 años, si es de Madrid, o 58, en el resto del
    Estado.

    Este ha sido siempre el criterio empleado en
    anteriores procesos de estas características llevados a cabo en Banco de
    Santander.


    Personal
    Pasivo

    Todo el personal que
    se acoja al Plan de Salidas Anticipadas en vigor, tendrá la consideración de
    Personal Pasivo y, tal y como figuraba en el Acuerdo de Prejubilaciones de
    2003, tendrá derecho a disfrutar de los Beneficios Sociales establecidos en
    cada momento en el Banco para dicho personal (Préstamo de Consumo, Compensación
    por beneficios Sociales, Compensación Economato, Seguro de Vida, etc.).

    Plan de Pensiones de Empleo/Plan de
    Previsión Social Empresarial

    Desde la
    fecha de la salida anticipada (prejubilación) y hasta el cumplimiento de los 63
    años, el Banco continuará efectuando las aportaciones correspondientes al Plan
    de Pensiones de Empleo, de Banco Santander, o al Plan de Previsión Social Empresarial,  de  Banesto.

    Seguro
    de Vida

    Todos los
    trabajadores y trabajadoras de Banco Santander, sea cual sea su procedencia,  hasta la edad de 65 años son beneficiarios del
    Seguro de Vida establecido al efecto en las condiciones pactadas en la actualidad,
    independientemente de que se encuentren en situación de activo o de pasivo.

    Esperamos que esta
    reunión sirva para dejar sentados estos criterios de modo que queden definitivamente
    aclaradas todas las dudas suscitadas.


    6 de junio de
    2013

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  • CHEQUE GUARDERÍA Y PLAN FLEXIBLE

    Detallamos y explicamos aspectos principales del Acuerdo de homologación de condiciones entre la plantilla de Santander y el personal procedente de Banesto y Banif.

     

    En esta ocasión sobre Conciliación de la Vida Personal y Laboral. Y en concreto, ampliamos la información sobre el Cheque Guardería y el Plan Flexible.

    Desde Comfia-CCOO queremos haceros llegar una serie de consideraciones
    importantes para una correcta tramitación de la ayuda del «Cheque guardería» del «Plan flexible«. Se pueden
    beneficiar las empleadas y empleados de Banco Santander, y en especial desde la
    fecha de fusión la plantilla procedente del antiguo Banesto.

    En la anterior circular de Comfia-CCOO sobre homologación de
    condiciones en las medidas de Conciliación de la Vida Personal y Laboral, en el
    apartado de medidas económicas explicamos que

    • Cheque guardería de 73€ durante los meses
      del curso escolar (septiembre-julio) en que los hijos e hijas del personal
      en plantilla asistan a guardería (afiliadas al sistema de pagos EDENRED),
      hasta la edad de 3 años.

     

    • Plan flexible que
      permite deducir el pago de la guardería (entre otras cosas) directamente
      del salario, con la consiguiente exención del IRPF que contempla la Ley.

      

    El trámite es el siguiente:

     

    1. Comprobar a
      través del «portal del empleado» que está dado de alta
      correctamente nuestra hija o hijo (como beneficiarios que originan el derecho),
      menor de 3 años en nuestros datos personales.

      

    1. Comprobar a
      través de la página web de EDENRED:

      http://www.edenred.es/ticket-guarderia

    accesible desde el mismo
    «portal del empleado», que la guardería está afiliada a este sistema
    de pago, si no es así se debe solicitar desde allí mismo la afiliación.


    1. Cumplimentar el
      modelo de excel disponible en el mismo «portal» y enviarlo,
      junto con el certificado de asistencia que solicitaremos a la guardería, a
      Administración de RRHH.

     

     

    La agilidad en la correcta tramitación
    de la documentación nos asegurará la pronta percepción de esta ayuda.

    De
    cara al próximo curso escolar, el Banco comunicará la apertura del plazo de
    adscripción al Plan Flexible, cuyos requisitos de afiliación son los mismos que
    los mencionados para el «cheque guardería» y cuya ventaja principal
    es la deducción en nómina del importe restante del pago mensual del recibo de
    guardería entre los meses de septiembre a julio, con el importante beneficio
    fiscal que ello pueda suponer.

     

    Asimismo
    y para la plantilla adscrita a Servicios Centrales en la Ciudad Financiera, al
    disponer de Centro de Educación Infantil propio no podrán acceder a este
    beneficio a no ser que al solicitar la plaza les haya sido denegada por no
    haber vacantes (y solo hasta el momento en que concedieran la plaza).

    Cualquier
    duda o incidencia
    te agradeceremos nos la
    hagas llegar a la mayor brevedad posible a través de tu delegada o delegado de COMFIA-CCOO más cercano.



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  • Homologación condiciones (3)

    IIICircular Homologación ~   Conciliación

    Esta es la tercera, de la serie de circulares en las que detallamos y explicamos los aspectos principales del Acuerdo de homologación de condiciones entre la plantilla de Santander y el personal procedente de Banesto y Banif.

     

    Te detallamos la información, en esta ocasión sobre Conciliación de la Vida Personal y Laboral . Seguiremos informando …

    Desde la fecha
    efectiva de fusión legal de las Entidades, toda la plantilla de Banco Santander
    ya puede acceder a las siguientes medidas.


    Maternidad  

    Permiso de acumulación de lactancia de 15 días naturales ininterrumpidos, a
    partir de la finalización del descanso por maternidad.

    Tras el descanso por maternidad se podrá
    reducir la jornada de trabajo un 50% durante el primer mes y un 25% el segundo,
    sin reducción económica.

    Cuidado de menores
    y personas dependientes



    Excedencia
    de hasta 3 años
    tanto por cuidado de menores, como
    por cuidado de personas dependientes (que no puedan valerse por sí mismas),
    hasta 2º grado.

    Derecho de reserva de puesto de trabajo
    durante el primer año de excedencia (ampliable para las familias numerosas).

    Durante este periodo se mantendrán
    las condiciones especiales en los productos contratados en activo, los
    beneficios sociales por hijo o hija a cargo, y la posibilidad de acceso a la
    formación continua de la Empresa, así como a las convocatorias de traslados y
    ascensos.

    Reducción
    de jornada,
    mínimo de 1 hora y máximo del 50% de la jornada,
    por cuidado de menores de 8 años, personas con discapacidad o familiares
    directos hasta 2º grado que no puedan valerse por sí mismos.

    Medidas económicas



    Posibilidad de suspender el pago de
    las cuotas mensuales de hipoteca
    (Hipoteca
    0)
    durante el primer año de excedencia por cuidado de menores.

    Cheque
    guardería de 73€
    durante los meses del curso escolar
    (septiembre-julio) en que los hijos e hijas del personal en plantilla asistan a
    guardería (afiliadas al sistema de pagos EDENRED), hasta la edad de 3 años.

    Plan
    flexible
    que permite deducir el pago de la guardería
    (entre otras cosas) directamente del salario, con la consiguiente exención del
    IRPF que contempla la Ley.

    Mantenimiento del límite de concesión
    de préstamos cuando se disfrute jornada reducida.

    Retribución
    variable

    La fijación de objetivos y el cobro
    de incentivos será proporcional al tiempo de trabajo efectivamente realizado.

    Durante el periodo de baja maternal,
    se percibirá la retribución variable correspondiente.

    Otras medidas


    Licencia
    no retribuida de hasta 1 mes de duración
    (dentro del año
    natural) para atender a determinados supuestos excepcionales.

    Flexibilidad
    de 1 hora de entrada y salida
    para el
    acompañamiento al centro escolar de menores de hasta 3 años, durante la semana
    de inicio del curso.

    El personal directivo y comercial podrá
    distribuir y flexibilizar su jornada con esta misma finalidad (acuerdo cierre
    de sábados de 23.09.2009).

    Derechos específicos a los que puede acceder
    las trabajadoras víctimas de violencia
    de género
    .

     

     24 de mayo de 2013


    OPINIÓN 

  • Exámenes de ascenso por capacitación en el Banco Santander


    La fecha límite para formalizar la solicitud es el día 31 de Mayo, y los exámenes se celebrarán en la semana del 25 de Octubre.

    Comfia-CCOO  te informa detalladamente y para ampliar esta información, puedes llamar a nuestro representante en el Tribunal de Exámenes Clemente Izquierdo, en los teléfonos 915287296, 915285363 y 914684069.

    Como es preceptivo, todos los años y en aplicación del Convenio Colectivo, se ha constituido el Tribunal de Exámenes para ascensos por capacitación para los Niveles VIII, IX y X. Las materias de estudio y características de la convocatoria para promocionar se recogen en la Nota Diversa 062/2013,  de fecha 29-04-2013, publicada en Verne, desde donde se puede enlazar para cumplimentar la solicitud.

    Queda especificado que para los Niveles IX y X se efectúa un mismo examen y no existe limitación de plazas, siendo necesaria una antigüedad de al menos 18 meses en el Grupo de Administrativos. En cambio, para el Nivel VIII, hay un número limitado de plazas que en esta convocatoria es de 59, y para acceder a la misma se precisa estar clasificado en el Grupo de Administrativos (Niveles IX o X), con un mínimo de 3 años de antigüedad en la Empresa hasta 31/12/2012. Las plazas se asignarán por orden de puntuación obtenida, en caso de haber más personas aprobadas que plazas.

    La fecha límite para formalizar la solicitud es el día 31 de Mayo, y los exámenes se celebrarán en la semana del 25 de Octubre.

    Podrán solicitar la admisión a esta convocatoria, cualquier trabajador o trabajadora  que cumpla los requisitos, independientemente de la Empresa de procedencia ( Banco Santander, Banesto, Banif ). En todos los casos, el ascenso tendrá efectos de 1 de Enero de 2013.

     El peso que tendrá en la nota final la Evaluación del Desempeño será el siguiente:


    Rendimiento

    Exced. Signif.

    Excede

    Cumpl. Totalm

    Cumpl. Parcial

    Requi. Mejora

    Puntos

    30

    24

    18

    12

    6

    Para quienes asciendan a los Niveles IX y X por capacitación, al no cambiar de Grupo Profesional, el incentivo económico es la diferencia de salario entre el nivel de procedencia y el conseguido. El Banco deja de abonar también con carácter retroactivo desde 1 de Enero de 2013, a los que ascienden a Nivel VIII por cambiar al Grupo Profesional de Técnicos, los pluses y otras retribuciones especificas del Grupo profesional de Administrativos.

    Recordamos que el Plan de Igualdad, acordado entre Empresa y Sindicatos en Banco Santander, recoge la posibilidad de participar en las convocatorias de ascensos para los trabajadores y trabajadoras en excedencia por maternidad o por motivos familiares.

    Comfia-CCOO, dentro del proceso de negociación del XXII Convenio Colectivo de Banca, propusimos ampliar el ascenso por capacitación al nivel VII del Grupo de Técnicos, no siendo posible el acuerdo por la oposición de la AEB. No obstante, seguiremos insistiendo para conseguir que esta posibilidad se haga efectiva, tanto más si hay empresas del sector que ya lo contemplan.

    Para más información, puedes llamar a nuestro representante en el Tribunal de Exámenes Clemente Izquierdo, en los teléfonos 915287296, 915285363 y 914684069.




     14  de mayo de 2013




  • Homologación condiciones (2)

    II Circular Homologación ~   Beneficios Sociales


      

    Esta es la segunda, de las sucesivas  circulares  en las que detallamos y explicamos los aspectos principales del Acuerdo de homologación de condiciones entre la plantilla de  Santander y el personal procedente de Banesto y Banif.

     

    Te detallamos la información, en esta ocasión sobre Beneficios Sociales. Seguiremos informando …

    COMPENSACION
    DE BENEFICIOS SOCIALES

    La plantilla
    procedente de Banesto en el mes de marzo han percibido los beneficios sociales
    correspondientes a 2013.

    Este mes de mayo, la plantilla de Banco
    Santander percibirán la Compensación por Beneficios Sociales siguiente:


    Colectivo

    Importe

    Personal soltero

    655,17€

    Personal casado,
    viudo, separado, parejas de hecho

    743,08€

    Ingresados después
    1/1/2000

    496,26€

    Hijos/as de
    personal activo menores de 26 años al 31.12.

    287,62€

    Personal jubilado
    y prejubilado

    260,14€

    Hijos/as de
    personal pasivo menores de 26 años al 31.12.

    207,74€

     

    Todos los importes indicados se revalorizarán aplicando
    el incremento del Salario Base del Convenio Colectivo. En 2014, será del 1,50%

      

    A partir de 1.1.2014:

    Estas
    compensaciones se abonarán en el mes de
    Mayo
    , prorrateándose en función del tiempo trabajado.

    ·        La
    plantilla procedente de Banesto ingresada
    antes de 1.1.1993
    mantiene la compensación de 719,57€ que actualmente viene
    percibiendo.
     

    ·        La
    plantilla procedentes de Banif y deBanesto ingresada después del 1.1.1993, percibirá la compensación
    establecida para el personal ingresado con posterioridad al 1.1.2000 de 503,70€

    ·        Elpersonal pasivo percibirá 261,47€.

    ·        Porcada hijo/a a cargo, menor de 26 añosal 31.12 del año en curso, el personal en activo percibirá 291,94€ y el
    personal jubilado y prejubilado 208,81€.

    ·        Elpersonal procedente de Banesto en
    situación pasiva antes del 1.1.2014,
    percibirá los mismos beneficios que
    viniera disfrutando.

     

    ECONOMATOS LABORALES

    ·        La
    plantilla de Banco Santander que disfruten del economato mediante vales, se les sustituirá por una compensación económica
    equivalente.

    ·        El
    colectivo beneficiario de los economatos se cierra a partir de la firma del
    acuerdo.

    ·        La
    plantilla de Banif que perciban
    compensación por economato laboral,
    seguirán percibiéndola como actualmente.

    ·        Los
    perceptores de la transformación de los Economatos Laborales de Banesto percibirán 442,79€

    ·        La
    revalorización de los importes se efectuará en los mismos términos y
    condiciones que los establecidos en el Santander.

     

     

    9  de mayo de 2013


    Circular en pdf

     

    OPINIÓN