Autor: Seccion Sindical bbva

  • Apartamentos y Residencias BBVA

    Abiertos los plazos de solicitudes para las Residencias y Apartamentos BBV y BEX. Hay que lamentar, un año mas, la imposibilidad de llegar a un acuerdo para la homologación de Beneficios Sociales y terminar con las diferencias entre los colectivos de procedencia.

    El personal de BBVA de nueva entrada y el procedente del antiguo Grupo BBV, pueden disfrutar de las Residencias de Alfaz del Pí y Villajoyosa, y de los Apartamentos (sólo para Activos y Prejubilados) de Ampuriabrava, Salou, Denia, El Ejido, Raxó y Canfranc. Las fechas límite para la recepción de solicitudes son:

    · Turnos 1º, 2º y 3º en las Residencias de Villajoyosa y Alfaz del Pi: 28/02/04.
    · Turnos del 4º al 17ª en las Residencias de Villajoyosa y Alfaz del Pi: 31/03/04.
    · Todos los turnos (del 1º al 9º) de Apartamentos: 31/03/04.

    Para el personal del BBVA, activo, prejubilado y jubilado, cuya procedencia sea el antiguo BEX, los plazos para solicitar las Residencias de Cercedilla, Sant Feliu de Guixols, Mazarrón y los bungalows de Alfaz del Pí, finalizan en las siguientes fechas:

    · Turno de Semana Santa: 28/02/04.
    · Turnos de Verano 1º, 2º, 3º y 10º : 01/03/04.
    · Turnos de Verano 4º al 9º : 31/03/04.
    · Almuerzos/cenas diarias (7 ó 14 días coincidiendo con turnos de Sant Feliu, Mazarrón y Cercedilla): el 03/05/04 (para los 3 primeros turnos) y 20/05/04 (para los restantes).
    · Turno de Fin de Año en Cercedilla: el 10/12/04.
    · Turnos de Invierno-Otoño-Primavera: 10 días antes de la fecha de inicio.
    · Fin de Semana en Cercedilla, Sant Feliu y Alfaz del Pí: hasta el martes anterior.
    · Almuerzos/cenas (sábados, domingos y festivos en las Residencias de Sant Feliu, Mazarrón y Cercedilla): hasta el martes anterior al fin de semana o tres días antes del día festivo.

    En las páginas de Comfia CCOO BBVA en Internet dedicadas a Residencias y Apartamentos BBVA tenéis una amplia información complementaria. Visítalas en la dirección: http://www.comfia.net/bbva

    En e-spacio también encontraréis las normas 93.90.003 (BBV) y 93.90.004 (BEX) referidas a Apartamentos. y Residencias en BBVA. El Banco ha incluido, en esta normativa, la valoración para la “retribución en especie” por el disfrute de los apartamentos y residencias, con la consiguiente retención por IRPF.

    Para ampliar información puedes contactar con: Helios Incertis Huerta 93.481.29.15 (tardes), Juan José López Castro 91.890.48.02, Dionisio Moreno 93.401.50.25, o con cualquier delegado o delegada de CCOO BBVA.

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  • La modificación unilateral del horario en las oficinas SFP ha sido denunciado mediante Conflicto Colectivo

    CCOO y UGT solicitamos la negociación de los cambios aplicados y que se regulen mediante acuerdo colectivo.

    El pasado 27 de enero se ha celebrado sin avenencia la conciliación previa a la interposición de demanda ante la Audiencia Nacional, presentada por Comfia-CCOO y Fes-UGT, al que se han adherido en el propio acto los sindicatos CGT, CC-AMYC y CIG.

    En el mismo se pidió el cambio de la actitud unilateral de la Empresa en cuanto a la modificación del horario aplicado a los casi 2.000 empleados y empleadas en unos 400 centros de trabajo que hacen funciones de Asesor Financiero y Gestor de Negocios. La denuncia se basa en que es un horario no recogido en el Convenio Colectivo sectorial ni en el Acuerdo de Horarios BBVA.

    Los trabajadores fueron condicionados a realizar una jornada partida anual superior a la que tenían hasta el momento, sin contrapartidas económicas, salvo el pago por la comida los días que efectivamente trabajan mañana y tarde. Aunque se fija una jornada máxima diaria, ya conocemos que las reuniones, los objetivos… alargan la permanencia más allá de lo establecido. La desregulación que ha generado viene a agravar la situación creada con la existencia de la denominada “jornada partida/flexible”, aplicada también sin acuerdo sindical.

    Con fecha 23 de Octubre CCOO y UGT solicitamos la negociación de todos los aspectos de las Oficinas SFP. La respuesta hasta el momento es negativa, aunque todavía esperamos que un cambio de actitud permita negociar nuestras propuestas.

    Queremos alcanzar un acuerdo que sirva para regular mejorando las condiciones de implantación del nuevo diseño, que lo haga más eficaz resolviendo los problemas que se vienen detectando, tanto de seguridad y ergonomía, asegurando la libranza efectiva de viernes tarde y todos los sábados, la formación, el reconocimiento del nivel profesional correspondiente a las funciones y las compensaciones económicas, de forma que sea innecesario el recurso a la vía judicial.

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  • La mejor oferta un acuerdo para las prejubilaciones 2004

    El BBVA nos ha presentado su oferta de prejubilaciones para el año 2004 que ya ha iniciado, una vez más unilateralmente. Relaciones Laborales ha confirmado que será una cifra algo menor que la de 2003, entre 800 y 900 prejubilaciones.

    LA OFERTA
    Aunque no es el criterio oficial, además del grupo de edad –para mayores de 52 años- la oferta irá dirigida preferentemente a trabajadores/as con “desajuste” entre su salario y su función o departamento y en zonas con exceso de plantilla.

    La fórmula jurídica es la misma que se viene utilizando en los últimos años: Prejubilación con Suspensión de Contrato por mutuo acuerdo, la desvinculación laboral.

    En cuanto a lo económico, también la misma escala:

    Hasta 27.000 Euros

    Resto

    Hasta 53 años

    88%

    80%

            54   

    90%

    80%

            55   

    92%

    80%

            56   

    94%

    80%

            57   

    96%

    80%

            58   

    98%

    80%

            59   

    100%

    80%

    Los incrementos por el nuevo Convenio se resuelven con un 2,75% para 2003 y el 2% para 2004. Se mantiene el premio mínimo de 3.000 Euros, el Convenio Especial con la Seguridad Social y las aportaciones al Plan de Pensiones, según colectivo de procedencia. Pero al no actualizar el tramo de los 27.000 Euros y aplicar el 80% sobre mayor parte del salario, el porcentaje final es menor. Tampoco se revisan los 3.000 Euros del premio, ni el Convenio Especial con la Seguridad Social, ni se actualiza el premio de antigüedad por 45 años del exBB congelado desde 1998.

    LA PROPUESTA DE CC.OO.
    Negociar un Acuerdo Colectivo de Empresa sobre prejubilaciones para poder acceder –los no cotizantes antes de 1967- a la jubilación anticipada de la Seg. Social a los 61 años –posibilidad abierta por el Acuerdo firmado por CCOO, que se plasma en la Ley 35/2002- con mayor prestación y garantía jurídica, según un baremo de años cotizados. Además, así reduciríamos el “período de incertidumbre” (salario congelado, inflación no controlada, congelación de aportaciones al Plan de Pensiones o cambios desfavorables en la pensión de la Seg. Social) al no poder jubilarse los afectados hasta los 65 años.

    ¿QUÉ HACER CUANDO NOS LLAMAN?
    En primer lugar, ponte en contacto con tu Sindicato: CCOO. Puedes solicitar la presencia de un/a Delegado/a Sindical en la entrevista. La aceptación de la oferta es voluntaria. En CCOO contamos con los conocimientos y con un programa informático para comprobar los datos y asesorarte en cada paso. Se trata de saber antes de decidir.

    Aportamos soluciones, mejoramos tus derechos.

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  • Conseguido el Acuerdo de prestación a aportación definida en los Colectivos A, C y E pre-80

    Con fecha 29 de Diciembre hemos alcanzado el Acuerdo para el cambio de sistema en el fondo de pensiones de los colectivos A, C y E-pre80. Se recoge la práctica totalidad de las condiciones que CC.OO. consideramos necesarias para que beneficie a todos los trabajadores y trabajadoras.

    Con este Acuerdo son de aportación definida todos los colectivos, lo que supone un paso más en la homologación de las condiciones de los trabajadores en BBVA. Los derechos consolidados que se convierten en aportación inicial –para 4400 trabajadores- ascienden aprox. a 288 millones €.
    Aprovechando la oportunidad de la homologación hemos incluido algunos aspectos menores –pero importantes- que afectan a otros colectivos, incorporando al Plan todas las contingencias.
    El Acuerdo ha sido suscrito por el 75,7% de la representación sindical –CC.OO., UGT, ConfCds, y FITC- y estamos seguros de que en breve plazo lo suscribirán otros sindicatos.

    En 2003 con efectos 1 enero 2004
    A todos nos hubiera gustado contar con un par de meses más para poder informar y decidir con más tiempo y en fechas más propicias. Sin embargo, la circunstancia de que con efectos 1 de enero se ha aprobado la subida para 2004 de las pensiones de viudedad, del 48% al 52%, ha influido decisivamente en la fecha de la firma. Al subir la prestación de la Seguridad Social baja correlativamente la obligación del Banco por este mismo concepto. Los cálculos de nuestros Actuarios la valoran en una pérdida de 8 millones €, aproximadamente un 2,7% del Fondo.
    Hemos asegurado expresamente en el Acuerdo que los cálculos se harán sobre la base del 48%. Y estando convencidos –como los demás sindicatos- de la bondad del resto de los contenidos, no compensa –por ganar tranquilidad en la explicación- deteriorar nuestra situación de partida y además perder la ventaja del interés del Banco por resolver la cuestión en 2003.
    Las garantías de transparencia e información
    La negociación se ha llevado a cabo con el asesoramiento de expertos de nuestra Federación y de un equipo de Actuarios independientes –pero de nuestra confianza- que han validado y contrastado los cálculos y alternativas, así como los aspectos jurídicos y de procedimiento.
    En el tramo final de la negociación han estado todos los sindicatos, que han podido ver y valorar –cada cual con los conocimientos, medios y respaldo afiliativo a su alcance, claro- todos los aspectos de la cuestión y los avances conseguidos e, incluso, participar en la redacción final.
    También hemos incluido algunas garantías, en el proceso del cambio de sistema, para que cada trabajador tenga el más exacto conocimiento de las condiciones de su fondo.

    El SISTEMA de APORTACIÓN definida
    Al transformar el sistema conseguimos un complemento de pensiones que no está sometido a la evolución de la Seguridad Social. Así, paramos el proceso de deterioro de la prestación definida, como venimos comprobando por la evolución de nuestros derechos consolidados.

    En el nuevo sistema se trata de conseguir la misma prestación, partiendo de los datos actuales, y de acuerdo con las mismas hipótesis de IPC, tipo de interés técnico, incremento salarial de percepciones pensionables y del baremo, incremento de pensiones y bases máximas y mínimas de la Seguridad Social y tablas de mortalidad, que las del resto de colectivos.

    De esta manera, se fija una prestación objetivo, representada por un capital a la primera edad legal de jubilación, que consta básicamente de tres factores:
    a) Los derechos consolidados a 31/12/03, que realmente se consolidan, lo que constituye una de las mejoras más importantes del cambio, y son la Aportación inicial al fondo.
    b) Las Aportaciones futuras, que resultan de un porcentaje individual sobre el salario mensual.
    c) La propia rentabilidad del fondo.

    Al conocerse la prestación objetivo y los derechos consolidados de inicio, la variable es el % para aportaciones futuras. Por tanto, el % de Aportación futura está en relación inversa con la dotación actual del fondo respecto a la prestación objetivo. Cuanto menos haya en la Aportación inicial más deberá haber de Aportaciones futuras, y al contrario. A su vez, influyen a la baja los años que falten para la jubilación, al tener más tiempo para hacer aportaciones.

    Ganamos en derechos, flexibilidad e información:
    a) El fondo es de titularidad de cada trabajador, y las aportaciones del Banco son irrevocables.
    b) El fondo es movilizable por baja en la empresa y transmisible en caso de fallecimiento antes de la jubilación o invalidez, con la posibilidad de establecer diferentes beneficiarios.
    c) El fondo cubre la contingencia de invalidez permanente, siendo disponible el exceso de capital del necesario para financiar el complemento previsto en el Convenio.
    d) El fondo se puede cobrar en diferentes modalidades pudiendo optar entre una renta vitalicia, renta financiera, todo el capital, o mixta, según nuestras preferencias y necesidades.
    e) La información es trimestral, a cargo de la Gestora, y permanente a través de bbvanet o cajeros automáticos. En la nómina consta también la aportación mensual del Banco.

    EL ACUERDO: Mínimos de Aportación inicial y Aportaciones futuras
    Al estar el fondo dotado casi en su totalidad, los porcentajes para aportaciones futuras resultarán pequeños, incluso de 0% para un grupo importante. En el Acuerdo hemos conseguido fijar un mínimo de Aportación inicial de 2.163,64 € (360.000 ptas), y para las Aportaciones futuras un redondeo –siempre al alza- de los porcentajes resultantes al cuartillo (0,25%) superior, y una aportación mínima de 540,91 € (90.000 ptas) anuales. En Diciembre de cada año se aportarán las cantidades que completen la aplicación del mínimo.
    Mejoramos las Aportaciones tanto por vía del redondeo como por el mínimo anual.

    Los prejubilados
    Los prejubilados de 2000 a 2003 se habían quedado sin regular su prestación objetivo al tener el salario congelado hasta la fecha de su jubilación. Esta situación hace que el complemento –y por lo tanto sus derechos consolidados- disminuyan aceleradamente.
    Con este Acuerdo hemos conseguido una mejora sustancial respecto a la situación actual y a lo establecido en el XVII Convenio del BEX. Se establece –para el cálculo de su capitalización- una hipótesis de revalorización de su salario pensionable a la jubilación en dos tramos:
    a) Hasta 31/12/03, como si hubieran estado en activo.
    b) Desde 01/01/04, la hipótesis del Plan: un 2,5% anual sobre todos los conceptos, incluido el Complemento de fusión.

    La jubilación anticipada
    Ganamos en seguridad, al recoger como edad de jubilación la más temprana posible. Que es la de 65 años de edad con carácter general, excepto aquellos partícipes cotizantes a la Seguridad Social antes de 01/01/67, con 35 años de antigüedad en la empresa o 40 en la profesión, que tienen derecho a la jubilación anticipada a los 60 años de edad.
    En consecuencia, para este último grupo, al que hasta ahora se le venían calculando los derechos consolidados con la previsión de jubilación a los 63 años, se le hará una aportación extraordinaria por la diferencia. Se instrumentará mediante una póliza de excesos, con las mismas garantías del derecho consolidado del Plan y que funciona como un plan paralelo al general en cuanto a inversiones, rentabilidad y disponibilidad. El coste es aprox. de 18 millones €.
    Asimismo, hemos incluido una cláusula de garantía por la que se tendría derecho a un capital adicional, para el caso de que próximas modificaciones legislativas o acuerdo de empresa en aplicación de la Ley 35/2002, permitan la jubilación anticipada a los cotizantes después de 01/01/67.

    Colectivos C y E-pre80
    Para estos colectivos se revisará el cálculo de los P.E., con los mismos criterios utilizados para el colectivo I, además de considerar pensionable la antigüedad consolidada, lo que da importes pensionables superiores.
    El colectivo de BGF tiene en una póliza unos derechos consolidados disponibles sólo por jubilación. Se cancelará pasando sus importes a una nueva póliza con las mismas garantías, rentabilidad y disponibilidad del Plan.

    Colectivo L
    Para uno de los grupos procedentes de ASI (Argentaria Sistemas Informáticos) hemos solucionado un acuerdo anterior de CGT con el que algunos compañeros tenían bajas Aportaciones iniciales o nulas Aportaciones futuras, extendiendo la aplicación de los mínimos previstos para A, C y E también a este colectivo.

    Invalidez y fallecimiento de B, D, E, F, G, H, K, M, N y P
    Colectivos que tenían hasta ahora esta prestación fuera del Plan, los tendrán incluidos en el Plan, pero sin el carácter de prestación mínima garantizada. Significa que no se computan, para invalidez o fallecimiento, los derechos consolidados para jubilación, que percibirán los beneficiarios en su totalidad. Igualmente, se les realizará una aportación a cargo del Banco y por una sola vez que sustituya a la prestación de viudedad y orfandad en la situación de jubilado.

    Derechos de los partícipes en excedencia
    Hemos conseguido que se realicen aportaciones al fondo en las situaciones de excedencia forzosa para los colectivos A, C y Epre80.

    La contingencia de fallecimiento en la invalidez
    Creamos un nuevo derecho para todos los colectivos del Plan, incluyendo la viudedad para casos de invalidez –no recogida en el texto del Convenio, aunque aceptada su inclusión por AEB- no sólo a partir del Acuerdo sino también para los actuales pensionistas por invalidez.

    Aportación al Fondo para gastos del Plan
    La Empresa realizará una aportación anual de 150.000 €, importe revisable con los incrementos de Convenio, para gastos de funcionamiento ordinario del Plan. Es una mejora para todos los colectivos, en cuanto rebaja la imputación de costes e incide en el valor de las participaciones.

    Calendario, información, “modus operandi”
    En primer lugar, la Comisión de Control del Plan, convocada para el 14 de Enero, acordará la cancelación de la póliza que asegura los derechos consolidados para su desembolso efectivo a las cuentas del Plan. Hemos incluido en el Acuerdo una cláusula de garantía de convertibilidad de las inversiones de la póliza y de rentabilidad entre el 01/01/04 y la fecha de desembolso real.

    En la segunda quincena de Enero se remitirá a todos los partícipes de los colectivos A, C y Epre80 una comunicación para comprobar, ratificar o rectificar en su caso, los datos de carácter personal, familiar y profesional que determinan para cada cual su derecho consolidado y las aportaciones futuras. También tendrán comunicación, para comprobar datos personales y familiares los partícipes de los colectivos B, D, Epost80, F, G, H, K, M, N y P. Estas cartas deben contestarse con la máxima diligencia.

    A continuación, la Actuaria del Plan calculará los derechos a 31/12/03, que previo contraste por nuestros Actuarios y aprobación por la Comisión de Control, servirán para calcular a su vez los porcentajes individuales para aportaciones futuras.

    Este proceso debe concluir aproximadamente entre Abril o Mayo, en que se comunicará a cada trabajador su Aportación inicial y el % de Aportaciones futuras resultante con el redondeo.

    Una vez el Convenio fije los incrementos salariales definitivos para 2003, y si fuese superior al 2,75%, se recalcularán los porcentajes de aportación futura de cada partícipe.

    La afiliación, una necesidad y una obligación
    Los colectivos A, C y E son los que tienen el mayor índice de afiliación sindical en BBVA, que si es del 58% en general llegan hasta el 66% en este grupo. Aún así, creemos necesario hacer un llamamiento a los no afiliados para que reconsideren su posición, valorando los beneficios que les reporta la actividad sindical y las ventajas de participar a través de la afiliación.
    Aportamos soluciones. Mejoramos tus derechos. Participa en un sindicato útil y eficaz.
    El texto completo del Acuerdo puedes consultarlo en nuestra página web o solicitándolo a cualquiera de nuestros Delegados y Delegadas.

    Seguimos trabajando, seguiremos informando.

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  • Acuerdo Colectivo de Empresa sobre Sistema de Previsión Social en BBVA (Transformación Colectivos A, C y E pre-80)

    El presente Acuerdo tiene como objeto la transformación para los Colectivos A, C y E pre-80 del sistema de previsión definida en un nuevo sistema de aportación definida…

    …para la jubilación y la modificación de lo establecido para las contingencias de invalidez y fallecimiento en las Especificaciones del Plan de Pensiones.
    La ampliación de la cobertura establecida en las Especificaciones del Plan de Pensiones a las situación de fallecimiento de inválidos y para todos los Colectivos del Plan de Pensiones.

    Ver Acuerdo en pdf