Autor: CCOO-Servicios Banco Sabadell

  • Por una escuela pública, laica y de calidad

    26 11 05 Adhiérete al manifiesto del Marco Unitario de la Comunidad Educativa. (PDF:Cat.)

    Publicación únicamente disponible en catalán

  • Curso de blanqueo de capital

    26 11 05 Recordamos la normativa de Banco Sabadell y el acuerdo firmado con los sindicatos sobre la voluntariedad y compensación de la formación que se hace fuera de la jornada laboral. (PDF:Cat. / Cast.)

    CURSO SOBRE LA PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITAL

    En relación con las convocatorias a un “curso” presencial sobre “la prevención del blanqueo de capital” a que se está realizando a los empleados de la red, os recordamos qué dice la normativa de Banco Sabadell, previo acuerdo vigente y firmado con los sindicatos el 4 de octubre de 2001 (*), sobre las acciones formativas: «El Banco adquiere el compromiso de que la formación se lleve a cabo dentro de la jornada laboral legalmente establecida. En el caso en que se realice fuera de la jornada laboral, será voluntaria por parte del empleado/a y se compensará cada hora de formación con una hora de licencia retribuida. A los efectos del control de las horas que cada empleado podrá compensar, se estipularan las horas necesarias para la realización de cada curso y se publicaran en el catálogo de cursos. Asimismo, cada responsable de Unidad controlará las horas de formación realizadas por el personal de su ámbito, fuera de la jornada laboral con el fin de compensarlas con licencias retribuidas, las cuales serán autorizadas mediante la intranet como licencia para formación.» El Banco costeará el hospedaje y manutención en caso que la formación sea de carácter presencial e implique extensión de jornada laboral. Los gastos de desplazamiento para la asistencia a los cursos de formación serán en todo caso a cargo del Banco. Debemos subrayar que es el banco quien, obligado por ley, tiene la responsabilidad de formar a sus empleados en esta materia. Que la convocatoria sea a las cinco de la tarde para que según la nueva normativa de gastos, no sea considerada “extensión de jornada laboral” y se ahorren el coste de manutención, que como siempre irá a cargo del bolsillo del trabajador, no les exime de la voluntariedad de la asistencia fuera de la jornada laboral a estos cursos, la facturación a 901-Formación de los gastos de desplazamiento y la compensación de las horas de formación en horas de licencia retribuida. (*)http://bs.comfia.net/Acuerdos/Acuerdos vigentes/ 011005 Formación encontrarás el acuerdo firmado por CCOO el 4.10.2001

    Barcelona, noviembre de 2005

  • Más vale tarde que nunca

    25 11 05 Banco Sabadell entregó a los herederos legales de nuestro compañero, la diferencia entre la indemnización estipulada en el convenio de ETT´s y la establecida en el acuerdo sindical vigente. (PDF:Cast.)

    Más vale tarde que nunca

    Hace unas fechas recordábamos en un comunicado el aniversario del trágico accidente en el que falleció nuestro compañero Jorge Arconada. En él volvíamos a emplazar a la dirección del Banco Sabadell a dar una respuesta positiva a la solicitud de esta Sección Sindical de considerar a nuestro compañero Jorge como empleado del Banco, a todos los efectos, aún cuando era un trabajador cedido por una empresa de trabajo temporal. Nuestra petición estaba avalada en las circunstancias laborales que concurrían en su caso y en la constatación, evidente, de que estaba ocupando un puesto de trabajo fijo. La empresa de trabajo temporal hacía tiempo que había liquidado la indemnización prevista en el convenio de ETT’s por lo que, la condición previa, que el Banco Sabadell había trasladado a esta Sección Sindical para considerar nuestra solicitud, ya se había cumplido. El pasado lunes, 21 de noviembre, el Sr. Juan Cruz Alcalde, responsable de Organización y Recursos, en representación de la dirección del Banco Sabadell entregó, a los herederos legales de nuestro compañero, la diferencia entre la indemnización estipulada en el convenio de ETT’s y la establecida en el acuerdo sindical vigente en el Banco. A pesar del tiempo transcurrido, decisiones acertadas y justas como esta, son las que pueden conseguir que la responsabilidad social corporativa deje de ser un simple slogan publicitario y se convierta en una realidad.

    Oviedo, Noviembre de 2005

  • El sindicato puede utilizar el correo electrónico de las empresas

    24 11 05 El Tribunal Constiutcional ha estimado el recurso de CCOO y ha dictado una sentencia que avala el uso sindical del correo electrónico de las empresas. (PDF:Cat. / Cast.)

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  • En Asturias y León, bajo mínimos

    21 11 05 Banco Sabadell llevó a cabo una nueva reestructuración en las oficinas de Asturias y León. Una vez más se cierran oficinas. (PDF:Cast.)

    En Asturias y León, bajo mínimos

    A finales del pasado mes de octubre, el Banco Sabadell llevó a cabo una nueva reestructuración en las oficinas de Asturias y León. Una vez más se cierran oficinas (3) y se aumenta el número de lo que denominan Cajas avanzadas (otras 5). Mientras, las Cajas de Ahorros, principal competencia en estas zonas, mantienen su expansión. El único indicador en el que somos los primeros en estas dos provincias es en los porcentajes de disminución de plantilla. En cuanto a la calidad del empleo, cada vez hay más directores/as, gestores comerciales y responsables administrativos de oficinas que tienen contratos temporales y una categoría mínima. ¿Cuál puede ser la causa de este continuo retroceso y deterioro?. Quizá unos cuantos datos puedan explicarlo. En el Banco Sabadell la estructura mínima de una oficina es de 3 trabajadores. En la marca Banco Herrero tenemos 27 oficinas en Asturias con 1 ó 2 trabajadores y otras 13 oficinas en las mismas condiciones en León. Esto supone que, globalmente, un 22% de las oficinas de la marca Banco Herrero tienen una estructura inferior a la que la propia empresa considera mínima. Además, otras 58 oficinas tienen 3 trabajadores en plantilla. Es decir, más de la mitad de las oficinas (en León el 80%) tienen una estructura mínima o incluso inferior. Y en estos números no están incluidas las 10 Cajas avanzadas que tenemos en Asturias. Locales donde un único trabajador/a se encarga de todo y, en la mayoría de los casos, con una categoría laboral del grupo administrativo. Estas Cajas avanzadas ni siquiera tienen firma autorizada o algo tan elemental como servicio de valija. Las oficinas con 1 ó 2 trabajadores, a pesar del enorme esfuerzo diario de los compañeros/as que trabajan en ellas, no pueden dar un servicio de calidad a los clientes, ser competitivas y conseguir aumentar su cuota de mercado. CC.OO. llevamos mucho tiempo exponiendo estos argumentos tanto públicamente como en reuniones con la dirección. Creemos que la solución está totalmente en sus manos. Los trabajadores/as llevamos ya demasiado tiempo soportando una situación que perjudica nuestra salud y que, de continuar así, nos aboca de forma irremediable a más pérdidas de empleo y a continuos deterioros en la calidad del que se pueda mantener. Quien no dota a las oficinas de los recursos necesarios está asumiendo, de facto, reducciones paulatinas de plantilla, no por mejoras en los procesos administrativos sino por pérdida continuada de volumen. Cuando el Sr. Oliú explicó a los medios de comunicación regionales las consecuencias de la absorción de los Bancos Herrero y Asturias aseguró que se mantendría la cuota de mercado y el nivel de empleo. El paso del tiempo otorgará a cada uno la credibilidad que se merece.

    Oviedo, noviembre 2005