Autor: CCOO-Servicios Banco Sabadell

  • Llegó la hora de negociar

    19 03 04 Según ha informado la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Banco Sabadell ha formalizado la adquisición del 99,92% del capital de Banco Atlántico. (PDF:Cast.)

    Llegó la hora de negociar

    Según ha informado la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Banco Sabadell ha formalizado la adquisición del 99,92% del capital de Banco Atlántico tras culminar la OPA lanzada en su día, por lo que próximamente nombrará un nuevo Consejo de Administración y a la cúpula directiva que efectuará la integración operativa del Grupo Banco Atlántico en el Grupo Banco Sabadell. Conforme a lo tratado en la primera toma de contacto mantenida el pasado día 3 de febrero, la Dirección de Relaciones Laborales de Banco Sabadell ha anunciado su intención de convocar próximamente a los Sindicatos para iniciar el proceso negociador que debe abordar la problemática derivada de la integración de plantillas. Conscientes de la importancia que tiene este proceso para todas las personas que trabajamos en ambas entidades, las Secciones Sindicales de CC.OO., U.G.T. y C.G.T. queremos manifestar pública y conjuntamente nuestra voluntad de afrontar la negociación desde el convencimiento de que dicha integración encontrará elementos de apoyo en un escenario de acuerdo que consideramos imprescindible para abordar un proceso que puede y debe ser fluido y ágil. Al margen de los deseos y aunque sea difícil precisarlos en estos momentos, no se nos escapa que van a ser muchos los problemas que nos vamos a encontrar en este proceso, si bien, los mensajes que diversos responsables de Banco Sabadell han lanzado a la plantilla de Banco Atlántico y a la Representación Sindical, enfocan con nitidez algunos de los puntos que deben ser objeto de la negociación que vamos a iniciar. En lo que se refiere al Empleo, Banco Sabadell ha manifestado su voluntad de contar con todos los trabajadores de Banco Atlántico para este nuevo proyecto de empresa, aunque está sin despejar si existe algún problema de concentración geográfica que deba ser atendido desde la propia negociación. En cualquier caso, la no utilización de procedimientos traumáticos para solventar los posibles ajustes de plantilla y el compromiso de no proceder a traslados forzosos, son objetivos que parecen alcanzables desde los propios mensajes lanzados. Con más dificultad se presenta el bloque relativo a las Prejubilaciones. En primer lugar, porque existen diferencias de diagnóstico al respecto, de tal manera que la Dirección de Banco Sabadell ha mantenido hasta ahora que no existe un excedente de plantilla que deba ser abordado con este tipo de medidas. Y, en segundo lugar, porque los sistemas de prejubilación utilizados por cada entidad mantienen importantes diferencias en lo formal y en lo económico. El otro bloque de negociación a abordar es el de la homologación de las Condiciones Laborales, donde comprobaremos si se han tenido en cuenta los costes añadidos que, en el orden laboral, conllevan este tipo de operaciones y cuyo resultado esperamos signifique una mejora para el conjunto de la plantilla de ambas entidades desde el reconocimiento de las actuales condiciones como obligado punto de partida. En este contexto se sitúa un proceso que los Sindicatos vamos a iniciar presentando una propuesta sindical unitaria de Protocolo de Fusión con la intención de avanzar eficazmente para despejar las actuales incertidumbres y desde el compromiso de garantizar los derechos de toda la plantilla, contando con el apoyo de todos los trabajadores para mover los obstáculos que encontremos en el camino.

    17 de marzo de 2004

  • Mobbing

    17 03 04 Denuncia al banco por mobbing. (PDF:Cat. / Cast.)

    Mobbing

    La persona que sufre mobbing piensa que callando la situación se solucionará El próximo día 22 de marzo tendrá lugar la vista de una denuncia por mobbing realizada por un empleado de la zona de Valencia. Las relaciones laborales en esta zona se caracterizan por las presiones, las malas formas, llegando incluso al maltrato verbal, todo ello corroborado por las quejas que nos van llegando. La Sección Sindical de CCOO hemos tenido que afrontar varios casos relacionados con temas de mobbing, pero hasta la fecha no había habido ningún caso que llegara a los juzgados. No deja de ser comprensible, hasta cierto punto, puesto que la persona que padece mobbing, en la mayoría de los casos, se siente tan indefensa y tiene tanto miedo que lo que prefiere es callarse, no sea que su situación aún se convierta en más penosa y cree, erróneamente, que callando la situación se solucionará. Seguramente es de todos conocido la palabra mobbing o acoso psicológico por la gran difusión que últimamente ha tenido a través de los medios de comunicación. Los elementos definitorios del acoso psicológico o mobbing son unas conductas psicológicamente agresivas de una o varias personas hacia otra, teniendo un carácter sistemático y de frecuencia. La recuperación de la salud, la defensa del lugar de trabajo y la recuperación de la dignidad de la persona, son tareas prioritarias Normalmente, la persona que se ve sometida a este acoso psicológico o mobbing, es una de las ultimas personas en enterarse de la magnitud del problema que está viviendo, debido muchas veces a una sensación de culpabilidad, de aislamiento, de deterioro paulatino de su capacidad de respuesta, agravado aún más por su posible situación depresiva que le aboca en la mayoría de casos a un incremento del absentismo laboral llegando finalmente a la situación de incapacidad temporal para el trabajo. Su única finalidad es alejarse del lugar de trabajo como solución a sus problemas. CCOO, como representantes de los trabajadores, entendemos que situaciones de este tipo nunca tendrían que darse en los lugares de trabajo. Pero en el caso que tengamos que afrontarlas actuamos en tres frentes muy concretos: recuperación de la salud, defensa del lugar de trabajo y recuperación de la dignidad de la persona. El banco cuando ha tenido que actuar ante un caso de mobbing ha optado por no aceptar la situación Las empresas en general tienen en sus manos el poder evitar al máximo que se den situaciones de mobbing. Estas situaciones acostumbran a darse en empresas que tienen unas cargas de trabajo excesivas, una mala organización del trabajo, una mala definición de funciones, una inexistencia de métodos eficaces en la resolución de conflictos, unos medios de comunicación e información internos deficientes, etc. ¿Cuál es nuestro entorno más inmediato? ¿Se pueden dar casos de estas características en nuestros centros de trabajo? ¿Porqué no se han realizado en nuestra empresa evaluaciones de riesgos psicosociales? ¿Cómo ha reaccionado el banco ante casos de acoso psicológico o mobbing? La realidad es que hasta la fecha el Banco cuando ha tenido que actuar ante casos de estas características ha optado por no aceptar la situación y lo único que ha hecho, en ocasiones, ha sido trasladar a la persona afectada, sin intervenir directamente sobre el acosador. Exigimos a la empresa que estos temas sean tratados de manera seria y contundente Desde aquí queremos manifestar nuestro apoyo a este compañero que se enfrentará al juicio del lunes. Asimismo, también queremos animar a aquellos empleados que se encuentren en situaciones parecidas a que pierdan el miedo y nos lo comuniquen y a la vez exigimos a la empresa que temas de estas características los trate de forma seria y contundente para prevenir al máximo la salud de sus trabajadores y una primera medida para actuar en esta dirección podría ser la de efectuar la evaluación de riesgos psicosociales.

    Sabadell, marzo de 2004

  • CCOO, UGT, CGT y CSA contra el terrorismo

    12 03 04 Las secciones sindicales de CCOO, UGT, CGT y CSA del Grupo Banco Sabadell condenamos rotundamente el atentado de ayer en Madrid y nos solidarizamos con todas las víctimas y sus familias.
    Al mismo tiempo hacemos un llamamiento a la plantilla del Grupo a mostrar su apoyo a todos los afectados, expresar su repulsa contra el terrorismo y manifestarse en defensa de la libertad y la democracia.
    Con este motivo convocamos a todo el personal a que hoy, viernes 12 de marzo, se concentre ante las puertas de sus centros de trabajo a las 12.00 horas durante 15 minutos.
    Asimismo, invitamos a todos los trabajadores y trabajadoras a participar en las concentraciones y manifestaciones que tendrán lugar, también hoy, a las 19.00 horas en todo el Estado.
    Sabadell, 12 de marzo de 2004 (PDF:Cat. / Cast.)

  • Desregularización de horarios – Banca de empresas

    10 03 04 El banco propone un horario fuera del convenio de banca. (PDF:Cat. / Cast.)

    Desregularización de horarios – Banca de empresas

    El banco propone un horario fuera del convenio de banca En octubre de 2003 se aperturó en Madrid una oficina de empresas con un horario especial no contemplado en nuestro convenio colectivo, que se comunicó por escrito a los clientes y verbalmente a los empleados afectados. El horario consiste en trabajar todos los meses del año, con jornada partida de 8,00 a 17,00 de lunes a jueves, con una hora para la comida y los viernes de 8,00 a 15,00; excepto el mes de agosto que se trabaja de 8,00 a 15,00 de lunes a viernes. Como quiera que este horario supera el computo anual de horas marcadas en convenio, la dirección del banco decide hacer un clausulado adicional al contrato de trabajo en el que detalla un horario que mejora el establecido en convenio: de lunes a jueves de 8,00 a 17,00 y los viernes de 8,00 a 15,00, y para el periodo comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de Octubre de lunes a viernes de 8,00 a 15,00. Sin embargo, el compromiso verbal de los empleados afectados es el de prolongar la jornada según el horario especificado en el primer párrafo, de forma que todo el año se trabaje hasta las 17,00 horas, excepto agosto. El banco, en lugar de pagar las horas extras, ofrece una ridícula gratificación especial Como compensación a esta extensión de jornada se abona en nomina 270 euros en concepto de gratificación horario especial, solo durante los 5 meses de prolongación de jornada y descontando proporcionalmente los días no trabajados. Nuestra sección sindical denunció los hechos ante Inspección de Trabajo ya que entendemos que de lo que se trata es de horas extras que deberían cotizarse y pagarse como tales, lo que supondría, por ejemplo, para un nivel 9 un importe mensual medio aproximado de 470 euros. La Inspección de Trabajo dictamina que se trata de horas extras i que el banco ha de pagarlas a sus trabajadores El fallo de la Inspección de Trabajo dice: Como quiera que el importe abonado lo es en concepto de prolongación de su jornada que finalizaría a las 15 horas, procede cotizarse como hora extraordinaria y no englobarse en Contingencias Comunes,…. Sobre si el importe recibido es correcto, los interesados deberán, si lo consideran oportuno reclamar en la Jurisdicción Social las diferencias que estimen pertinentes. La Inspección determina que la extensión que hacen los empleados en el cumplimiento del compromiso adquirido verbalmente son horas extras, que no están siendo debidamente pagadas ni cotizadas pero, tal y como marca la ley, la reclamación de cantidad queda a iniciativa de cada empleado. Al banco, le motiva la desregularización de los horarios A raíz de la implantación sucesiva de este modelo de banca de empresas en todo el territorio nacional, se está haciendo extensivo el horario a un número cada vez mayor de compañeros. Estas condiciones, negociadas individualmente con cada empleado, fuera del convenio colectivo y sin las preceptivas consultas previas con los representantes sindicales, suponen un paso más en la desregularización de nuestras condiciones laborales y se enmarca en lo que viene siendo habitual en la actual política de recursos humanos del banco. El trabajador queda obligado legalmente al pacto, pero no a extender su jornada laboral Recordamos a todo el personal afectado que estas modificaciones no pueden ser impuestas y que la aceptación de las mismas es totalmente voluntaria. Por otra parte, la firma del clausulado que ofrecen, siempre que sea el descrito al inicio de este comunicado (mejora el horario partido y el número de horas de jornada anual de convenio), a lo que compromete es a lo pactado en el mismo y, en consecuencia, no obliga en absoluto a extender la jornada más allá de lo descrito en el mismo, que es lo que prevalece legalmente. En cualquier caso, os recordamos el peligro que suponen los acuerdos privados y verbales con una empresa que no hace mas que recortar nuestros derechos e incumplir sus compromisos. La mejor solución seria crear más puestos de trabajo, en lugar de cometer acciones fraudulentas con las horas extras Como sindicato creemos que la mejor solución para cubrir estos horarios especiales es la creación de nuevos empleos y que la peor es la que se ha adoptado a base de horas extras encubiertas, mal cotizadas y peor pagadas. En consecuencia, nuestra intención es seguir denunciando ante la Inspección de Trabajo la práctica de estos horarios decididos unilateralmente por la empresa. Seguiremos informando sobre este tema.

    Madrid, marzo de 2004