Autor: Carmen Acevedo Castilla la Mancha

  • CCOO logra los cinco representantes de los trabajadores de la empresa albaceteña Tecon Soluciones Informáticas

    Albacete, 21 de enero de 2015. CCOO ha logrado los cinco representantes de los trabajadores de Tecon Soluciones Informáticas en las elecciones sindicales celebradas ayer en esta empresa albaceteña.

    El sindicato revalida así la confianza de la plantilla de Tecon, que ha crecido en los últimos cuatro años hasta acercarse a los 60 trabajadores, pasando de contar con tres delegados sindicales, todos ellos de CCOO, a un comité de empresa de cinco miembros.

    CCOO agradece el apoyo de los trabajadores de Tecon Soluciones Informáticas SL, una empresa que desde 1982 ofrece todo tipo de servicios y productos relacionados con la informática, internet, sofware de gestión, sistemas, tecnologías de la información y consultoría. Cuenta con una plantilla de profesionales con una alta cualificación, como ingenieros en informática y telecomunicaciones, economistas, diseñadores, además de personal administrativo y comercial.

    El responsable de la Federación de Servicios de CCOO en Albacete, José Luis Fernández, destaca el buen clima que preside las relaciones laborales en esta empresa, ?con la que es fácil entenderse en el común interés de propiciar las mejores condiciones de trabajo, que redundan en beneficio de los trabajadores y de la propia empresa?.

    Afíliate a CCOO

  • Cerrado con acuerdo el ERE del supermercado Simply de Talavera de la Reina, que afecta a 30 personas y supone el cierre del centro a partir de hoy

    ·       Acumulaba pérdidas desde 2010 por el desplome
    de las ventas. Los esfuerzos de la plantilla, que en su momento sufrió una
    bajada de salarios, no sirvieron para resolver la situación.

    ·       «Una vuelta de tuerca más a la gravísima
    situación laboral y social de Talavera».

    ·       «La caída del consumo provocado por la masiva
    devaluación salarial y la ausencia de políticas de reactivación económica aboca
    a una muerte lenta a sectores estratégicos en Talavera, como hasta hace unos
    años era el de servicios y comercio en general, y que en la actualidad sufre
    unos niveles de inactividad y de desempleo muy preocupantes».

    Talavera de la Reina (Toledo), 26 de enero
    de 2015. Después de agotar el período legal de consultas y tras varias
    reuniones mantenidas en estos 15 días, la representación de la empresa de
    Simply y la
    Representación Legal de los Trabajadores del supermercado de
    Talavera (CCOO) han cerrado con acuerdo el ERE que afecta a la totalidad de la
    plantilla y que supone el cierre de este centro de trabajo a partir de hoy,
    lunes 26 de enero de 2015.

    «Tras un proceso de negociación en el
    que el conjunto de la mesa negociadora ha estado centrada en salvaguardar los
    puestos de trabajo entendiendo que pudieran tener viabilidad en otras tiendas
    que el grupo mantiene abiertas en otras provincias, la totalidad de la
    plantilla ha optado por percibir la indemnización de 29 días de salario por año
    de trabajo con el tope de 15 mensualidades», explica Maribel Arias de Celis,
    responsable de la
    Federación de Servicios de CCOO en Toledo.

    Dentro del proceso, el Grupo Sabeco,
    de la cual depende los supermercados Simply, se compromete a que si en un plazo
    de 5 años vuelve reabrir un centro en la ciudad, la plantilla despedida tendrá
    prioridad para reingresar en la empresa.

    La empresa reconoció durante todo el
    proceso negociador que desde el año 2010 sufre una «muy difícil situación» que
    se ha convertido en «insostenible», debido principalmente a un desplome de las
    ventas y a la existencia de pérdidas acumuladas que hacen inviable mantener la
    actividad en el centro de Talavera. Los esfuerzos de la plantilla, que en su
    momento sufrió una bajada de salarios, no sirvieron para resolver la situación.

    Para CCOO-Servicios, «el cierre de
    Simply es otra vuelta de tuerca más en el difícil y duro trance que atraviesa
    la comarca de Talavera, donde el desplome del consumo provocado por la masiva
    devaluación salarial y la ausencia de políticas de activación de empleo e
    inversión industrial y de servicios aboca a una muerte lenta a sectores tan
    estratégicos como hasta hace unos años era el de servicios y comercio en
    general, y que en la actualidad sufre unos niveles de inactividad y de
    desempleo muy preocupantes».

    Afíliate a CCOO

  • REUNIÓN DE LA SECCION SINDICAL ESTATAL DE CCOO DEL GRUPO AXA EN CUENCA

    Los pasados días 10 y 11 de Diciembre tuvo
    lugar en Villarrubia de Santiago (Cuenca) la reunión estatal de delegados y delegadas
    de CCOO en el Grupo AXA, donde se debatieron las líneas de trabajo generales
    para el próximo año 2015 poniendo en especial  relevancia el año electoral que se avecina y
    en el cual se renovaran cerca de 40 procesos electorales donde se elegirán a
    más de 150 representantes sindicales en todo el Estado. En el transcurso de las jornadas se ha puesto
    en valor el trabajo sindical realizado por CCOO en este grupo asegurador durante
    los últimos 4 años, y diseñó los objetivos que la sección sindical planteará al
    conjunto de las plantillas para el próximo mandato, a modo de programa
    electoral.

    Como retos más importantes
    que CCOO tiene en el Grupo AXA de cara al proceso electoral que se inicia en
    2015, está el de mantener su primacía sindical, renovando la mayoría que
    actualmente tiene (48%), incrementar la afiliación más allá del 17% actual, y
    responder a los retos de las plantillas que representa. Esta Sección Sindical
    Estatal de CCOO  representa a unos 3.500
    trabajadores y trabajadoras en las más de de 50 centros de trabajo que están
    implantados en todo el Estado, con especial relevancia la atomización de
    centros y plantillas en Madrid y Barcelona. Además, en la actualidad cuenta con
    más de una 70  representantes sindicales,
    que esperan mejorar en las próximas elecciones sindicales.

    En esta reunión estatal participaron el
    Secretario General Estatal de la Agrupación de Servicios Técnicos de CCOO, … y la Secretaria General de la Federación de Servicios de CCOO en
    Castilla La Mancha, Brigi Soánez. En sus intervenciones resaltaron el papel
    tan importante y necesario del diálogo social contínuo en el ámbito de las
    empresas, que junto con la negociación colectiva y el llegar a acuerdos
    laborales, constituyen la principal herramienta de defensa de los derechos de
    los trabajadores/as.

    Por su parte, en su intervención,
    la nueva Secretaria General de la Sección Sindical Nieves del Moral que este
    año relevó a Paloma Sánchez en la responsabilidad,  aprovechó para poner en valor el año
    electoral que se aborda,  augurando
    grandes éxitos al nuevo equipo de trabajo de la Comisión Ejecutiva, basando el
    mismo en las líneas generales actuación desarrolladas por CCOO en el Grupo
    hasta ahora. 

    En esta reunión también hubo espacio para el
    debate en plenario  y en grupos,
    analizando el papel de CCOO en las diferentes comisiones de trabajo
    constituidas en el ámbito del convenio de empresa del Grupo AXA: contemplan el
    seguimiento de cuestiones esenciales como el empleo, los sistemas de previsión
    social, la salud laboral, plan de igualdad y la conciliación familia y trabajo,
    plataformas de trabajo, ascensos y promociones y un largo etcétera de asuntos
    relevantes para las plantillas.

    Las conclusiones que se han
    alcanzado se plasmarán en el programa electoral de CCOO en el Grupo AXA. De
    entre todos ellos cabe reseñar los siguientes: la conciliación de la vida personal y laboral, la implantación de un
    sistema de evaluación de los riesgos psicosociales, la creación de empleo neto
    en el grupo, un ambicioso programa de formación, avanzar en la reducción de
    jornada laboral, una política retributiva que contemple el esfuerzo realizado
    por la plantilla, entre otras cuestiones.



    Presente en 57 países, el
    Grupo AXA tiene un negocio diversificado tanto en puntos geográficos como en
    mercados con una notable presencia en Europa, Norteamérica y Asia-Pacífico. AXA
    está al servicio de 102 millones de clientes, particulares y empresas, a
    los que gestiona sus seguros, protección financiera, ahorros e inversiones
    inmobiliarias dando servicio a sus necesidades.

    En España cuenta con unas
    plantillas de 3500 personas repartidas entre las 18 empresas que componen el
    grupo.

  • CCOO y UGT denuncian el bloqueo del Convenio Colectivo de Comercio en general de Ciudad Real

    Los sindicatos
    manifiestan su intención de negociar, «pero también estamos decididos a
    luchar por los derechos de los trabajadores organizando cuantas acciones sean
    precisas con el tiempo y la intensidad que la situación requiera para, con la
    participación de todos los trabajadores, buscar una salida al bloqueo del
    convenio.

    Ciudad
    Real, 23 de diciembre de 2014. CCOO y UGT denuncian el bloqueo del Convenio
    Colectivo de Comercio en general de la provincia de Ciudad Real que afecta a
    7.500 trabajadores y trabajadoras. Los sindicatos responsabilizan de ello a las
    diferentes patronales del sector de comercio, que «han decidido que paguemos la
    crisis dos veces»y señalan que acabar con esta situación «es fundamental tanto
    para los trabajadores como para las empresas».

    Después de
    cuatro reuniones, la patronal del Comercio sigue insistiendo en los grandes
    costes laborales que conlleva mantener abierto un pequeño y mediano comercio
    que emplea a más de 7.500 trabajadores y trabajadoras en la provincia.

    CCOO y UGT
    señalan que estos trabajadores en los últimos cuatro años han perdido aproximadamente
    un 8% de poder adquisitivo debido a la congelación salarial, lo que supone unos
    64 euros mensuales en contratos a tiempo completo. Una cantidad importante y
    más teniendo en cuenta que la mayoría de personas trabajadoras del sector
    comercio tienen salarios mileuristas, en el mejor de los casos.

    Los sindicatos denuncian la utilización por parte
    de las patronales de la crisis como excusa, una crisis «que ellos han
    provocado con su insaciable voracidad de beneficios, pretendiendo hacer caja
    con los derechos de los trabajadores y negando en la práctica la negociación
    con ofertas ridículas, cuando no abiertamente provocadoras».

    No contentos
    con la congelación salarial y rebaja en el número de días de vacaciones, penalizan
    el que «tú, ciudadano que tienes un trabajo en el sector del comercio, cuando
    estés enfermo, no cobres el 100% de tu nómina», pensando que con estas medidas van
    a remontar las ventas de sus negocios, señalan los sindicatos.

    ¿No será que
    lo que quieren son más rebajas en los derechos de los trabajadores y
    trabajadoras? ¿No será que quieren seguir poniendo como excusa, que la crisis
    es la causa para seguir avanzando en la pérdida de salarios? ¿No será que
    quieren enriquecerse a costa de la salud? ¿Estarán en lo cierto, cuando afirman
    que se están abriendo más centros de trabajo en muchas localidades de la provincia?

    CCOO y UGT
    defendemos con firmeza el abono del 100% de los salarios en caso de Incapacidad
    Temporal. La salud es un derecho. No más rebajas a los derechos y a la salud de
    los trabajadores y trabajadoras.

    Según datos
    oficiales de la Seguridad Social,
    el gasto por enfermedad ha descendido un 28% y seguramente una de las causas
    fundamentales es a que la mayoría de trabajadores evitan cogerse la baja por
    miedo a perder sus empleos.

    CCOO y UGT defienden
    propuestas en aras de impulsar la recuperación económica en la provincia, y por
    supuesto también las que conlleven recuperar el poder adquisitivo perdido en
    los últimos años de trabajadores y trabajadoras, evitando seguir empobreciendo
    y castigando, en particular, a las personas trabajadoras de la pequeña y mediana
    empresa.

    Los
    sindicatos manifiestan su intención de negociar, «pero también estamos
    decididos a luchar por los derechos de los trabajadores organizando cuantas
    acciones sean precisas con el tiempo y la intensidad que la situación requiera
    para, con la participación de todos los trabajadores, buscar una salida al
    bloqueo del convenio.

  • Una indemnización de 656,37 euros por despido improcedente de una auxiliar de caja/reponedora de un super de Toledo pone en solfa la Reforma Laboral

    • En respuesta a la
      demanda de CCOO, el juez recalca que la Ley 3/2012 contraviene la Carta Social
      Europea, las Decisiones y Conclusiones del Comité Europeo de Derechos Sociales -ambas, de obligado cumplimiento en España- y el artículo 15 del Estatuto de
      los Trabajadores.
    • El juez sale al paso
      del principal argumento esgrimido por 
      Tribunal Constitucional para avalar la reforma de Rajoy, pues «es cierto
      que se dicta en el marco de una situación de crisis económica, pero también es
      cierto que durante esta situación no se puede desproteger a los trabajadores de
      sus derechos»

    Toledo, 14 de diciembre de
    2014. El juzgado de lo
    Social número 1 de Toledo ha declarado improcedente el despido de una
    trabajadora de un supermercado de esta ciudad a la que su empresario echó sin
    preaviso ni indemnización porque, casi seis meses después de ser contratada como «auxiliar de caja-reponedora», seguía dentro del «periodo de prueba» de un año
    previsto por la reforma laboral de 2012 para el denominado «contrato indefinido
    de apoyo al emprendedor».

    El juez recalca que «tal extenso periodo de prueba constituye una violación» de la Carta Social
    Europea, que «en orden al principio de jerarquía normativa, se sitúa por encima
    de la Ley nacional»; que contraviene también la Decisión del Comité Europeo de
    Derechos Sociales de 23 de mayo de 2012 y las Conclusiones XIX-2 ( de 2009) de
    este mismo Comité, cuyas decisiones «constituyen jurisprudencia que debe ser
    aplicada por los órganos jurisdiccionales nacionales»; y que «contraviene (así
    mismo) la legislación nacional», al convertir el contrato de emprendedores en
    un contrato temporal carente de causa, algo prohibido» en el artículo 15 del
    Estatuto de los Trabajadores.

    La sentencia, en
    respuesta a la demanda de presentada por 
    CCOO, ordena a la empresa condenada, Longinos Velasco SA -que ya no es
    la propietaria del supermercado- que «readmita a la demandante en su puesto de
    trabajo en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido, con
    el abono de los salarios dejados de percibir; o bien abone la cuantía de 656,37
    euros en concepto de indemnización».

    Más allá de la
    restitución del derecho de la trabajadora y de la cuantía de la indemnización,
    la sentencia declara ilegal el periodo de prueba de un año que nuestro país
    aplica al denominado «contrato indefinido de apoyo a emprendedores»,
    introducido por el Gobierno de Rajoy con el Real Decreto-ley 3/2012 (y luego la
    Ley 3/2012) y avalado por la mayoría del Tribunal Constitucional en julio de
    2014, con tres votos particulares en contra, en respuesta al recurso de
    inconstitucionalidad interpuesto por el Parlamento de Navarra.

    La sentencia del
    juzgado de lo Social de Toledo se suma a las ya emitidas, con los mismos
    fundamentos jurídicos, por juzgado de lo Social 2 de Barcelona (diciembre de
    2012) y por el juzgado de lo Social número 1 de Mataró (mayo de 2014); si bien
    estas dos son  anteriores a la sentencia
    del Constitucional que da por bueno el ?periodo de prueba? de un año (fuentes jurídicas señalan la existencia de
    una cuarta sentencia similar, también posterior a la del Constitucional, que de
    momento no he podido localizar)

    El juez de Toledo,
    como sus colegas de Mataró y Barcelona, recuerda que España suscribió la Carta
    Social Europea (que data de 1961), Carta que «en orden al principio de
    jerarquía normativa se sitúa por encima de la Ley nacional»; y cuyo artículo 4
    establece garantías «para el ejercicio efectivo del derecho (de los
    trabajadores) a una remuneración equitativa».

    En base a los
    requisitos establecidos por la Carta Social Europea (CSE), el Comité de
    Derechos Sociales de la UE resolvió en mayo de 2012 una Reclamación de dos
    sindicatos griegos contra una Ley de su país que, al igual que RDL-3/2012
    español para los «contratos indefinidos de apoyo al emprendedor», amplió a doce
    meses el periodo de prueba para todos los trabajadores de Grecia.

    Según las disposiciones
    de la CSE y de acuerdo con la Resolución del Comité de Derechos Sociales -«cuyas decisiones constituyen Jurisprudencia que debe ser aplicada por los
    órganos jurisdiccionales nacionales»-, el juez de Toledo señala que «el periodo
    de prueba» (…) no se puede interpretar de manera tan amplia, ni puede ser tan
    extenso que las garantías sobre notificación e indemnización se vuelvan
    ineficaces»

    En consecuencia, el
    juez concluye que «el artículo 4.3 de la Ley 3/2012 vulnera el art. 4.4 de la
    Carta social Europea»

    En el caso de la
    trabajadora de Longinos Velasco SA, la sentencia recalca que ?no se puede
    entender razonable un plazo de prueba de una año? para que el empleador pueda
    verificar la capacidad de una persona para desempeñar «el puesto de trabajo de
    la demandante de auxiliar de caja/reponedora en comercio de alimentación»

    «A mayor
    abundamiento», añade el juez, «hay que indicar que tal Ley 3/2012 está
    contraviniendo la legislación nacional en materia de contratación temporal»,
    porque «convierte al contrato de emprendedores en un contrato temporal carente
    de causa, algo prohibido en nuestro ordenamiento jurídico» (artículo 15 del
    Estatuto de los Trabajadores)

    La sentencia del
    juzgado de Toledo sale también al paso del principal argumento del Tribunal
    Constitucional para avalar la Reforma Laboral, que según el Alto Tribunal «constituye una medida legislativa coyuntural adoptada en un contexto de grave
    crisis económica con una elevada tasa de desempleo».

     «Es cierto que la Ley
    3/2012 se dicta en el marco de una situación de crisis económica, pero también
    es cierto que durante esta situación no se puede desproteger a los trabajadores
    de sus derechos», recalca el juez de Toledo, que cita de nuevo al Comité
    europeo de Derechos Sociales, que en sus Conclusiones XIX-2 (2009) «indicó, en
    relación a las repercusiones sobre los derechos sociales que dicha crisis no
    podía tener como consecuencia la reducción de la protección de los derechos
    reconocidos en la CSE». Por el contrario, los Gobiernos estaban obligados a
    adoptar las medidas necesarias para garantizar esos derechos «en el momento en
    que la necesidad de protección se hace sentir más»..

    Por todo ello, el
    juez sentencia que la norma aplicable al despido de la trabajadora de Longinos
    Velasco SA es el convenio colectivo de Comercio de Alimentación de Toledo, que
    establece un periodo de prueba de un mes para la categoría de la demandante,
    con lo que la finalziación del contrato más de cinco meses después del inicio
    se halla fuera de tal periodo de prueba, con lo que la extinción del contrato
    constituye un despido improcedente».

    En consecuencia, el
    demandado puede optar por readmitir a la trabajadora (lo que no ha hecho,
    puesto que ni siquiera es dueño ya del supermercado) o indemnizarla con 656,37
    euros.

    Longinos Velasco no
    ha recurrido la sentencia, que ya es firme.

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