Autor: Cajamar CCOO

  • FINANCIACIÓN Y FISCALIDAD

    En el pasado mes de agosto, la sección sindical de COMFIA-CC.OO. (ASICC) inició la publicación de este boletín, con una clara vocación de formar e informar suficientemente a la plantilla, sobre todas aquellas particularidades que contempla nuestro plan de pensiones.

    Hemos establecido un primer ciclo, que finaliza con este quinto número, con una frecuencia de publicación mensual y cuyo objetivo es la divulgación del funcionamiento del plan, para que ya en un segundo ciclo, dirigido exclusivamente a informar sobre la propia gestión del plan, todos tengamos una base suficiente para comprender mejor los distintos contenidos que se expongan.Ver texto completo

  • LA COMISIÓN DE CONTROL

    LA COMISIÓN DE CONTROL EN EL REGLAMENTO DEL PLAN DE PENSIONES DE CAJA RURAL INTERMEDITERRÁNEA

    Nuestro reglamento regula en su artículo 42 la constitución y funcionamiento de la Comisión de Control.

    Estará compuesta por 12 miembros, 6 de la Entidad Promotora y 6 de los partícipes, elegidos por periodos de 4 años. Los representantes de los trabajadores designarán a los representantes de los partícipes en proporción directa a la representatividad obtenida por cada Sindicato en el ámbito de la Empresa.

    Los miembros de la Comisión de Control están obligados a guardar confidencialidad respecto a los datos a los que tengan acceso en el cumplimiento de su función.

    Las reuniones de la Comisión se realizarán como mínimo una vez al año, así como cuando lo solicite el 50% de sus miembros, y serán convocadas por el Presidente, que a su vez será quien dirija los debates y haga ejecutar los acuerdos. La actual Comisión de Control, constituida el 25 de julio de 2003, acordó que con carácter ordinario se realice una reunión cada tres meses, sin perjuicio de cuantas otras reuniones se consideren necesario.
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  • DERECHOS Y OBLIGACIONES

    El Reglamento Interno del Plan de Pensiones de Cajamar reconoce una serie de derechos y obligaciones a partícipes y beneficiarios. El REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, y el posterior REAL DECRETO 304/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de planes y fondos de pensiones, constituyen el marco normativo actual para los planes y fondos de pensiones, que deberán adaptar sus especificaciones y normas de funcionamiento antes del 20 de febrero de 2005.

    Los partícipes y beneficiarios vamos a percibir de forma notoria los efectos de esta adaptación, principalmente en la información que recibimos y que hasta ahora era exclusivamente un certificado anual sobre las aportaciones realizadas e imputadas al partícipe, así como el valor a fin de ejercicio de los derechos consolidados. En este sentido, el nuevo reglamento desarrolla ampliamente el derecho a la información a partícipes y beneficiarios de planes de empleo.
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  • PARTÍCIPES Y DERECHOS

    Con el boletín nº 1 hicimos una simple carta de presentación de los compañeros de Comfia CC.OO. (ASICC). En este y sucesivos números iremos profundizando en las particularidades de nuestro plan de pensiones con el objetivo de aportar un conocimiento suficiente a toda la plantilla sobre su finalidad, cobertura, financiación, fiscalidad, rentabilidad de las inversiones y, en definitiva, todo lo relacionado con su gestión.

    ¿QUIÉNES SON PARTICIPES DEL PLAN DE PENSIONES?

    Son participes de plan de pensiones de Cajamar todos aquellos empleados en plantilla con una antigüedad mínima de 2 años.

    Excepcionalmente, los empleados en situación de Incapacidad Temporal y que hayan agotado el plazo de 18 meses continuarán como participes hasta tanto se pronuncie el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

    Los empleados en excedencia pasarán a la situación de participe en suspenso.

    Igualmente podrán acogerse a la situación de participe en suspenso aquellos empleados que causen baja en la Entidad por motivos distintos a los de la propia constitución del plan.
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