Autor: Cajamar CCOO

  • ¿Conoces las medidas que tienes a tu disposición para poder conciliar la vida laboral y famuliar?

    Una de las tareas de la Sección Sindical de Comfia-CCOO en CAJAMAR ha sido el lograr acuerdos con la empresa que incluyeran mejoras a las medidas establecidas en la normativa legal vigente, en cuanto a conciliación de la vida personal y laboral, y a los derechos y permisos derivados de la maternidad o paternidad. Aprovechamos este espacio para hacer un recordatorio de algunas de estas mejoras, así como para hacer llegar el mensaje de que un nacimiento o adopción así como el cuidado de nuestros familiares menores o mayores, no es cosa de mujeres sino de corresponsabilidad de las personas.

    Desde esta Sección Sindical seguimos trabajando cadadía para lograr nuevos compromisos y acuerdos que nospermitan seguir avanzando hacia la igualdad y la mejora de la conciliación de la plantilla, así como vigilando que se cumplan los compromisos adquiridos y el respeto al disfrute de los derechos de conciliación, sin que ello suponga ninguna discriminación.

    os quedan por delante tareas de gran calado como la elaboración de un nuevo Plan de Igualdad, donde necesariamente habrá que incorporar medidas encaminadas a favorecer la sensibilización en materia de igualdad y corresponsabilidad. También será imprescindible contar con medidas positivas que favorezcan la incorporación de mujeres en aquellos puestos donde están infrarrepresentadas, aspecto en el que hasta el momento no solo no se ha obtenido avancesino que apreciamos una tendencia regresiva. Del mismo modo deberemos buscar un compromiso firme de la empresa sobre una política de sustituciones de permisos de maternidad y paternidad, así como de las diferentes medidas acordadas para facilitar la conciliación, para que el disfrute de estos derechos no sea soportado por la propia plantilla. Los beneficios de la conciliación no pueden convertirse en una sobrecarga de trabajo para otras personas. Ese no puede ser el mensaje.

    Para cualquier consulta sobre derechos en materia de conciliación, maternidad o paternidad puedes ponerte en contacto con tus delegadas y delegados de Comfia-CCOO en CAJAMAR.

      

     

     

    Medidas de conciliación en CAJAMAR:

    ¿SON TUS DERECHOS, ÚSALOS!

    • Tienes derecho a solicitar reducción de tu jornada de trabajo, con la consecuente reducción de salario, para cuidado de menores a tu cargo hasta que cumplan la edad de 12 años. 
    • Se establece horario de jornada reducida (50% de reducción) para las trabajadoras que se encuentren en el 8º mes de gestación, sin disminución en materia de retribución.
    • Tienes derecho a disfrutar de un permiso de paternidad de 28 días naturales,pudiendo disfrutar dicho permiso en forma de jornada completa o bien a media jornada, duplicando en este segundo caso los días indicados.
    • Podrás disfrutar de un permiso de maternidad de 18 semanas ininterrumpidas, es decir está mejorado en dos semanas sobre la legislación vigente. En caso de parto múltiple dossemanas más por cada hijo, a partir del segundo. Os recordamos que, salvo las 6 primeras semanas después del parto, el resto del permiso puede ser disfrutado por la madre o por el padro Puedes acumular el permiso de lactancia en un total de cuatro semanas, o bien en un periodo de ocho semanas a jornada parcial con una reducción del 50%, siempre que se disfrute al principio o al final de la jornada. Por parto múltiple este permiso acumulado sería de hasta 5 semanas a jornada completa o bien 10 semanas con la jornada reducida al 50%, que al igual que en caso de parto simple, deberá disfrutarse al inicio o al final de la jornada.
    • Tienes posibilidad de realizar flexibilidad horaria, en jornada continuada de 7 horas entre las 7 de la mañana y las 5 de la tarde, si tienes necesidades de conciliación por cuidado de mayores dependientes, enfermedad de familiares,hijos o hijas menores de 12 años o en caso de trabajadoras embarazadas o en situación de riesgo
    • Tienes a tu disposición un permiso cotizado no retribuido de un máximo de 32 días laborables anuales, con reserva de puesto de trabajo y reincorporación inmediata, a disfrutar en periodos mínimos de 5 días, para cuidado de ascendientes o descendientes por motivos de enfermedad o dependencia, por separación o divorcio, adopción, tratamientos de reproducción asistida o recuperación psicológica de aborto, siniestros u otras necesidades de conciliación justificadas. 

  • DESPIDOS DISCIPLINARIOS

    Con un proceso de reestructuración en marcha, coon un política de reducción de costes de personal, con un excedente de plantlla, casualidad o no, en lo que llevamos de año se han incrementado en Cajamar los despidos disciplinarios en torno al 50%, por faltas e incumplimiento de la normativa interna.

    Por tanto, es muy importante que conozcas que el descanso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, es una suspensión de contrato con reserva del puesto de trabajo y por tanto además de tener derecho a reincorporación inmediata, esta debe producirse a la misma oficina, con las mismas funciones, responsabilidades y por tanto retribución.

     

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  • LA VUELTA AL TRABALO TIENE GARANTÍAS

    Tras maternidad, paternidad, adopción, guarda legal o acogimiento está regulada.

    La suspensión de contrato por maternidad, goza de una especial protección e la normativa laboral. Del mismo modo, el uso de medidas de conciliación tales como permisos o regulaciones de  jornadas está regulado tanto en el E.T., Ley para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y en el caso de Cajamar, ratificado por negociación de empresa y establecidas las garantías para su retorno.

    A continuación os presentamos breve esquema con los derechos y deberes establecidos en la empresa. (ir al esquema)

  • POR LAS TARDES NO SE TRABAJA

     

    Como debéis saber, tras la firma del Acuerdo Laboral del 15 de Diciembre de 2011, se estableció que, en 2013 solamente se trabajarían las tardes de los tres últimos jueves del mes de Enero, por lo que desde esa fecha ya no existe la obligación de acudir ningún jueves por la tarde, entendiendo que las tardes de los lunes, los martes, los miércoles, y los viernes, no se trabaja.

     

    ¿Qué debo exigir?

    Además del cumplimiento de los acuerdos entre Cajamar y su representación sindical, no podemos obviar las limitaciones regladas por el Estatuto de los Trabajadores.

    Claramente, si no hubiera límites a la realización de horas extras, resultaría que la fijación de la duración y distribución de la jornada de trabajo no pasaría de ser mera recomendación para las empresas y los trabajadores y trabajadoras. Por ello, según la ley, no se pueden realizar más de ochenta horas extras al año (Art. 35.2 ET).

    (sigue al artículo completo)

  • PIF’S: PERMISOS INDIVIDIUALES DE FORMACIÓN

    El PIF es un permiso remunerado que concede la empresa a un trabajador/a para hacer uso de, hasta un máximo de 200 horas laborales por permiso y curso académico o año natural, para la realización de una acción formativa que esté reconocida mediante una acreditación oficial y sin que ello conlleve un pérdida de salario.