Autor: Seccion Sindical CCM

  • Comfia-CCOO denuncia a López del Hierro y a otras personalidades. El sindicato se une al caso y demanda también al presidente de Liberbank

    EL Mundo. – CCOO Comfia, el sindicato de Comisiones Obreras en el sector financiero ha presentado una denuncia ante la Fiscalía de Cantabria contra los pagos de Liberbank a Ignacio López del Hierro –el marido de la presidenta de la Junta de Castilla-La Mancha– que es similar a la que ya investiga el fiscal, pero la ha ampliado a más personalidades. 

    Su denuncia incluye al citado actual presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Fernando Martí, al propio presidente de Liberbank, Manuel Menéndez y a su brazo derecho en la época y actual consejero de la entidad bancaria, Felipe Fernández. También «resultarían responsables cuantas otras personas hubieran tenido intervención directa en los hechos denunciados y declararse la responsabilidad civil de las propias entidades que han facturado los servicios que se dicen inexistentes», asegura el texto de su denuncia a la que ha tenido acceso EL MUNDO. Fuentes del sindicato confirmaron que, aunque no lo hicieron público, presentaron la denuncia hace unas semanas a instancias de su sección sindical en Liberbank tras revelaciones de este diario y EL MUNDO CANTABRIA. Sostiene que los denunciados podrían haber incurrido en los delitos de «falsedad documental continuada» al pagarse facturas que no correspondían a servicios reales; y de «apropiación indebida» por la «despatrimonialización» que supone pagar «seudofacturas». El sindicato recuerda que en paralelo, Liberbank ha acometido un importante ajuste de plantilla con bajas y recortes salariales.  

    En Liberbank negaron desde el primer momento la existencia de irregularidades y aseguraron que se reservaban acciones legales contra quienes presentaran acusaciones infundadas.  

    Con la denuncia del sindicato son ya dos las recibidas por la Fiscalía de Cantabria tras la inicialmente presentada por el ex consejero de Caja Cantabria, Alfonso Díez y el empleado de la entidad Francisco Hernández centrada en el marido de la presidenta de la Junta de Castilla-La Mancha. Fue presentada a Anticorrupción y ésta la remitió a Cantabria.

  • Reliquidación nóminas, Mediación en el SIMA 17/09/2013, Vacaciones, Ayuda de estudios, Movilidad geográfica y Normativa

    Reclamación reliquidación nóminas

    El pasado día 17 de septiembre enviamos a RR.LL. correo reclamando que la empresa efectúe reliquidación de las nóminas de junio y julio por diferencia en la fecha de inicio de medidas del Acuerdo de 25 de Junio. La empresa aún no nos ha contestado.

    Mediación en el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje del pasado 17 de septiembre

    El pasado martes 17 de septiembre tuvo lugar en el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) el acto de mediación previo a la interposición del conflicto colectivo que CCOO y UGT vamos a presentar ante la Audiencia Nacional por la inadecuada aplicación efectuada por la empresa del Acuerdo de 25 de Junio.

    En concreto, nos reiteramos en la petición que efectuamos en la reunión de la Comisión de Seguimiento celebrada el pasado 5 de septiembre de 2013, esto es, la anulación de las medidas comunicadas a los trabajadores/as que han empeorado con respecto a la anterior situación y anulación de las movilidades geográficas efectuadas a trabajadores/as que no estaban adscritos a oficinas que se hayan cerrado, además de estar afectadas por otras medidas de reducción de jornada.

    La empresa también se reiteró en “su oferta” efectuada en la reunión de la Comisión de Seguimiento, celebrada el pasado 5 de septiembre, de mejorar al 40% de los que habían empeorado en un plazo de 6 a 9 meses, y tratar los casos de movilidad geográfica que les planteemos por problemas personales.

    La reunión finalizó en desacuerdo.

    Vacaciones

    La empresa publicó ayer 18 de septiembre en la intranet el informativo “Número de días de vacaciones en el caso de reducción de jornada con acumulación en días completos”.

    Nuestro criterio es claro y así se lo hemos trasladado a RR.LL.: “Las vacaciones no se ven afectadas”.

    Y es que no nos encontramos ante un contrato a tiempo parcial, sino ante un contrato ordinario con una reducción de jornada fijada por un ERTE.

    Como declara el Tribunal Supremo en varias sentencias, a) el derecho a las vacaciones anuales, apuntado por el art. 40.2 de la Constitución Española   y regulado por el art. 38 del Estatuto de los Trabajadores, normas paccionadas en su caso aplicables y por el Convenio núm. 132 de la OIT -el cual, por su ratificación y publicación en el BOE, forma parte de nuestro ordenamiento interno-, atiende a la finalidad de procurar al trabajador el reposo necesario para que pueda recuperarse del desgaste fisiológico producido por su actividad laboral, así como un tiempo de esparcimiento o desalineación. Es, por tanto, presupuesto necesario para el disfrute de tal derecho la previa prestación de servicios, alcanzando aquel su total dimensión temporal cuando éstos se hubieran desarrollado durante todo el año, con disminución proporcional en otro caso», pero en el supuesto enjuiciado, no nos encontramos ante una prestación de servicios inferior al año natural, que justificaría la reducción proporcional de las vacaciones , incluso su compensación económica a través de la liquidación en los supuestos de cese en la empresa, sino ante una prestación de servicios anual que genera el derecho a vacaciones anuales en los términos fijados en el convenio, que el empresario quiere unilateralmente aminorar con base a la reducción de jornada de la que disfruta la trabajadora, reduciendo con esta acción no solo el salario, como le faculta el Estatuto y el convenio, sino lasvacaciones, haciendo a la trabajadora por causa de sureduccióndejornada…de peor derecho a los trabajadores a tiempo parcial, a los que se les reconoce el derecho a disfrutar las vacacionesíntegras, efecto por supuesto no admitido por la norma que únicamente permite la reducción salarial proporcional a lareduccióndejornada.»…

    Por lo tanto nuestros servicios jurídicos están estudiando la interposición de otro Conflicto Colectivo ya que estamos ante un hecho ya juzgado por el Tribunal Supremo y que la empresa, en otra de sus interpretaciones, nos quiere adjudicar.

    Ayuda de estudios

    Nuestra interpretación del acuerdo en el punto relativo a la inaplicación de la Ayuda de Estudios, es que esta se refiere a la Ayuda de Estudios de Empleados, por lo tanto recomendamos a todas/os los empleados/as enviar un correo a sus respectivas gestiones de recursos humanos, informando de cual es su situación familiar, en este sentido facilitamos el siguiente modelo de correo:

         «A efectos del cobro de la ayuda de guardería del art. 58 del convenio vigente (o ayuda para la formación de hijos de empleados del art- 59) en el presente mes de Septiembre, les informo de que mi situación familiar es de, X hijos menores de 3 años, y/o X hijos mayores de tres años y menores de 25 que conviven en el domicilio familiar, y/o X hijos menores de 25 años que cursan estudios en plaza distinta a la del domicilio familiar y pernoctan fuera de el, y/o X hijos con minusvalía del…., ninguno de los cuales percibe rentas superiores al salario mínimo interprofesional.

    Dispongo de justificantes para acreditar esta situación que les facilitaré tan pronto reciba sus indicaciones al respecto.»

    Movilidad geográfica

    Para finalizar, el acuerdo dice literalmente que «se mantendrán hasta Junio de 2017 las condiciones del acuerdo de 2011 con una rebaja del….». Algo se mantiene después de su vencimiento pero no antes, por lo que desde aquí reclamamos el cumplimiento del anterior acuerdo hasta el 31 de Diciembre de 2013.

    Cumplimiento de las normas

    Estamos en unos momentos difíciles y complicados para las Relaciones Laborales. Las reducciones de jornada, por ineficiencia organizativa de la Dirección de la empresa, está originando que la plantilla de las oficinas sea, permanentemente, insuficiente para atender a los clientes y cumplir los requisitos comerciales o de campañas.

    Ante este desaguisado de plantilla, algunos directivos de esta empresa tienen un grave problema con la NORMATIVA. Con su presión y broncas están proponiendo que, el trabajador, se salte la normativa y se incumpla la Ley.

    Los trabajadores hemos de tener en cuenta que:

    ·         El incumplimiento de la norma es responsabilidad del trabajador que la incumple. Nadie va a reconocer que te dijo que te la saltaras y si ha ido mal, pues eso, expediente  por incumplimiento de normativa, la legislación vigente y a la calle.

    ·         El incumplimiento del horario, además de insolidario y perjudicar a todos los compañeros con reducción de jornada del 30 o del 50, si estas percibiendo percepción del SEPE y la inspección te abre expediente, perderás todas las prestaciones pendientes y tendrás que devolver las percibidas.

    No prestéis atención a los directivillos (que no son buenos compañeros) que os inducen o exigen que para cumplir una campaña o atender a un cliente os piden que soslayéis una norma o incumpláis vuestro horario.

    Esta empresa fagocita también a esos directivillos que siguiendo las directrices de sus superiores presionan y persiguen a trabajadores, que cumplen escrupulosamente las normas, acusándoles de inoperantes, etc., etc., porque cuando el trabajador  se defiende la empresa se pone de perfil y le dice al directivillo que se las apañe y si no que se lo pregunten a la última directora que un trabajador (trasladado) le ha puesto una demanda por acoso, que respuesta le ha dado la empresa y el que le pidió que presionara… que se las apañe. O al zona, que hace algún tiempo fue cesado, cuando le denunciaron, por hacer lo que le mandaron.

    Así pues cuidado, igual da que seas directivo, gestor o administrativo. Cumple las normas y la Ley.

    Seguiremos informando.

    Ver comunicado completo en pdf

  • CCOO PEDIMOS EXPLICACIONES EN CONSEJOS DE ADMON. POR INVESTIGACIÓN DE LA FISCALIA SOBRE EL PAGO A LA EMPRESA DEL MARIDO DE COSPEDAL

    Tal y como recogen numerosos medios de comunicación, la Fiscalía de Cantabria ha decidido abrir diligencias de investigación penal sobre el marido de la secretaria general del PP y presidenta de la Junta de Castilla-La Mancha, María Dolores de Cospedal, en Liberbank para analizar si cometió delitos de apropiación indebida y falsedad documental. La denuncia está encabezada por el ex consejero de Caja Cantabria y ex secretario general de Comfia-CCOO en esa comunidad.

    Según ha publicado el diario El Mundo, «se investigará si el esposo de Cospedal, que fue contratado por Liberbank, incurrió en estos delitos al cobrar hasta 7.000 euros mensuales por parte de una filial de la entidad bancaria que negaba que le prestara servicios«.

    Tenemos que resaltar que la dirección del Grupo Liberbank, ha iniciado un ERE de extinción de contratos para 34 de las 52 personas que componen la actual plantilla de Bancantabria. Para el resto (18 empleados) se pide acogerse al ERE de reducción de jornada y modificación sustancial de condiciones económicas.

    Los Consejeros Generales en Representación de los Trabajadores, por parte de CCOO, han pedido explicaciones en los Consejos de Administración de Caja Cantabria y CajAstur, sobre estas informaciones.

    En concreto, en el caso del Consejero de CajAstur al preguntar por este caso, el Presidente Sr. Menéndez le retiró la palabra por ser un tema fuera del orden del día.

    En el caso de Caja Cantabria, se ha pedido la convocatoria de un Consejo de Administración extraordinario para tratar el asunto.

    Desde la Sección Sindical de Grupo compartimos y apoyamos la denuncia efectuada en la Fiscalía, esperando se depuren las responsabilidades si ve delito o no y de quién.

    Seguiremos informando.

    Ver comunicado completo en pdf

  • CONFLICTO COLECTIVO CONTRA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS DEL ACUERDO 25 DE JUNIO Y DENUNCIA ANTE LA DIRECC. ESP. DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO

    El 31 de julio ha quedado registrada la solicitud de procedimiento de mediación ante el SIMA por conflicto colectivo que hemos presentado CCOO y UGT contra la aplicación de las medidas efectuadas por la empresa, relativas a la movilidad geográfica y reducción de jornada y salario. De igual forma, ayer 1 de agosto presentamos denuncia ante la Dirección Especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad por las distintas situaciones producto de las comunicaciones efectuadas por la empresa ante el SEPE y a los trabajadores, así como por el procedimiento y el cálculo de las nóminas de Julio.

    Tal y como indicábamos en nuestro anterior comunicado, en el que trasladábamos nuestra intención de presentar conflicto colectivo por la aplicación de las medidas efectuadas por la empresa relativas a la movilidad geográfica y reducción de jornada y salario, hemos materializado la presentación, ante el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA), la solicitud de mediación para que la empresa se avenga a reconocer que la aplicación efectuada vulnera lo establecido en el Acuerdo de 25 de Junio y proceda a dejarlas sin efecto, paso previo a la formalización de la demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional.

    De igual forma, hemos presentado denuncia ante la Dirección Especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social relacionando las situaciones en las que nos encontramos producto de las comunicaciones efectuadas por la empresa, relativas a las medidas implantadas unilateralmente por ella y las correspondientes a la aplicación efectuada del Acuerdo de 25 de Junio, con el objeto de eximir de cualquier responsabilidad a los trabajadores. También informamos de las deficientes comunicaciones efectuadas por la empresa en relación con los contratos multiempresa (Liberbank y CCM), de las situaciones de los trabajadores que hubieran comenzado el período de suspensión de contrato a partir de la segunda quincena del próximo diciembre y del procedimiento del cálculo y abono de las nóminas del mes de julio, en el que la empresa vulnera los salarios de los trabajadores tratando de compensar en días de descanso las jornadas no abonadas.

    Seguiremos informando.

    Ver comunicado completo en pdf

  • Rechazamos empeoramiento de condiciones de 456 trabajadores, la movilidad de otros 149 y exigimos a Dirección que corrija estas situaciones

    Los dos sindicatos hemos trasladado a la empresa nuestro rechazo a la forma en que se está aplicando el Acta de Conciliación firmada el pasado 25 de junio, señalándoles que:

    No aceptamos que 456 personas en el Grupo (367 Liberbank y 89 en BCCM), hayan empeorado sus condiciones respecto a las inicialmente comunicadas de forma unilateral por la empresa.

    Paralicen los traslados comunicados ya que no aceptamos la forma en que se ha utilizado la Movilidad Geográfica para desplazar a 149 empleado/as, sin tener en cuenta:

    o sus situaciones personales,

    o el no haber cerrado los centros de trabajo donde están adscritos

    o la acumulación de afectación de varias medidas

    o igualmente consideramos que las desvinculaciones motivadas por los traslados deben ser indemnizadas conforme a lo acordado en el ERE anterior

    En cuanto a la suspensión de las aportaciones al plan de pensiones, la redacción en la modificación de las especificaciones, de cada uno de los planes, debe recoger que todos los partícipes percibirán el importe de las aportaciones suspendidas como muy tarde en el momento en que accedan a la jubilación.

    Nuestra disconformidad al procedimiento operativo publicado para la refinanciación de los empleados:

    o El salario de referencia debe ser neto.

    o La opción de ampliación de plazo de amortización o carencia debe ser a criterio del afectado.

    o La referencia de los ingresos de la unidad familiar solamente debe ser tenida en cuenta para los casos en que se haya utilizado para la concesión de la operación inicial.

    o Por último les hemos indicado que el fedatario público únicamente se debe utilizar cuando no exista otra forma legal posible y menos costosa.

    Hemos protestado por el incumplimiento del Acuerdo de 25 de junio y les hemos manifestado nuestra disposición a presentar Conflicto Colectivo por incumplimiento del mismo, por lo tanto emplazamos a la Dirección de Liberbank a cumplir con el espíritu del acuerdo así como a reconducir la situación por el camino de la convergencia con los sindicatos.

    De igual forma hacemos responsable a la Dirección de Liberbank de la situación en la que nos encontramos con respecto a la Dirección General de Empleo y en relación al reconocimiento de las prestaciones por desempleo, por lo que cualquier derivada de la tramitación e impago de las mismas debe correr a cargo de la empresa.

    Seguiremos informando.