Autor: Seccion Sindical CCM

  • Cierre de 17 oficinas. Se cumplieron los pronósticos.

    Efectivamente, continuando con esa obsesión por incumplir todo tipo de normas, la empresa comunicó los traslados por ?cierre de oficinas? y, como había anunciado, se saltó todo lo acordado al incorporar en el listado de traslados realizados a personas que trabajan en oficinas que no cierran, algo que obviamente no podemos dejar pasar porque permitiría trasladar a la otra punta del país a cualquier empleado de cualquier oficina sin un motivo mínimo que lo justifique.

    Además, como muestra de la ?buena intención de la empresa?, la mayor parte de las personas a las que quieren trasladar lo más lejos posible de su domicilio son personas jóvenes, con poca antigüedad en la empresa, principalmente mujeres e imaginamos (en muchos casos así nos consta) que con hijos pequeños.

    Vamos, que como son baratas de echar, a ver si no tienen más remedio y piden la cuenta. Y luego hablan de Responsabilidad Social Corporativa o de Códigos Éticos.

    Como ya dijimos a modo de ejemplo en una ocasión, la ley prohíbe robar y matar, lo que lamentablemente no impide que haya ladrones y asesinos, pero para corregir eso ya está después la justicia, para hacer cumplir las normas.

    Como trámite previo a la demanda el jueves pasado enviamos el siguiente correo a la empresa:

    Respecto a las reubicaciones comunicadas en base a la aplicación de la ?Fase I del Proyecto Modelo de Red de Banca Comercial? y a falta de un análisis más detallado, comprobamos que han realizado traslados afectando a trabajadores de centros que no cierran, violando tanto el espíritu como el texto del Acuerdo de 27 de diciembre, motivo por el que requerimos reconsideren su decisión y anulen los traslados notificados.

    Les informamos igualmente que con esta fecha damos traslado a nuestro departamento jurídico para que inicie cuantas acciones considere oportunas.

    Por último, aprovechamos el presente correo para solicitar la convocatoria urgente de la Comisión de Seguimiento establecida en el apartado VIII del Acuerdo de 27 de diciembre, convocatoria que debe hacerse con carácter inmediato porque si no no tendrá efectividad al ser el 31 de agosto la fecha límite.

    En fin, otro incumplimiento y otra demanda más que sumar a la ya extensa colección de esta gente. Y es que menos mal que tenemos firmado el mejor acuerdo del sector sobre movilidad porque, ¿Qué haría esta gente si tuviesen las manos libres?

    Saludos.

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  • Cierre de 17 oficinas. Lo de esta gente es obsesivo

    Ayer lunes 28 de julio la empresa nos comunicó (simultáneamente a su publicación en la Intranet) que el próximo 31 de agosto se iban a cerrar 17 oficinas debido a ?la implantación de la Fase I del Proyecto Modelo de Red de Banca Comercial? así como se nos informaba de ?cambios en los Servicios Centrales fruto de la reordenación de áreas y departamentos?.

    Hasta ahí, lo esperado.

    El problema viene cuando dicen que ?los cierres previstos tendrán un impacto en la plantilla, siendo necesaria la reubicación mediante traslado cuando no sea posible que el destino se sitúe en un centro cercano. Afectación que recaerá tanto en la oficina de cierre, como en la oficina receptora o de destino del negocio.?

    Les contestamos de forma inmediata con un correo en el que textualmente manifestábamos:

    Como respuesta a mencionada comunicación debemos manifestar que, como ya viene siendo habitual, realizan una política de hechos consumados con la que obviamente estamos en total desacuerdo y ante la que protestamos de forma enérgica.
    En primer lugar, desde el 1 de julio, fecha en la que oficialmente se aprobó el plan, han tenido tiempo más que suficiente para informarnos de dicho proyecto. Más aun cuando habíamos requerido tal información en varias ocasiones.

    En segundo lugar, nos comunican que a efectos de traslados la afectación ?recaerá tanto en la oficina de cierre, como en la oficina receptora o de destino del negocio? cuando, como muy bien saben, eso no es lo que pone el Acuerdo de 27 de diciembre firmado por Vds..
    Por último y puesto que lógicamente ya lo deben conocer, les requerimos a la mayor brevedad posible nos informen del número y nombres de las personas afectadas por movilidad tanto de las oficinas que se cierran como de los Servicios Centrales que nos mencionan en su comunicación.

    Que a nadie se le olvide que, ante el comportamiento de esta empresa, con su departamento de ?interpretaciones perversas?, con su política de hechos consumados, que siempre va tomando rehenes, así como con su obsesión en incumplir una y otra vez con toda la normativa laboral que se les ocurre, tanto con la que se obligan como firmantes como con la están obligados por ley, como decimos, que a nadie se le olvide que tenemos un acuerdo laboral firmado que les vincula y obliga.

    En ese sentido y ante la más que previsible comunicación inminente de movimientos, por eso de preavisar con 30 días a las personas que van a ser trasladadas, que todo el mundo tenga muy claro que la movilidad geográfica, gracias al Acuerdo firmado, está limitada a las oficinas que se cierran y a la reestructuración de servicios centrales. Cualquier cosa que se salga de ahí puede, debe ser y será denunciado en los juzgados.

    Saludos.

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  • Asistencia a cursos de formación

    Llevamos un tiempo en el que la empresa está incrementando de forma notable la convocatoria a una infinidad de cursos -cursos que en algún territorio se están solapando además con los de la nueva plataforma financiera- y presionando cada vez más a la plantilla para su realización.

    El procedimiento habitual: Primero te invito al curso mientras te cuento lo importante que es que lo hagas; por si el mensaje subliminal no te ha quedado claro, luego te digo que a vuelta de correo me confirmes cuándo vas a ir para poder así informar a RRHH y a la territorial y por último te pido explicaciones de por qué no has ido. ¿Tan difícil será de entender que si me invitas es voluntario y si no quiero o tengo algo mejor que hacer, simplemente no voy?

    Y es que todos estos cursos tienen algo en común y es que, sean presenciales u online, quieren que se hagan por la cara fuera del horario laboral y eso no puede ser en ningún caso, mucho menos en un ERTE.

    Por otra parte, nos parece cuando menos una broma de mal gusto que pretendan que estos cursos se hagan fuera del horario laboral cuando por otro lado la empresa ha incorporado la formación como una ?variable cualitativa? a considerar para los objetivos del segundo semestre de 2014. Quizás les parezca que el procedimiento habitual antes citado no es suficiente y crean que tal vez así quienes cobran objetivos o se preocupan por los rankings?

    Como os expusimos en algún comunicado anterior, hace ya tiempo requerimos, primero personalmente y posteriormente por escrito, al director de Relaciones Laborales de Liberbank que todos aquellos cursos que, por mucho que te ?inviten?, son obligatorios para la entidad o la plantilla y que por tanto no se hacen voluntariamente sino por obligación, sean realizados con las debidas condiciones en horario laboral o compensados de alguna forma, si bien la respuesta fue negativa pues afirmaban que ?la realización de los cursos tiene carácter voluntario? en todos los casos.

    Como de todas formas muchos cursos se siguen convocando de forma masiva, la empresa ha sido denunciada de nuevo en varias Inspecciones de Trabajo, habiendo en algún territorio aparecido la inspección para verificarlo.
    Hay una cosa que todo el mundo debe tener muy clara: si te invitan a un curso, este es absolutamente voluntario y si te obligan porque es imprescindible, deben compensártelo.

    Os recordamos de nuevo que la misma empresa que pretende que extiendas tu jornada por la cara te está reduciendo el sueldo precisamente por acortar esa jornada.

    Saludos.

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  • Accidentes laborales ?In itinere?. Se amplía la casuística a la movilidad geográfica

    El accidente en el trayecto (in itinere),
    se define como el que sufren los trabajadores y las trabajadoras al ir o al
    volver al lugar de trabajo y en el que deben incurrir determinados requisitos
    que te explicamos aquí. Recientemente el Tribunal Supremo, ha ampliado el
    concepto de accidente in itinere al desplazamiento entre el domicilio
    familiar y el laboral, 
    aunque estos se encuentren a decenas o cientos
    de kilómetros. Esta ampliación de la casuística es una buena noticia para los
    trabajadores/as del sector financiero que en el proceso de reestructuración de
    este y, como alternativa al despido, se han visto afectados por la movilidad
    geográfica.

    Factores que deben concurrir para que se
    considere accidente laboral in itinere :

    Que se produzca en el recorrido habitual y
    normal desde el domicilio al lugar de trabajo y viceversa, con la finalidad
    principal y directa de acudir o volver a este.

    Que se produzca dentro del tiempo que
    normalmente se invierta en el trayecto.

    Que no haya habido interrupciones entre el
    trabajo y al accidente por otras actividades de interés personal.

    Que el accidente se produzca en ‘misión’,
    esto es, que se produzca en el trayecto que
    el trabajador/a realice en cumplimiento de una misión (ejemplo un comercial que
    vaya a visitar a un cliente a su tienda o domicilio). 

    Que el trayecto recorrido se realice en un
    medio de transporte habitual o normal, entendiéndose como tal el que
    habitualmente utilice el trabajador/a y cuando éste no actúe con imprudencia
    grave o temeraria.

    Y ahora… que el desplazamiento se produzca
    entre el domicilio familiar y el laboral en aquellos casos en los que el
    trabajador/a tenga su domicilio familiar en un sitio y el laboral en otro por
    exigencia de la movilidad geográfica de su empresa.

    ¿Por qué es tan importante la
    inclusión de esta nueva causa para el sector financiero?.

    Porque lamentablemente, el proceso de
    reestructuración del sector en el que se han perdido miles de empleos, también
    ha conllevado en muchas entidades la movilidad geográfica, como alternativa a
    la pérdida de puestos de trabajo. Y son miles los trabajadores/as que deben
    hacer cientos de kilómetros para ir y volver diaria, semanal o periódicamente
    del domicilio familiar que tenían antes del traslado al domicilio donde residen
    por motivos profesionales.

    De ahí la importancia de que una sentencia
    del Tribunal Supremo reconozca esta nueva causa de accidente ‘in itinere’.

    Aspectos a tener en cuenta sobre los
    accidentes ‘in itinere’.

    Ø Es la parte que alega la existencia de un
    accidente de trabajo la que debe acreditar la relación entre éste y el
    accidente.

    Ø Debe existir conexión entre el domicilio
    (familiar y/o profesional) y el lugar de trabajo.

    Ø No es accidente ‘in itinere’ cuando se
    haya finalizado el trayecto o todavía no se haya iniciado (si el accidente se
    produce en casa antes de haber comenzado el desplazamiento o cuando ya ha
    llegado a casa, no es ‘in itinere’).

    Ø Si el accidente se produce una vez
    traspasado el límite del domicilio (esto es… el piso que se habita y no el
    edificio donde se ubica éste) bajando la escalera por ejemplo, esto sí es
    accidente in itinere.

    Ø Cuando se produzca un accidente in
    itinere, hay que comunicarlo al responsable directo según la normativa que rija
    en cada entidad.

    Ø Cuando se produzca un accidente ‘in
    itinere’ hay que acudir a la Mutua NO al médico de cabecera.

    Ø Si no se está conforme con la actuación
    de la Mutua o con la determinación de la contingencia de ésta, debe hacerse
    constar la disconformidad en el Libro Registro de la Mutua y acudir al médico
    de cabecera para que valore la situación.

    Ø Si el accidente es grave o muy grave o
    se considera necesaria una actuación inmediata, se puede acudir al Centro
    Médico más cercano del Sistema Público de Salud y posteriormente acudir a la Mutua
    con toda la información.

    No es cierto que sólo se consideren
    accidentes in itinere los ocurridos una hora antes o después del horario
    laboral.  

    La mayoría de los trabajadores/as que
    sufren este tipo de accidentes los trata como enfermedad común por mayor
    comodidad y ante la perspectiva de encontrarse problemas en las mutuas a la
    hora de obtener la correspondiente baja laboral. Sin embrago, es importante que
    sean reconocidos como accidentes de trabajo.

    Por ello, si te encuentras en un caso así,
    recurre a tus delegados y delegadas de CCOO para que éstos te ayuden a exigir
    ante la empresa la preceptiva emisión del parte de accidente de trabajo.

    ESTAMOS PARA AYUDARTE

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  • Reuniones con la empresa

    El pasado lunes nos reunimos con la nueva Directora de Gestión de RRHH. Se presentó con buenas palabras y puede que incluso con no malas intenciones, pero a la que dijimos nos mostrábamos escépticos respecto a que realmente se produjera el cambio en la política de personal que nos planteaba pues esta es una empresa muy personalista y a fin de cuentas, como en Corea del Norte, sigue mandando el mismo.
    En cualquier caso la deseamos suerte.

    Entre los diversos puntos que
    tratamos en esa reunión le pedimos controlara a directores de zona y
    territoriales porque estaban desmadrados con el tema de las presiones y las
    amenazas, algo que tampoco necesitamos explicar mucho porque ya había leído los
    comunicados.

    Al día siguiente tuvo lugar una
    reunión de la Mesa de Seguimiento del Acuerdo y de la que poco podemos contar
    ya que fue una absoluta pérdida de tiempo. La empresa en el mejor de los
    casos se limitó a dar largas con un “lo valoraremos” o con un “lo
    estudiaremos”.

    Respecto a uno de los temas
    pendientes de contestación de la anterior mesa de seguimiento, el de las
    diferencias que encontramos en los horarios entre la reducción oficial
    comunicada y la real trabajada, la empresa nos dio la razón en los cálculos que
    desde CCOO (único sindicato que parece ser se dio cuenta) les facilitamos pero
    nos dejó caer una velada amenaza con unos comentarios que consideramos cuando
    menos desafortunados.

    Por recordar la historia, al
    revisar los más de 120 horarios comunicados por la empresa para ver si la
    reducción teórica se correspondía con la real, en CCOO detectamos que existían
    un número de ellos en los que para cuadrar correspondería disfrutar de días
    libres adicionales a los comunicados por la empresa.

    Si bien encontramos que para la
    mayor parte de los horarios el ajuste es adecuado (o mejor dicho el desfase es
    pequeño, pues prácticamente siempre existe y eso sí, siempre a favor de la
    empresa), existen otros horarios en los que el desfase es importante y
    entendemos deben ser corregidos.

    El comentario de la empresa al
    respecto es que, tras revisarlo, reconocen que los datos que les aportamos son
    correctos y los desfases existen pero que debemos tener en cuenta que la
    reducción de horarios provoca que en muchas ocasiones nuestra jornada sea de
    seis horas o menos por lo que, puestos a malas, no nos correspondería el tiempo
    de descanso del café. Que eso es algo que no aplican y que por tanto mejor
    dejemos esos desfases como están.

    Sinceramente, el planteamiento
    de la empresa nos parece una macarrada y os lo queríamos contar especialmente
    para que a nadie le entren remordimientos por cumplir estrictamente los
    horarios, así como disfrutar efectivamente de ese tiempo del café que sabemos
    estáis perdiendo en infinidad de ocasiones.

    En esa misma reunión,
    aprovechamos para reiterar nuestra queja por enterarnos a través de la CNMV de
    los planes de cierre de oficinas así como del cambio de modelo de oficinas que
    planean acometer.

    A este respecto nos pidieron disculpas
    porque efectivamente reconocían debíamos haber sido informados con anterioridad
    y, confirmando lo que ya os comentamos en un comunicado anterior en el que
    tratamos el tema, desautorizaron todas las amenazas que circulan por la red al
    asegurarnos que el cambio de modelo de puntos de venta se basa en establecer un
    número menor de oficinas pero más grandes por lo que no tienen previsto suponga
    ningún impacto en las plantillas de las mismas ni en número ni en lo relativo a
    lanecesidad de traslados ya que dicen
    pretender únicamente una agrupación de oficinas que se encuentren próximas
    traspasando las plantillas a una de ellas.

    Respecto a los rumores
    relacionados con lo anterior y potenciados por algunos para presionar y
    amenazar a la plantilla volvieron a insistir en que no quieren en el banco
    ese tipo de actuaciones
    y pidieron que se les trasmita cualquier abuso que
    pudiera producirse para poder atajarlo de inmediato, algo que ya hemos hecho
    con algún caso para ver efectivamente que hacen.

    Como ejemplo de incertidumbres
    provocadas tontamente se puso de manifiesto la inquietud generada a costa de la
    actualización curricular, de la que comentaron que únicamente pretendía
    actualizar la información por supuesto de forma voluntaria y sin que tuviese
    segundas intenciones. En este tema, estamos convencidos que simplemente la
    nueva Directora de Gestión de Personal planteó la actualización curricular y
    luego los problemas han venido porque algunos de los que estaban debajo han
    pretendido que la iniciativa fuese un éxito aunque para ello tuviesen que
    presionar, una vez más, a la plantilla. Y es que quieren despuntar siendo la
    territorial que más “lo que sea” aunque no les hayan pedido ejercer ninguna
    presión que fuera más allá de que la plantilla conociera su existencia.

    Quizás para compensar y con un
    halo de “fíjate lo que os contamos” nos adelantaron los planes de cierre
    temporal de oficinas durante el mes de agosto
    para “facilitar las
    vacaciones del personal sin perjudicar el servicio”, algo que por otra parte ya
    habían filtrado los directores de zona (aprovechando en su versión, por
    supuesto, la ocasión para amenazar) hace dos meses. En ese momento por lo visto
    no disponían de más información aunque como habéis visto dos días más tarde nos
    enviaron el listado de las oficinas afectadas que os adjuntamos.

    Por supuesto, otro de los temas
    de los que hablamos fue el de la prolongación habitual de los horarios así como
    de los mensajes y presiones que se hacían habitualmente para que así fuese.
    Aquí de nuevo la empresa volvió a manifestar que su pretensión es que se
    cumplan los horarios establecidos
    e igualmente afirmaron que no aceptaran
    que nadie ejerza presiones para que se incumplan, solicitando de nuevo se les
    comunicara cualquier presión al respecto. En este sentido les manifestamos que
    una forma mucho más sencilla y eficaz de arreglar el problema es que
    simplemente colgaran en la Intranet tales manifestaciones. Algo que os contamos
    ya que igualmente imaginamos no harán.

    Como novedad, y esto es
    impactante en algunos territorios pues parece se acabó lo de esperar hasta el
    último minuto del último día solo por deporte, nos dijeron que esa misma mañana
    habían dado instrucciones directas para que las vacaciones estén autorizadas
    con al menos dos meses de antelación. Así que ya sabéis.

    Saludos.

    Afíliate a CCOO

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