Autor: Seccion Sindical CASER

  • DIA INTERNACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO

    El
    25 de noviembre es el día «Día Internacional
    de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer»
    , y si seguimos escribiendo cientos y cientos
    de notas, comunicados, manifiestos, es porque lamentablemente, es un problema
    que no desaparece. Todo lo contrario, parece estructural, y no debería serlo.

    Hace
    unos días leí un artículo que hablada de cambiar el mensaje del 25/11 ya que
    victimizaba a las mujeres agredidas en el ámbito familiar y laboral, ya que el
    lenguaje no era neutral y por tanto se llevaba al ámbito político. No
    deberíamos hacer política barata sobre este tema. Es muy serio.

    En
    ese artículo se decía que no sonaba igual hablar del  «Día
    Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer» 
    que del «Día Internacional contra los hombres maltratadores» y me parece que es un
    razonamiento genial!! Hay que arrinconar y aislar a un maltratador. Debe pagar
    por ello y sobre todo dejar claro, que la culpa es de quien maltrata no de
    quien recibe el maltrato.

    En
    el ámbito profesional también se da el maltrato. No hay que taparlo u
    ocultarlo. No se debe dejar marchar el talento de una empresa porque una mujer
    o incluso algún hombre se sienta maltratad@ o vejad@ , mientras  que quien
    ejerce dicho maltrato mantiene su puesto de trabajo. Esto se percibe por el
    resto de trabajador@s como DOBLE maltrato.

    Sí,
    doble, porque se ejerce sobre una persona que desgraciadamente se ve obligada a
    negociar una salida y dejar un trabajo atrás, pero también por tod@s los
    compañeros que quedan a merced de estos individuos y de sus comportamientos.

    Las
    empresas NO deberían consentir estas actitudes y deberían atajar comportamientos
    inapropiados en un entorno profesional y publicitar que esos comportamientos en
    muchas empresas NO se consiente.

    Hablar
    del problema no aleja la solución, sino que la acerca, no deberíamos tener
    miedo de señalar a aquella persona que ejerza maltrato sobre otra.

    Lamentablemente
    la gran mayoría de los agresores  no se consideran culpables de la
    violencia que ejercen y atribuyen el maltrato al comportamiento de las mujeres,
    que los sacan de quicio, que molestan, son inútiles?Nada de eso! Es un paso
    imprescindible para empezar a resolver el problema desde  las políticas
    sociales, los medios de comunicación, redes sociales, los ámbitos
    profesionales, se les repruebe su comportamiento y los señalen como los
    responsables de la violencia que ejercen contra las mujeres.

    No
    hay que olvidar que el maltrato afecta no sólo a la mujer agredida, sino a su
    entorno, a sus hijos, a su vida entera.  Sólo en España, de 2012 a 2017,
    23 niños y niñas fueron asesinados por sus padres, y 187 han quedado huérfanos
    de madre.

    Los y las compañeras delegadas de CCOO luchamos y lo haremos
    siempre por conseguir que estas actitudes NO se produzcan en CASER. Podéis
    contar con nosotros y nosotras siempre que lo necesitéis y os acompañaremos en
    todo, tanto en el ámbito laboral como en el familiar.

    No
    os calléis nunca, hablad con nosotros, podremos entre todos encontrar una
    solución.

    ¡Esperemos que éste 2018 sea el principio del fin! 

    Recibiréis
    tod@s el obsequio conmemorativo de este día en persona o por valija a tu
    oficina.

     Sandra
    García

    Secretaria Mujer e
    Igualdad de CCOO Caser


    MANIFIESTO

  • CALENDARIOS LABORALES 2019

    El pasado 20 de octubre fueron aprobados y publicados en el BOE los Calendarios Laborales para el 2019. Pinchando en cada provincia podrás acceder a la información de los festivos de las mismas.


    – ANDALUCÍA

    – ARAGÓN

    – ASTURIAS

    – CANARIAS

    – CANTABRIA

    – CASTILLA LA MANCHA

    – CASTILLA LEÓN

    – CATALUÑA

    – COMUNIDAD VALENCIANA

    – EXTREMADURA

    – GALICIA

     ISLAS BALEARES

    – LA RIOJA

    – MADRID

    – MURCIA

    – NAVARRA

    – PAÍS VASCO


  • CONSTITUCIÓN DE LA MESA ELECTORAL

    Esta
    mañana ha tenido lugar  la constitución
    de la Mesa electoral  y con ello se
    inicia el proceso de las elecciones en la oficina de Madrid

    En esta reunión, se ha fijado un calendario, el cual va
    marcando las distintas fases del proceso.

    A continuación del  19
    al 29 de Octubre se publicaran los censos en los tablones. Cada trabajador/a
    tiene que comprobar en el censo  todos y
    verificar que sean correctos para poder votar, pues si no fuera así deberá gestionar
    su reclamación a la Mesa el día 30 de Octubre  , siendo el día de la resolución de las mismas
    y exposición del censo definitivo de los días 31 de Octubre y 2 de Noviembre
    respectivamente.

    La empresa está pendiente de habilitar una dirección de
    correo electrónico, a través de la cual cualquier trabajador/a podrá dirigir
    sus consultas, sus reclamaciones, solicitud de voto por correo, etc.

    El día de la votación
    será el día 29 de noviembre.

     Cualquier duda que os surja al
    respecto, no dudéis en consultar con las delegadas y delegados  de nuestra Sección Sindical.

     Los integrantes de la mesa, según
    establece el E.T, son el trabajador más antiguo, el de mayor edad y el más
    joven de la empresa. Siendo oficialmente para estas elecciones sindicales del
    2018 en la oficina de Madrid,  los
    siguientes compañeros:

     

    Mesa 1:

    Presidente:
    Félix Valladares

    Vocal:
    M. Dolores Ochoa

    Secretario:
    Fernando Martín

    Mesa 2:

    Presidente: J. Fco Benayas

    Vocal: Santiago Pozo

    Secretaria: Laura Díaz

  • 19 DE OCTUBRE DIA INTERNACIONAL CONTRA EL CÁNCER DE MAMA

    El 19 de octubre se celebra mundialmente el día
    internacional de la lucha contra el cáncer de mama con el objetivo de crear
    conciencia y promover que cada vez más mujeres accedan a controles,
    diagnósticos y tratamientos oportunos y efectivos

    No olvidar la
    importancia de la detección precoz y además informar que la AECC dispone de una serie
    de servicios y programas para la atención integral de las personas con cáncer
    de mama, que seguro son de gran ayuda para dar información, pues la falta de la
    misma es la principal fuente del miedo y la ansiedad.

    Por ello,
    desde la Sección Sindical de CCOO, queremos dedicar este día en especial a las
    luchadoras, vencedoras y vencidas, amigos/as, padres y madres, hijos e hijas,
    tios y tias, abuelos y abuelas?.porque gracias a todos y a todas, muchas
    mujeres tienen fuerzas para luchar y salir adelante

                                     

  • DEVOLUCIÓN DEL IRPF POR LA PRESTACIÓN DE MATERNIDAD

    La Sentencia de Tribunal Supremo
    en casación para unificación d doctrina por la que se declara exentas de tributación
    del IRPF las prestaciones de Maternidad supone la resolución definitiva del conflicto
    que desde varios años se viene produciendo en relación a la exención del citado
    impuesto, y que se derivaba de la diferente opinión que tenían de la misma
    distintos tribunales, reconociéndola en algunos casos y denegándola en otros.

    De este modo, se fija como doctrina
    legal la exención de la tributación en el IRPF de las prestaciones de Maternidad
    de la Seguridad Social.

    VER VÍDEO


    CCOO siempre hemos defendido la necesidad de
    que el sistema fiscal se diseñe sobre la lógica de la progresividad y el reparto
    justo y equitativo de los esfuerzos en función del nivel de renta de las personas,
    y reconociendo en todo caso los distintos objetivos que persiguen las prestaciones
    contributivas y las asistenciales de modo que se alcance el equilibrio que entre
    los principios de contributividad, suficiencia y solidaridad deben caracterizara
    los sistemas públicos de protección social.

    Consecuencias de la Sentencia
    sobre las futuras prestaciones de Maternidad

    La nueva doctrina fijada por el Tribunal Supremo
    supone que, a partir de ahora, y siempre que no se modifique la actual legislación,
    quedarán exentas de tributación todas las prestaciones de Maternidad que se reconozcan
    por parte de la Seguridad Social. De modo que el INSS dejará de realizar la retención
    del IRPF sobre estas  prestaciones.

     Consecuencias de la Sentencia
    en relación a las prestaciones de paternidad

    La Sentencia no examina el
    tratamiento fiscal que deba darse a las prestaciones por paternidad por no ser objeto
    del debate planteado. Por otro lado, la regulación tributaria no permite la extrapolación
    de esta doctrina a otros supuestos por su mera similitud.

    En nuestra opinión, conforme
    a la interpretación efectuada en la Sentencia, el artículo 7h de la LIRPF podría
    incluir también la exención de las rentas percibidas como prestación por paternidad,
    aunque no podemos saber aún si la Agencia Tributaria admitirá de entrada este criterio.

    En caso de que la Agencia Tributaria
    no aceptara este criterio, se abre en nuestra opinión la posibilidad de reclamación
    administrativa y, en su caso, judicial, para obtener el reconocimiento de este derecho.

    Procedimiento a seguir en el
    caso de reclamaciones ante la Agencia Tributaria.

    El procedimiento a seguir se
    encuentra regulado por el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de17
    de diciembre, General tributaria, en materia de revisión en vía administrativa.

    Inicialmente se trata de solicitar
    a la Administración de Hacienda competente la devolución de las cuantías
    indebidamente retenidas o satisfechas mediante el procedimiento de devolución
    de ingresos indebidos o instando la rectificación de la autoliquidación mediante
    la que se hubiera realizado el ingreso indebido.

    Con carácter previo a la resolución,
    la Administración notificará a la persona interesada la propuesta de resolución
    para que en un plazo de diez días presente las alegaciones o documentos que considere
    necesarios; aunque en determinados supuestos puede prescindirse de dicho
    trámite, si la resolución es favorable deberán abonarse además los intereses de
    demora correspondientes.