Autor: Comfia CCOO Indra
-
PRESTACIÓN DE INGRESOS MÍNIMOS. A POR LAS 500.000 FIRMAS
CCOO y UGT han iniciado la campaña de recogida de firmas en apoyo a la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) promovida por ambos sindicatos, que reclama el establecimiento de una PRESTACIÓN DE INGRESOS MÍNIMOS O RENTA MÍNIMA en todo el Estado, de 426 euros mensuales, para las personas demandantes de empleo que no perciban ingresos o tengan ingresos inferiores en cómputo anual al 75% del SMI.Con la Prestación de Ingresos Mínimos se pretende ampliar la protección social a 2,1 millones de personas y cubrir la carencia extrema, la pobreza y la exclusión social que se ha visto agravada durante la crisis por la brutal hemorragia de recortes sociales, aumento del paro, desigualdad y pobreza que han provocado los Presupuestos Generales del Estado desde 2012 -
1 DE MAYO
Este
1 de Mayo, CCOO y UGT, exigimos un cambio urgente en la política
económica en nuestro país, que ponga en el centro la creación de empleo
estable y con derechos, y la lucha contra
la pobreza y la desigualdad social y salarial, a partir de incrementar
la inversión pública y poner en marcha un cambio de modelo productivo,
sostenible y equilibrado.Para ello, reivindicamos las siguientes actuaciones:
–
Impulsar
un plan de choque para el empleo, en todas sus dimensiones (parados de
larga duración, jóvenes, mujeres, empleo público, formación, servicios
públicos
de empleo…).–
Realizar una verdadera reforma fiscal que aumente la recaudación y justicia del sistema.–
Derogar
las reformas laborales que han significado un fuerte trasvase de rentas
del trabajo al capital, y recuperar los derechos laborales.–
Fortalecer
la negociación de los convenios colectivos para mejorar las condiciones
laborales de los trabajadores y trabajadoras, reforzar los convenios
sectoriales
y garantizar la ultraactividad de los convenios.–
Aumentar
los salarios de manera coherente con la fase de crecimiento económico,
para reactivar el consumo de las familias y la creación de empleo y
reducir las
desigualdades y la pobreza.–
Recuperar la calidad de los servicios públicos, los servicios sociales y el empleo asociados a los mismos.–
Recuperar el poder adquisitivo, los derechos laborales y el desarrollo del Estatuto Básico de los Empleados Públicos.–
Aumentar el Salario Mínimo de manera progresiva para que alcance el 60% del salario medio.–
Revertir
totalmente la última reforma de las pensiones, restablecer el Pacto de
Toledo y asegurar el futuro del Sistema Público de Pensiones ? Mejorar
el sistema
de protección por desempleo para dar protección a las personas que
carecen de ella.–
Implementar
una nueva prestación de ingresos mínimos, como propone la Iniciativa
Legislativa Popular (ILP) promovida por UGT y CCOO, con el objetivo de
garantizar
una prestación económica a todas las personas en disposición de
trabajar que carezcan de empleo y de ingresos suficientes.–
Impulsar
una potente política industrial que contribuya a fortalecer nuestro
sistema productivo y a generar empleo más estable y de más calidad.Participa en las manifestaciones del 1 de mayo convocadas en más de 80 ciudades:
Madrid: 12h Neptuno-Sol
Barcelona, 12h, Ronda de
Sant Pere / Passeig de
GràciaBilbao es a las 11:30 en Gran vía, 81
Lleida: 12.00 h,
Plaça del TreballValencia: 11.30h
Sant AgustíAlacant: 11.30h
Escalinates de l»Institut Jorge Juan A Coruña. 12 h da
praza da Palloza.Sevilla: 12h Puerta Jerez
Málaga: 11h Alameda de Colón
Valladolid: tras la manifestación, carpa reivindicativa P. Isabel la Católica.
-
DERECHO A DIETAS POR DESPLAZAMIENTO
En febrero de este año, el Tribunal Supremo confirma sentencias anteriores del Tribunal Superior de Justicia de Galicia y Juzgados de lo Social respecto a demandas interpuestas por la representación de CCOO en el centro de trabajo de Arteixo, en La Coruña, ampliando el derecho al devengo de dietas por desplazamiento a localidades distintas a las de su centro de trabajo.El Convenio TIC en su artículo 30, fija en 52,06 euros al día las dietas para los desplazamientos que se produzcan en territorio español y 26,03 euros cuando este desplazamiento no requiera pernocta.Indra ha interpretado siempre que estas dietas se referían exclusivamente a los desplazamientos interprovinciales y no los abona cuando estamos desplazados en instalaciones de clientes dentro de nuestra provincia, salvo a las personas a las que en su día aplicaron los convenios de Industria y el convenio de empresa de Azertia, dado que mantienen las condiciones laborales de aquellos convenios a título personal.
En febrero de este año, el Tribunal Supremo confirma sentencias anteriores del Tribunal Superior de Justicia de Galicia y Juzgados de lo Social respecto a demandas interpuestas por la representación de CCOO en el centro de trabajo de Arteixo, en La Coruña, ampliando el derecho al devengo de dietas por desplazamiento a localidades distintas a las de su centro de trabajo.
Por este motivo, CCOO ha solicitado a la empresa que abra una mesa de negociación para acordar la regulación del pago de dietas por desplazamiento a localidades distintas a las del centro de trabajo, o en su defecto aplique a todas las personas de Indra la sentencia del Tribunal Supremo mencionada anteriormente.
-
LA ULTRAACTIVIDAD SIGUE SIENDO VÁLIDA
La Audiencia Nacional, en sentencia del pasado 23 de julio, ha considerado válidas las clausulas sobre vigencia de la ultraactividad de los convenios anteriores a la ley 3/2012.Como sabéis, es a esta ley a la que se aferraba la patronal para defender que el Convenio TIC perdía validez una vez transcurrido un año desde la aplicación de dicha ley.La sentencia de la Audiencia Nacional refuerza la posición de la Organización Internacional del Trabajo y de CCOO en cuanto a que debe prevalecer la negociación entre empresarios y trabajadores sobre cualquier otro tipo de consideraciones normativas.
Aunque la sentencia se refiere a un convenio distinto al nuestro, y no aplica automáticamente a todos los convenios, confirma la posición de la Agrupación TIC de CCOO en cuanto a la vigencia de nuestro convenio, y en contra de lo que la patronal AEC y las principales empresas del sector han manifestado hasta ahora.
Si alguna empresa decide unilateralmente descolgarse de nuestro convenio, la sentencia de la Audiencia Nacional refuerza los argumentos sobre los que basaríamos las demandas que interpondríamos de forma inmediata.
En cualquier caso, no debemos bajar la guardia. Las negociaciones con la patronal AEC siguen abiertas, y de momento no han contestado a las propuestas que hemos entregado conjuntamente con UGT, salvo en lo que respecta a la clasificación profesional.
Desde CCOO continuaremos presionando en todos los frentes para conseguir un convenio TIC con avances sustanciales frente al actual.
Os adjuntamos la nota de prensa que CCOO ha publicado referente a la sentencia mencionada, y nos ponemos como siempre a vuestra disposición para atender a cualquier duda o sugerencia que tengáis al respecto.
-
PIF – PERMISO INDIVIDUAL DE FORMACIÓN
La dirección de la empresa nos ha comunicado que se va a publicar en la indraweb un documento explicando el procedimiento para la solicitud de un Permiso Individual de Formación (PIF).Como sabéis, es un permiso de hasta 200 horas por año o curso académico del que puede disponer cualquier persona asalariada para su formación.
Hemos solicitado a la dirección de la empresa que modifique el borrador de procedimiento que nos ha entregado en el sentido de que los PIF puedan ser solicitados en cualquier momento del año.Os recordamos que la solicitud de los PIF no está condicionada al tipo de trabajo que se realiza en la empresa. El único requisito para la solicitud de PIF es que se trate de una titulación u otra acreditación oficial, incluidos los títulos de formación profesional y los certificados de profesionalidad. También está prevista su utilización para el acceso a los procesos de reconocimiento de las competencias y cualificaciones profesionales.
La empresa además debe informar a la representación legal de los trabajadores de todas las solicitudes de PIF, incluidas las denegadas, y esta representación debe emitir un informe en el plazo de 15 días.
Dada la inexistencia de una comisión de formación para toda la empresa, ese informe debe ser emitido por cada uno de los comités de empresa de todos los centros de trabajo.
Quedamos a vuestra disposición para cualquier duda o sugerencia al respecto.