Autor: Comfia CCOO Indra

  • Miles de trabajadores/as pasan de Indra BMB a Indra BMB Servicios Digitales

    Si bien Indra está respetando las condiciones laborales de los trabajadores/as que pasaron a Indra BMB Servicios Digitales, tras la fusión por absorción de Indra BMB. CCOO ha interpuesto una demanda de tutela de los derechos sindicales de los trabajadores, al no reconocer Indra los comités de empresa constituidos en los centros afectados.

     

     

    En julio del 2012 se comunicó a la mayoría de los trabajadores que prestaban sus servicios en Indra BMB que ésta empresa iba a ser absorbida por Indra BMB Servicios Digitales en noviembre de ese año. Ya entonces, desde CCOO se envió un comunicado a las personas afectadas informando de los derechos que les asistían en ese proceso.

    En este tipo de procesos deben mantenerse todas las condiciones laborales de las personas afectadas por la absorción empresarial  (horarios, calendario laboral, dietas, etc.), por lo que los trabajadores que se integran en Indra BMB S.D. provenientes de Indra BMB deben mantener las mismas condiciones laborales de las que disfrutaban antes de producirse la absorción.

    Aunque el convenio de aplicación en Indra BMB S.D. es el de Planificación y Consultoría (TIC), los trabajadores provenientes de Indra BMB seguirán regidos por el convenio de aplicación en Indra BMB (Oficinas y Despachos) a título personal, hasta que no se renueve el Convenio TIC. Hasta ese momento, la empresa debe mantener las categorías profesionales y la estructura salarial  que correspondía a cada trabajador según el convenio de Oficinas y Despachos. Si se renueva el Convenio TIC,  la empresa cambiaría las categorías profesionales para adaptarlas a las del Convenio TIC, pero se deben seguir manteniendo a título individual las condiciones laborales de que disfrutaban en BMB. En ningún caso el proceso de absorción empresarial puede suponer una bajada salarial o de condiciones laborales para los trabajadores afectados.

    Sin embargo, en el momento de producirse la absorción en noviembre, la dirección comunicó a todos los representantes legales de los trabajadores de los centros afectados que dejaban de reconocer a los comités de empresa constituidos en esos centros.  CCOO ha interpuesto una demanda de tutela de los derechos sindicales contra esta decisión, ya que la empresa está obligada en los procesos de absorción empresarial  a respetar los comités de empresa constituidos en la empresa absorbida, si la empresa absorbente no tiene comités de empresa ya funcionando en esos centros de trabajo.

    Los delegados de CCOO afectados siguen trabajando en verificar que el proceso de absorción se realiza sin afectar a los derechos de los trabajadores, aunque en estos momentos no dispongan de horas sindicales. A pesar de los intentos de la dirección de desactivar los comités de empresa justo en este momento, desde CCOO seguimos atentos el proceso y denunciaremos cualquier incumplimiento legal que afecte negativamente a las personas afectadas. Estamos a vuestra disposición en nuestro buzón de correo ccooindra@comfia.ccoo.es para atender cualquier consulta al respecto.

  • Asalto a una compañera de Indra

    Una compañera del centro de Leganés (Madrid) sufrió una agresión en el puente que comunica la parada de autobús con el polígono dónde Indra tiene un centro de trabajo. Exigimos a la compañía que tome urgentemente las medidas necesarias que garanticen la seguridad de los compañeros del centro de Leganés.

     

     

    El pasado 30 de Septiembre una compañera del centro de Leganés (Madrid) sufrió una agresión en el puente que comunica la parada de autobús con el polígono Prado Overa, dónde Indra tiene un centro de trabajo.

    Si bien la denuncia es por robo, el incidente tuvo connotaciones sexuales. Este caso no es el primero de este tipo que ocurre en dicho puente. Hemos tenido constancia de otros dos casos de trabajadoras del polígono que han sido agredidas en el puente a horas similares.

    El comité de empresa ha emprendido una serie de acciones para intentar solucionar este problema:

    · Escrito conjunto entre la empresa y CCOO solicitando al ayuntamiento iluminación en el puente y presencia policial los fines de semana que es cuando han ocurrido los asaltos.

    · Recogida de firmas en las empresas del polígono, pidiendo lo mismo que en el escrito.

    · Propuesta de lanzaderas de empresa que acerque a las trabajadoras al centro. Inadra ha contestado que es económicamente inviable.

    · Cambio de horario. Indra se ha negado alegando que hay que cumplir los contratos con los clientes.

    Ante este gravísimo problema, desde la sección sindical de CCOO exigimos a la compañía que tome urgentemente las medidas necesarias que garanticen la seguridad de los compañeros del centro de Leganés. La compañía no puede simplemente lamentarse, sino que debe asumir la responsabilidad y obligación que tiene.

     

     

  • CCOO publica una guía sobre excedencias ante la política de Indra de incumplir la ley, impidiendo las reincorporaciones

    Según el estatuto de los trabajadores la excedencia voluntaria significa que el trabajador conserva un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría.

    Sin embargo, Indra dice: “es política de empresa, desde hace muchos años, no admitir trabajadores que estaban en excedencia”

    Recientemente una compañera ha denunciado a Indra,  por no ser readmitida tras una excedencia, y ha ganado la sentencia.

     

     

    Gran parte de las personas que dejan la compañía lo hacen a través de una excedencia voluntaria.

    La excedencia voluntaria, implica según el estatuto de los trabajadores que se mantiene “un puesto de igual o similar categoría a la suya”. La reserva de  “el puesto de trabajo”,  y por lo tanto el reingreso directo, sólo se produce en el caso de la excedencia forzosa, es decir por causa de cargo público, y para los casos de cuidado de menor o de familiar hasta segundo grado, aunque éstos dos últimos sólo durante un máximo de un año.

    La excedencia voluntaria significa que el trabajador conserva sólo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría, lo que no debiera suponer ningún problema, debido a que Indra continúa contratando regularmente personas para prácticamente todas las categorías y de todos los perfiles.

    Lo que es un derecho, Indra lo niega, actuando en fraude de ley. Así, cuando una persona en excedencia voluntario solicita el reingreso, Indra comienza a dar largas, y como recientemente una persona de RRHH de Arroyo dijo:

    “Desde ya, te digo que tu solicitud está denegada.”…”es política de empresa, desde hace muchos años, no admitir prórrogas de excedencia ni admitir trabajadores que estaban en excedencia”…

    Efectivamente: ¿Dónde están los cientos de personas que habrán solicitado en los últimos años la reincorporación después de una excedencia?

    Pues la mayoría que  han solicitado la reincorporación, cuando reciben este tipo de respuestas,  acaban desistiendo. Pero lo podemos conseguir, como una compañera Indra Software Labs que ha ganado una sentencia en los tribunales, e Indra la tendrá que readmitirla o indemnizarla.

    La diferencia entre los que sí lo han conseguido y los que no están,  es que los primeros se han apoyado en los comités de empresa y los otros no. Si conocéis a algún compañero o compañera en excedencia y que quiera reincorporarse, que se ponga en contacto con los delegados y delegadas de CCOO, podemos conseguirlo.

    Hemos publicado una guía sobre excedencias y permisos para los empleados de Indra. (Guía excedencias)

  • Por la Defensa del empleo en Indra: Movilidad geográfica

    ¿Qué hace Indra?

    El pasado mes de enero hubo más de 30 despidos en Indra BMB de Alicante y Valencia por la pérdida o finalización de diversos proyectos.

    Indra optó por trasladar a l@s trabajador@s afectad@s de Alicante y Valencia a otro centro de trabajo en Barcelona. Si el trabajador renunciaba al traslado, la empresa lo despedía con una indemnización de 20 días/año trabajado. Leer mas

     

     

    ¿Qué propone CCOO?

    · Se fomentará el teletrabajo como alternativa al traslado a otros centros de trabajo, aunque esta situación será voluntaria y reversible por parte del trabajador.

    · En caso de ser necesario, los trabajadores afectados tendrán prioridad para optar a plazas vacantes en los centros de trabajos más cercanos a su domicilio.

    · Los traslados se realizarán estableciendo preferencias a los centros más cercanos, a las preferencias de los afectados y a circunstancias particulares.

    · En caso de traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o la extinción del contrato de trabajo, percibiendo una indemnización de al menos 30 días de salario por año trabajado.

    · En cualquier caso, Indra deberá justificar las causas antes del traslado de trabajadores a otro centro de trabajo que implique cambio de residencia.

     

  • Por la Defensa del empleo en Indra: Subcontratación y ETT´s

    ¿Qué hace Indra?

    Debido a la pérdida de proyectos se ha incrementado el número de despidos en todas las empresas del grupo, que ya era elevado desde principios del 2010: Indra Software Labs de Valladolid, Indra BMB Barcelona, Indra Sistemas Madrid, Sevilla, Bilbao… Aunque los despidos se han reconocido como improcedentes en su mayoría (con la indemnización correspondiente), sin aplicar el despido objetivo facilitado por la reciente reforma laboral, CC.OO. ha sido muy beligerante al respecto, dada la nula voluntad de la dirección de informar de estos despidos y de sus causas, ignorando lo que marca la Ley.

     

     

    ¿Qué propone CCOO?

    · Fomentar contrataciones indefinidas de trabajador@s de ETT que cubren puestos de trabajo similares a otros cubiertos por trabajadores de Indra. Igualar sus condiciones laborales a las del resto de la plantilla.

    · Los puestos de trabajo de los trabajadores de carácter indefinido que extingan su contrato con la empresa no podrán ser cubiertos con trabajadores de ETT. Toda contratación de ETT o subcontratación de servicios debe justificar el que no pueda cubrirse con personal indefinido en Indra.

    · Todos l@s trabajador@s de ETT o subcontratas cuyas funciones no se ajusten a las fijadas para este tipo de puestos, y se encuentren en situación de cesión ilegal, debe ser contratados por la empresa con carácter indefinido.