Autor: CCOO en Cecabank

  • Regularización IPC 2009 y 2010

    El Tribunal Superior de Justicia ha fallado a favor de los trabajadores la denuncia que presentó CCOO en 2009 por la pretensión de la ACARL de incumplir lo pactado en el Convenio con respecto a la aplicación del IPC para los años 2009 y 2010.

    CECA, siguiendo las recomendaciones de la ACARL, nos ha entregado a cuenta, durante 2009 y 2010, parte de los importes que nos correspondían por el incremento del IPC.

    En este mes tienen que regularizar nuestros conceptos salariales revisables y deberán abonarnos los atrasos correspondientes:

    PARA TODA LA PLANTILLA:

    • La parte variable del Plus Convenio de 2009, se calculó erróneamente.
    • El 3,25% por cumplimiento de objetivos entregado en 2010 debe calcularse con respecto al nuevo salario base en 18,5 pagas de 2009.
    • Atrasos sobre el 1% a cuenta de 2010. El 1% entregado a cuenta de 2010, se calculó sobre salario base de 2008 habrá que calcularlo sobre las nuevas tablas de 2009 y abonar los atrasos correspondientes desde enero a agosto.
    • El Plus Convenio de 2010, abonado en marzo,  debe recalcularse según el nuevo salario base de 2010.

    ESPECÍFICOS DE COLECTIVOS:

    • Las horas trabajadas de más en los horarios especiales en 2009. Aquellos horarios a los que a final de año se abonan las horas que exceden del horario general se deberá recalcular sus importes. 
    • Los compañeros de ETT’s dependiendo deltiempo y la fecha de permanencia en CECA, también tiene derecho a atrasos.
    • Actualizar el Plus de chófer con el IPC de 2009 y 2010.
    • Regularizar las aportaciones de 2009 al Plan de Pensiones de lo partícipes de los Subplanes 2 y 3.
    • Regularizar las pensiones delos beneficiarios del Subplan 1.

     

    Ver Comunicado >>>

  • Mejora de las aportaciones del Subplan_2

    En enero de 2009 firmamos un acuerdo en CECA por el que se mejorarían las aportaciones a los partícipes del subplan 2 a partir del momento en que la Comisión de Control del Plan de Pensiones de CECA decidiese constituir la póliza para asegurar los compromisos de los beneficiarios.

    En la última reunión extraordinaria de la Comisión de Control del mes de julio se decidió proceder a este aseguramiento debido a que la situación de los mercados financieros pasaban por un momento idóneo para que la operación generase importantes excedentes.

    En el acuerdo de 2009 se especificaba que las mejoras se aplicarían a partir del aseguramiento. Pero en julio de este año, los representantes de los trabajadores hemos conseguido que fuera con efectos retroactivos desde enero de 2009  con cargo a los excedentes de la operación.

     

    Ver Comunicado >>>

  • Aportación extraordinaria periodo 1986-2000

    Los representantes de los trabajadores e la Comisión de Control conseguimos, en su última reunión extraordinaria del mes de julio, un acuerdo para destinar parte de los excedentes generados por el aseguramiento de los beneficiarios a hacer una aportación extraordinaria a los partícipes del Subplan_2 incorporados en la plantilla de CECA antes de enero de 2001.

    Lograr esta aportación extraordinaria ha sido una de nuestras reivindicaciones históricas en todas las negociaciones sobre previsión social en CECA. En esta ocasión hemos conseguido el 50% del importe que supondría el coste total de nuestras pretensiones (800.000 EUROS) y, por supuesto, no cejaremos hasta conseguir nuestro objetivo completo.

    ¿Por qué …

    …es ncecasario el aseguramiento?

    • Para garantizar el abono de las pensiones de los beneficiarios del Plan de Pensiones de prestación definida (subplan 1).
    • Dotar al Fondo de un instrumento que nos cubra frente a cambios normativos y/o reveses financieros con lo que, además de proporcionar una mayor estabilidad financiera, se garantiza aún más los derechos consolidados de los trabajadores activos de los Subplanes 2 y 3.   

    …se hace ahora el aseguramiento?

    • El compromiso de llevar a cabo el aseguramiento de los beneficiarios lo adquirió la empresa en el acuerdo sobre previsión social de 2001.
    • Se facultó a la Comisión de Control a decidir el momento en función de la evolución de los mercados financieros.
    • En la situación de crisis actual se ha conseguido una póliza de aseguramiento que garantiza una rentabilidad del 4,75% de los activos, afianzando, de esta forma, el futuro de las pensiones de los beneficiarios del subplan 1. 

    …se generan excedentes?

    • La valoración de los activos del Plan para el abono de las pensiones de los beneficiarios es superior al precio de la prima de seguro que asume el pago futuro de dichas pensiones.
    • Con el aseguramiento la compañía de seguros es quien asume el riesgo financiero y los posibles cambios en las tablas de mortalidad, liberando al Plan de dichos riesgos.
    • Si la valoración del resto de inversiones que permanecen en el Plan de Pensiones es superior a los derechos consolidados de los partícipes en activo y prejubilados del Subplan 1, se generan los denominados excedentes del Plan.

    …afecta sólo a la etapa 1986-2000?

    • Durante ese periodo a los trabajadores se les hacía las aportaciones que marcaban el convenio.
    • A partir de 2001, por el acuerdo de previsión social de CECA, las aportaciones se mejoraron hasta alcanzar el 225% de lo que establecía el convenio.
    • En aquella negociación intentamos que la mejora del 225% tuviese efectos retroactivos desde 1986, para evitar agravios con los incorporados con posterioridad a 2000.
    • La empresa condicionaba la retroactividad con exigencias inasumibles por los representantes de los trabajadores.
    • Con esta negociación hemos conseguido la retroactividad del 50% del coste total de las aportaciones a todo el colectivo.

    …solamente se destinan 800.000 Euros?

    • En líneas generales los excedentes se consideran propiedad del promotor (CECA) que, aunque no puede rescatarlos, si puede destinarlos a reducir aportaciones futuras o hacer frente a otro tipo de gastos del plan (pólizas de seguros, coeficientes reductores, etc.).
    • En esta ocasión, mediante la negociación, hemos conseguido que una parte de estos excedentes se destinen a mejorar las aportaciones del subplan 2 y algunos del Subplan 3.

     

    Ver Comunicado >>>

  • Flexibilidad de horario

    Dentro de las medidas de conciliación que conseguimos en el Acuerdo de Igualdad negociado con la empresa en el primer semestre de este año, una de las que cobra especial relevancia es la que ofrece la posibilidad de acogerse a la flexibilidad en el horario de entrada/salida para los trabajadores/as con determinadas cargas familiares.

    Entre muchos otros, uno de los objetivos del Plan de Igualdad es el de elaborar y establecer prácticas y conductas que faciliten la conciliación de la vida familiar, personal y laboral. La flexibilidad en el horario de entrada/salida en CECA es una de ellas y, sin lugar a duda, tendrá buena aceptación por gran parte de nuestros/as compañeros/as.

    Estos son los términos de la medida y el procedimiento para acogerse a la misma:

    ¿En que consiste?

    • La flexibilidad se concreta en 3/4 de hora diaria a la hora de entrada y de salida (de 8:00 a 8:45 y de 15:00 a 15:45 respectivamente).
    • Es decir los minutos que pasen de las 8:00 deberán recuperarse ese mismo día en el momento de la salida.

    ¿Quienes pueden solicitarla?

    • Los/as trabajadores/as que tenga a su cargo hijos/as menores de 10 años.
    • Los/as empelados/as que por razones de guarda legal tengan a su cuidado directo algún minusválido físico, psíquico o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida y siempre y cuando este hecho conste expresamente en la declaración del IRPF.  

    ¿Cómo se puede solicitar?

    • Se deberá solicitar al Departamento de  Relaciones Laborales cada año preferiblemente del 1 de agosto al 5 de septiembre.
    • Una vez finalizado dicho plazo, desde ese departamento se comunicará a los/as interesados/as la concesión o no de la flexibilidad.

    ¿Con qué criterios se concede?

    • Se respetarán las necesidades organizativas y de servicio de la Entidad.
    • Sólo 1 de cada 3 empleados en un mismo departamento podrá disfrutar de la flexibilidad.
    • Si hay más de una persona que lo solicite se aplicará una rotación anual (de septiembre a septiembre).
    • Tiene preferencia el/la  empleado/a con hijos con respecto a los empleados por cuidado de minusválidos.
    • Dentro de los/as empleados/as con hijos/as, tendrá preferencia el de mayor edad del hijo.  

    ¿Y si hay discrepancias?

    • La Comisión de Igualdad, formada paritariamente por las secciones sindicales firmantes del acuerdo (CCOO, CSICA y UGT) y la empresa, resolverá cualquier tipo de interpretación de la norma.
    • Esta misma Comisión, entre otras cosas, se encargará de revisar todo lo relativo a esta materia.

    Ver Comunicado >>>

  • Acuerdo por la Igualdad en CECA

    Hoy ha tenido lugar la firma por el acuerdo por la Igualdad en CECA, que fue aprobado el día 13 en sesión extraordinaria del Comité de Empresa.

    El mencionado Acuerdo está integrado por el Plan de Igualdad entre mujeres y hombres y medidas de conciliación y el Protocolo de acoso sexual y por razón de sexo. Este último tiene como objetivo principal prevenir el acoso sexual y por razón de sexo, procurando su erradicación mediante el establecimiento de una serie de medidas de prevención y el procedimiento de actuación en caso de denuncia. Los aspectos más importantes de este acuerdo son:

    En Igualdad se establecen medidas de acción positiva que afectan a:

    • Selección y contratación basada en principios de igualdad.
    • Formación con criterios de equidad y proporcionalidad de sexos.
    • Desarrollo y promoción profesional de manera objetiva y sin discriminación.
    • En materia retributiva se garantizará la no discriminación salarial por razón de sexo.
    • Se contemplan derechos para víctimas de violencia de género.

    Las medidas de Conciliación contemplan:

    • Mejora los permisos por maternidad, paternidad y lactancia, por el nacimiento y/o adopción de hijos/as.
    • Reducción de jornada y flexibilidad horaria para trabajadores/as con hijos/as menores de 10 años o con familiares dependientes a su cargo.
    • Se podrá solicitar a la empresa permisos extraordinarios en situaciones muy graves y extraordinarias para acompañamiento a servicios de asistencia sanitaria de hijos/as menores de 12 años o familiares mayores de 1er. grado.
    • Se mejoran las condiciones de:
      • Las excedencias por atención de hijos/as o familiares dependientes.
      • Los permisos retribuidos por fallecimiento y/o enfermedad grave de familiares de 1er. grado de consaguinidad o afinidad.

    El Protocolo de acoso sexual y por razón de sexo:

    • Obliga a la empresa a prevenir y castigar este tipo de acoso.
    • Describe y detalla las causas constitutivas de acoso.
    • Garantiza la confidencialidad y dignidad de los/as afectados/as.
    • Se constituye una Comisión instructora independiente para la investigación de las denuncias.
    • Participación de los representantes legales de los trabajadores en el seguimiento y vigilancia del protocolo.

    Además se consigue el compromiso firme de elaborar, en el seno de la Comisión de Igualdad, un Protocolo de parejas de hecho, que recogerá la equiparación de derechos, entre estas parejas y el matrimonio.

    Este nuevo acuerdo entra en vigor el 15 de julio de 2010, a excepción de la flexibilidad horaria que, por motivos organizativos, lo hará el próximo mes de Septiembre, coincidiendo con el comienzo del curso escolar.

     

    Ver texto del acuerdo >>>

    Ver Comunicado >>>