Autor: Seccion Sindical Abanca

  • Inicio Período de Consultas

    Siguiendo el guión previsto y tal como recogíamos en un comunicado anterior, el día 13 de junio ha comenzado formalmente el período de consultas previsto en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.

    Os recordamos que el objeto de esta negociación es la reducción de salarios de la plantilla destinada en las 66 oficinas que se pretende transmitir a Banco Etcheverría, una de las condiciones para que la misma se formalice.

    Esta reducción significaría la supresión de los complementos (tanto personales como funcionales) fuera del convenio colectivo y que supone el 20 por ciento del salario total del colectivo.

    En el momento de la reunión, seguía sin identificarse a los dos compañeros o compañeras que completarán la lista de ciento cincuenta. La dirección ha comunicado su pretensión de hacerlo de forma inminente.

    En la reunión no se ha producido ninguna novedad. Se ha constituido formalmente la comisión negociadora a través de las secciones sindicales (como en procesos anteriores), actualizándose los porcentajes de representación de acuerdo con los representantes que permanecen en el Banco.

    La dirección no ha modificado la postura que nos había trasladado en el período informal de negociación, a la vez que ha pedido una contrapropuesta completa para la próxima reunión. Esta se ha convocado el próximo miércoles día 19 en A Coruña.

  • Reunión-Venta de Oficinas al Banco Etcheverría

    En el día de hoy se ha celebrado la segunda de las reuniones del período de negociación que establece el Convenio Colectivo y con la que se da por finalizado dicho período.

    La empresa con anterioridad a la reunión ha remitido información de la plantilla afectada con el desglose de sus datos salariales. La relación contiene el número de 148 personas, y quedan pendientes de designar 2 puestos para completar el número máximo de 150 que con toda probabilidad se hará con algún Director de Zona.

    En la información recibida hemos echado en falta la no inclusión del Plus Variable de Convenio, nos justifican que ha sido así porque en la actualidad está suspendido de devengo, manifestando que no proponen nada al respecto, no planteando su supresión.

    Las primeras apreciaciones de sus intenciones, además de la comentada propuesta de disminución salarial apuntan a:

    -Posibilidad de establecer garantía ante el posible diferencial por aplicación del Convenio de Banca a la finalización del actual de Ahorro (31-12-2014)
    -Complementos de ayuda de vivienda; los procedentes de ayuda por aplicación de EREs anteriores, se mantendrán hasta su vencimiento.
    -En principio no tienen propuesta de modificación del sistema de previsión social.
    -Cabe la introducción de una garantía global de mantenimiento del empleo durante un plazo determinado.
    -Abiertos a introducir algún factor corrector en la aplicación individual de las medidas de disminución salarial.

    La dirección ha anunciado que el próximo jueves día 13 comenzará el período de consultas establecido en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. Su intención es no agotar el plazo legal (15 días) y cerrar un acuerdo antes del vencimiento de la opción de Banco Etcheverría (el día 21 de junio).

  • Venta de Oficinas al Banco Etcheverría

    En la mañana de ayer, 6 de Junio se ha celebrado la primera reunión del período informal de negociación contemplado en el Convenio Colectivo,

    previo al inicio del período de consultas del artículo 41 del E.T., que regula las “Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo”.

    Por parte de la empresa, se nos da cuenta de la ya conocida oferta por parte del Banco Etcheverría para la compra de 66 oficinas que relacionamos en anexo (Pag. 2)

    Se indica que el número máximo de personas afectadas es 150, de las que por el momento no pueden facilitar relación nominal por estar pendiente la sustitución de las 20 que se han acogido a la extinción voluntaria del contrato de trabajo.

    Una de las condiciones que se fijan para la efectividad del acuerdo, cuyo compromiso vence el próximo 21 de Junio, es la adecuación de las condiciones salariales de la plantilla, para lo que proponen la supresión de los complementos personales y de puesto por encima de los previstos en el Convenio Colectivo de Ahorro, al que estamos adscritos.

    Esta propuesta la valoran en una disminución salarial media del entorno del 20% y según comunicaron en la convocatoria del día 05/06/2013, los salarios medios de puestos equivalentes sería:

       S.M. Etcheverría S.M. NCG Banco  S.M. S. Financiero
    Director de Oficina  39.600 euros  53.000 euros  43.000 euros
    Subdirector de Oficina (*)  32.600 euros  39.700 euros  34.300 euros
     Gestor Comercial  22.000 euros  38.000 euros  30.000 euros

    (*) Puesto de escasa implantación en el Banco Echeverría
    S.M.: Salario medio

    Hemos solicitado el censo de afectados y las condiciones individuales, para entrar en negociación, y valorar la posibilidad de llegar a un acuerdo, pero no a cualquier precio.
    A nadie se le escapa que la operación de venta de oficinas, la mayoría con fecha de cierre prevista, es cuando menos esperanzadora y de futuro. Evitaría la movilidad geográfica de afectados y reduciría el número de extinciones previstas, pero ello no puede ser a costa de la renuncia de derechos sin compensación alguna.

    Consideramos que la negociación tiene margen suficiente, para poder alcanzar un acuerdo satisfactorio que contemple compromisos de mantenimiento de empleo y beneficios sociales con garantías suficientes.De otra forma no sería posible.

    Informaremos del avance de las negociaciones,y siempre puedes contactar con nuestros delegados/as.

  • El Dedo de…

    En los últimos tiempos estamos observando la deriva que está tomando esta compañía; sobre todo, respecto a la política de personal ¡Mandan tantos que todos quieren poner “una pica en Flandes”!.

    La teoría de la trasparencia y de la meritocracia que se pretende y proclaman desde la Dirección queda en “agua de borrajas” una vez que los responsables ponen en práctica esa teoría.

    Recordar lo que ocurrió últimamente con la ronda de entrevistas por las distintas territoriales, que realizó el responsable de RR.HH. de Novagalicia. Lo único que provocó fue llevar la desazón y la incertidumbre a toda la plantilla.

    Estamos observando que; últimamente, se incrementan algunos de los vicios preexistentes en las cajas de origen pero, ahora incrementado en “grado sumo”. Partiendo de la base de que los nombramientos y ceses, de los distintos responsables, es una facultad que le compete a la empresa debido a su facultad de Dirección, desde Comfia-CC.OO. debemos poner de manifiesto que se están produciendo verdaderos despropósitos:

    -En algunas ocasiones, se convocan multitud de veces una misma plaza de responsable; según dicen, debido a que una determinada oficina entra varias veces en reorganización. Si la reestructuración se realizase de una sola vez por zonas, en zona Core y Comunidades Autónomas en Zona, no Core, no tendríamos ese problema, y eso, al fin y al cabo, es lo que pone el acuerdo laboral. Nosotros creemos que debe ser una nueva técnica de motivación “si no te portas bien, en cualquier momento puedo prescindir de ti y, sin darte una explicación”.

    -En otras, existen convocatorias de responsables que llevan meses y meses, desde que se cerró la convocatoria y no se cubren pero, un día, ¡Aleluya! por arte de «birli- birloque» aparece ese nombramiento tan esperado y, a los candidat@s “no afortunados”, ni palabra.

    -Otras veces, no se hace convocatoria de determinados puestos,y aquí sí se ve explícitamente “el dedo de …………….” Aparecen los nombramientos y el resto de la plantilla, se pregunta: «¿Qué fue de la tan “cacareada” meritocracia y de la política de trasparencia? ¡Que incautos somos, habíamos llegado a creer que algo había cambiado!». ¡NO, solo se cambio el envoltorio!

    Desde Comfia-CC.OO., nos preguntamos si va servir para algo más, que para desahogarnos con las respuestas, el cubrir con sinceridad la encuesta e-motiva que acaban de lanzar a la plantilla y en la que existen preguntas como “En relación a la entidad: Ejerce un trato justo y equitativo entre personas y departamento (no hay favoritismos ni discriminaciones)”. Respecto a esta encuesta, solicitamos de la plantilla que el que responda, responda con sinceridad.

  • Las Demandas han sido Desestimadas

    El pasado día 20 de mayo, la Audiencia Nacional ha emitido sentencia desestimando las demandas de nulidad del acuerdo alcanzado (por un 81,52% de representación) el día 14/02/2013, presentadas por CIG y ASCA.

    Solicitudes de nulidad que, en resumen, se basaban en:

    No haberse realizado el previo proceso de negociación, establecido en la Disposición Adicional 2ª del vigente Convenio Colectivo con vistas a minimizar el impacto del proceso de reestructuración.– La Sentencia establece que durante este periodo “…la propuesta empresarial de afectación del despido se redujo de 2.508 a 2.250 empleados”.
    No haber habido negociación real sobre la disminución del número trabajadores afectados
    . La sentencia detalla la evolución de las propuestas presentadas por la empresa hasta llegar al acuerdo final que todos conocéis y que quedó en 1.850 afectados. Todo ello, estando obligados por el Plan de Reestructuración que , a fecha 31/12/2017, “…el numero de agencias no superará 454, el número de Puntos de Servicio no será mayor de 30, y el numero de ETC (Equivalente a Tiempo Completo) no superará 3.334”.

    No haberse entregado la documentación prevista en el art. 51 ET. La sentencia detalla la documentación entregada y establece que fue suficiente y ajustada a derecho.

    Existencia de fraude, dolo y/o abuso de derecho en la conclusión del acuerdo por falta de concurrencia de la causa económica alegada por la empresa
    .- La sentencia recoge “… es imposible negar la existencia de una situación económica negativa justificada y proporcionada de extinciones contractuales puesto que la entidad, … Tanto es así que, de no haberse recibido las ayudas públicas derivadas del Plan de Reestructuración- lo que exige, lógicamente, el cumplimiento de sus condiciones, entre ellas las relativas a extinciones contractuales-, el Banco no habría seguido operando.” “…la reducción de la plantilla se sitúa en torno a un 40% de la misma, porcentaje que coincide aproximadamente con la reducción del balance para el mismo periodo” “A nada de esto obsta que, una vez recibidas las significativas ayudas públicas, la entidad se encuentre en una situación más saneada. Ese era, justamente, el objetivo, cuya consecución en absoluto desmiente las dificultades económicas que dieron lugar a todo este proceso.” “La conclusión respecto a la situación de quiebra técnica del Banco, se obtiene de la respuesta ofrecida por el perito de CIG, a una pregunta directa del legal representante de la entidad demandada”.

    Existencia de un 30% de delegad@s con mandato caducado (representación procedente de Caixanova)
    .- La sentencia les recuerda lo dispuesto en el artículo 67.3 ET y lo pactado en el acuerdo del 21/07/2012.

    Alegaban que se había incumplido lo establecido en el punto V del acuerdo de 22/03/2012 donde existía el compromiso de no aplicar unilateralmente los arts. 51 y 52 del ET. La sentencia fundamenta “Resulta difícilmente sustentable… una medida respaldada por una representatividad de más del 80%, y que se alcanzó tras un proceso de negociación extenso e intenso, con propuestas y contrapropuestas que devinieron en un resultado muy distinto de la medida plantada inicialmente por la empresa.”

    Se puede consultar la sentencia completa en :
    http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder_Judicial/Audiencia_Nacional/Noticias_Judiciales/La_Sala_de_lo_Social_Audiencia_Nacional_avala_el_despido_colectivo_en_NCG_Banco

    “EFECTO VENTILADOR”

    Una vez conocido el fallo de la demanda presentada por CIG y ASCA; que pretendía dejar sin efecto el Acuerdo Laboral firmado el pasado 14 de Febrero, nuestra intención era dar simplemente información sobre dicha sentencia, pero ASCA a través de un comunicado ha puesto en marcha el “efecto ventilador”, no sabemos con qué intención aunque imaginamos que es “un simple fuego de artificio” para distraer la atención del varapalo judicial sufrido con la desestimación de sus pretensiones de meter a toda la plantilla en un “lio” con difícil salida. ¡Cuanto peor, mejor!

    Informado lo que consideramos importante; contestamos por alusiones a lo que “el ventilador” ha lanzado al viento.

    Comfia-CC.OO., no ha firmado una autorización para “echar a 1850 personas”; ha firmado un acuerdo laboral que nos ha llevado a esa cifra, minorando las pretensiones propuestas en un principio por la empresa y mejorando al mismo tiempo las condiciones de salida para los que tendrán que hacerlo. Volvemos a repetir, una vez más, que no es un orgullo firmar un ERE, fue un ejercicio de responsabilidad, y se hizo ya que democráticamente, los órganos correspondientes de Comfía-CC.OO., consideraron, mayoritariamente, que las condiciones alcanzadas eran las mejores posibles.
    Por la demanda presentada conocemos los motivos de oposición ,pero, a día de hoy, toda la plantilla sigue esperando saber ¿Cuál iba ser vuestra alternativa, a presentar a toda la plantilla, de finalizar el periodo de consultas sin acuerdo?.

    Os habéis arrogado la facultad de erigiros en “censores” de uno de nuestros comunicados;está claro que tenéis un problema para entender, pero, si le prestáis un poco más de atención, seguro que lo conseguiréis.

    Criticáis extractos, por lo tanto incompletos y desvirtuados, de comunicados de Comfía-CC.OO. en la página de CEISS; os debemos decir que, cada sección sindical de Comfía-CC.OO. en el ámbito de cada entidad y, como no puede ser de otra manera, dentro de un marco general, gozan de la suficiente autonomía de actuación. Cuando sólo se leen titulares, negritas y cursivas, se produce la demagogia.
    Para quien tenga interés, en este enlace puede obtener la explicación del acuerdo de CEISS dada por el Secretario General de Comfia-CC.OO. en Castilla y León: http://www.comfia.net/html/27868.html .

    En cuanto a la coherencia, deberían predicar con el ejemplo y su representante máxima no debería haberse acogido voluntariamente a un acuerdo que no ha firmado, tal y como consta en el apartado de antecedentes de hechos “…….acuerdo al que se adhirió inmediatamente la Secretaria General de ASCA”.Quien se ha quedado fuera de las 455 plazas disponibles, seguro se lo agradecería. ¡Aun está a tiempo de rectificar!.

    Queremos pedir perdón a toda la plantilla, por no ceñir nuestro comunicado a lo que pretendíamos; dar a conocer el fallo de la sentencia pero, no podemos tolerar que se trate de confundir.
    Si tienen algo positivo que aportar que lo hagan; en lo que pretendían, la justicia, en esta instancia; no les ha dado la razón a ninguno de sus argumentos.