Autor: Seccion Sindical Abanca

  • Mentiras y Verdades

    -Primera mentira.
    Nos dijeron que Abanca no es rentable porque se había garantizado un salario de 21 veces el sueldo base del nivel, en vez de las 18,5 del convenio colectivo. Les demostramos con las cuentas anuales de los bancos homólogos que nuestro salario no es mayor.

    -Segunda mentira.
    Nos dijeron que Abanca no es rentable porque nuestra jornada anual es de 1.623 horas, 

    inferior a las 1.680 horas (15 para formación) que establece el convenio colectivo. 
    Propusimos realizar la jornada del convenio y lo rechazaron? porque no quieren el 
    convenio colectivo.
    La dirección ha decidido no ejercer su derecho a controlar la presencia en el trabajo para no tener que reconocer la ilegalidad de miles de horas extraordinarias no retribuidas y no cotizadas a la Seguridad Social. En nuestra página web podéis descargar una sencilla hoja de cálculo para registrar el horario de trabajo efectivamente realizado. (pulsa AQUI)

    -Tercera mentira.
    Firmaron qué entienden por horario flexible: ?dentro de un marco horario de 8 a 19 horas, cada uno organiza su horario para la mejor atención al cliente y respetando la jornada anual convencional y los límites legales entre jornadas? ¡¡ Y, ahora no les sirve!!

    El acuerdo es el que es y dice lo que dice. ¡¡Esto sí es verdad!!

    * Sí modifica el horario general, al tiempo que mantiene las jornadas singulares y horarios especiales ?establecidos por acuerdo individual o colectivo?.
    * Sí mantiene los ?pactos, acuerdos y prácticas en vigor? de Directores y Gerentes, tanto de oficinas como de servicios centrales.
    * Sí reserva el horario flexible para los actuales gestores de empresas, de PYMES y Premier y los futuros gestores especializados.
    * No modifica el horario de las oficinas de empresa e inmobiliarias (Escogecasa).
    * No instaura la jornada partida en servicios centrales.
    * No generaliza el horario flexible a directores y gerentes.
    * No identifica horario flexible y jornada partida.

    El horario no les sirve

    Pretendían imponer el horario flexible en la red y la jornada partida en servicios centrales y lo hemos rechazado. Pero no aceptan nuestra negativa.
    Como el nuevo horario de trabajo reduce el tiempo de apertura de las oficinas, la dirección fuerza un horario comercial que obliga a prolongar ?de facto? la jornada.
    Es disparatado que Capital Humano y, por tanto, la Dirección sean incapaces de cumplir lo que han acordado. Es inaceptable que directores de Capital Humano ignoren lo que es exigible por ley o por pacto con consignas como ?todo el mundo tiene que trabajar todas las tardes? dirigidas a la jefatura (incluidos directores generales) para que lo hagan seguir.
    No saben lo que hacen quienes exigen a quienes dependen de ellos una jornada partida (de 8 a 14:30 y después por la tarde). Es absurdo amenazar con las graves repercusiones que tendrá no plegarse a estas directrices cuando la mayor amenaza para nuestro trabajo en el futuro es su gestión; su mala gestión.

    Tal como recoge el Código Ético, esto es lo que entiende la dirección por Confiabilidad (artículos 79 a 93):
    – Respetamos a las personas pero entre ?presentismo? y méritos, elegimos ?presentismo?.
    – Asumimos nuestros derechos y obligaciones, salvo que no nos venga bien.
    – Favorecemos la conciliación, excepto de 8 a 19.
    – Promovemos el diálogo y buen clima laboral, siempre que sea en otros bancos.
    Conclusión

    Esto es otra mala ocurrencia como fueron el horario de las oficinas EVO y las oficinas con horario extendido. Es el resultado de quien demuestra, cada día que pasa, que es incapaz de analizar una realidad muy compleja e implantar estrategias competitivas.
    Esperamos que los administradores del banco tengan tiempo para detener estos disparates. En caso contrario, la agresión a la plantilla tendrá dos respuestas: la demanda judicial y la acción sindical.

    EL ACUERDO NO PERMITE QUE LA DIRECCIÓN EXIJA QUE TODA LA PLANTILLA
    TRABAJE TODAS LAS TARDES DE LUNES A JUEVES.
    DEFENDEREMOS NUESTROS DERECHOS.

  • La Empresa Hace Trampas al Solitario

    En el día de ayer tuvo lugar la primera reunión de la Comisión de Seguimiento, entre el Departamento de Relaciones Laborales y los sindicatos firmantes del Acuerdo del pasado 26/12/2014.

    Esta Comisión se ha transformado en un discurrir de las diferentes «milongas» sobre lo que se escribe y sobre lo que las distintas Direcciones Generales interpretan del Acuerdo, sin que los que han estado en las negociaciones (Capital Humano), sean capaces de poner coto a los distintos horarios comunicados, que en nada se parecen a lo acordado y firmado.

    Hemos manifestado nuestra total disconformidad con el horario de atención al público comunicado unilateralmente por la Dirección Comercial a la plantilla el pasado martes día 13. El citado horario hace imposible cumplir la jornada laboral (08.00h – 14.30h/ 16,30h – 19,00h ) si se aplica la normativa de seguridad existente, por lo que hemos solicitado su modificación y la vuelta al margen de media hora entre el horario laboral y el de atención al público, tanto en la jornada matinal como en la de tarde, que es lo que está establecido, aceptado y reconocido por la empresa y las organizaciones sindicales.
    La Empresa nos emplaza a una reunión el próximo día 10 de Febrero, donde se analizarán los resultados de este horario en final y principio de mes (hora de cuadres de las oficinas, etc..). Por nuestra parte, las personas que estamos en el día a día de las oficinas, sabemos perfectamente cuál va a ser el resultado, pero esperaremos a escuchar las explicaciones del Departamento de Seguridad y de la Dirección Comercial antes de adoptar medidas de mayor calado para reclamar el cumplimiento del Acuerdo firmado.
    Se ha constatado el incumplimiento flagrante del Acuerdo en determinados Departamentos de Servicios Centrales, donde se está comunicando a todas las personas un horario distinto a lo establecido en el Acuerdo, trabajando más tardes de las dos acordadas y con horarios que no figuran en ningún lugar. No hemos recibido una respuesta satisfactoria a este hecho, reservándonos las medidas oportunas para exigir su cumplimiento.
    Coincidimos con los representantes de Capital Humano, en que directores y directoras no se rigen por el horario flexible establecido en el acuerdo, en el que se les remite al Art. 31.2.2 del Convenio Colectivo especificando que se rigen por los pactos, acuerdos y prácticas en vigor; y esto no significa que «la disponibilidad inherente » a su cargo sea lo que se está transmitiendo por parte de «algunas jefaturas de zona». La interpretación que están haciendo es que hay que estar presencialmente en la oficina hasta las 19:00 de lunes a jueves y eso es erróneo, ,, y desde luego, totalmente improductivo. Con ello sólo se busca premiar la política trasnochada de primar presencia frente a eficiencia.
    En relación a las subdirecciones, hemos coincidido en que se rigen por el horario general establecido, realizando dos tardes a la semana, no cuatro tardes como «los de siempre» están transmitiendo
    En ningún apartado del acuerdo se hace mención a que las oficinas de empresas tienen un horario diferenciado, no cerrando al mediodía; se escudan en que el Convenio Colectivo contempla jornadas singulares y que es lo que aplican; obviando que el convenio contempla acuerdo y no hace una mención específica de las oficinas de empresas.
    Por último, se ha reclamado que la convocatoria de puestos de gestor especializado incluya, además de sus funciones, cuál es su oficina de destino o su Zona de ubicación, para evitar que se extienda su flexibilidad horaria a la geográfica, excediendo los límites de lo establecido en el Convenio Colectivo, solicitando al mismo tiempo la búsqueda de una fórmula que contemple el posible solapamiento de la carrera profesional en aquellos casos que hayan prestado servicios en Horario Extendido.
    Los tres sindicatos firmantes exigimos el cumplimiento del Acuerdo Laboral recientemente firmado, que obliga a ambas partes y que da suficiente flexibilidad interna a la Empresa.
    Qué fácil sería si en esta empresa se utilizara el sentido común para la aplicación de los acuerdos.

  • El Acuerdo es el que Es y Dice lo que Dice

    Ante la comunicación a la plantilla de que se van a implantar unos horarios de trabajo que nada tienen que ver con lo firmado en el Acuerdo de expediente de modificación sustancial de condiciones de trabajo e inaplicación de convenio colectivo firmado el pasado día 26 de diciembre con las centrales sindicales CC.OO., CSICA y UGT, queremos deciros que hemos dado traslado a Capital Humano la petición de la paralización de las comunicaciones realizadas y que las mismas se dejen sin efecto.

    La modificación unilateral del horario comercial, fijado en el acuerdo laboral de fusión y no derogado por ningún acuerdo posterior, obligando a acortar los tiempos entre el horario laboral y el comercial, puede vulnerar la normativa tanto interna como gubernativa relativa a la custodia del efectivo.
    La cautela nos sugiere el esperar a la celebración de la primera reunión de la comisión de seguimiento del citado acuerdo, que se celebrará el próximo lunes día 19, antes de tomar cualquier tipo de decisiones al respecto.
    No tenga duda la plantilla y la dirección de la empresa que las centrales sindicales firmantes del acuerdo utilizarán cuantos instrumentos y acciones legales sean preciso utilizar a fin de evitar el incumplimiento del mismo.
  • Ratificado el Acuerdo

    La Ejecutiva de la Sección Sindical de CC.OO., en sesión celebrada en el día de ayer, ha ratificado el acuerdo firmado el pasado día 26 de diciembre.

    Los/as delegados/as presentes han sopesado los pros y los contras que tiene todo acuerdo primando en la decisión la supresión de las medidas más lesivas del acuerdo de febrero/2013 en vigor y que la dirección está aplicando tan arbitrariamente: 

    Supresión de las extinciones forzosas. 
    Eliminación del horario extendido y las reducciones de jornada.
    Tal y como reflejamos en los sucesivos comunicamos emitidos durante la negociación, a nuestro entender no existen causas justificativas del proceso. Para evitar la aplicación por parte de la empresa de la alternativa denominada «B» prevista para el caso de no llegar a acuerdo mayoritario (puedes verla en nuestro comunicado del 24/12/2014-MESA DE NEGOCIACIÓN) habría que recurrir a un proceso judicial de resultado incierto y no garantizado que podría dilatarse en el tiempo y, adicionalmente, continuaría en vigor el acuerdo de 2013 y por tanto la aplicación de sus medidas.
    No tenemos confianza en que este nuevo modelo comercial vaya a aportar los resultados pretendidos, como ya pasó con el proyecto EVO o el Horario Extendido pero aporta sosiego a la plantilla.
    Queda lo más difícil, que es el desarrollo y aplicación de lo acordado. Todos debemos estar involucrados en la vigilancia y el respeto de lo pactado.
    Los apartados del acuerdo pueden consultarse en el Portal Corporativo y en nuestra web http://www.ccoo-servicios.es/abanca/.Como siempre nuestros delegados/as a están vuestra disposición.