Autor: CCOO en Vítaly

  • CUANDO UNO QUIERE, SACA TIEMPO, CUANDO NO, SACA EXCUSAS

    PERMISO RETRIBUIDO RECUPERABLE A ESTAS ALTURAS DE AÑO?

    Nos sorprende, que estas alturas de año, la empresa tenga prisa para la aplicación de la recuperación de dicho permiso y vemos muy complicado que se pueda llevar a cabo en tan poco tiempo.

    La empresa nos ha comunicado que quiere empezar la negociación sobre el permiso retribuido recuperable, suponemos que a raíz del comunicado de UGT.

    Para poder empezar a aplicar a la plantilla la recuperación de dicho permiso se tiene que realizar una negociación con la representación sindical de mínimo una semana, para delimitar la forma de hacerlo. Y esta recuperación tiene que estar finalizada en este año.

    Según la normativa y de la jurisprudencia actual que vienen a consagrar el carácter indisponible del derecho al disfrute de las vacaciones anuales, se ha de negar la posibilidad de descontar el permiso retribuido recuperable del período vacacional.

    De hecho, el período de confinamiento se ha equiparado a una Incapacidad Temporal y, por tanto, “El trabajador que se encuentre en situación de incapacidad temporal durante un periodo de vacaciones previamente fijadas tiene derecho, a petición suya y al objeto de disfrutarlas efectivamente, a tomarlas en fecha distinta a la de la incapacidad temporal”

    Durante el ERTE y posteriormente en varias ocasiones, desde la Sección sindical de CCOO, se ha solicitado a la empresa que nos indicase que trabajadores considera que están en dicho permiso y todavía lo estamos esperando.

    Después de una denuncia a la inspección de trabajo , esta indicó que la empresa no estaba aplicando correctamente este permiso en la plantilla.

    Quitando vacaciones programadas de la gran mayoría de trabajadores en Navidad, unidos a festivos, quedan unas tres semanas para recuperar los 8 días del permiso.

    Nos sorprende, que estas alturas de año, la empresa tenga prisa para la aplicación de la recuperación de dicho permiso y vemos muy complicado que se pueda llevar a cabo en tan poco tiempo.

    Máxime cuando desde la Sección Sindical de CCOO creemos que;

    Que el punto a) del numeral 2 del artículo 1, exceptúa del ámbito de aplicación de esta norma a «las personas trabajadoras que presten servicios en los sectores calificados como esenciales en el anexo de este real decreto ley».

    Que el punto c) del numeral 2 del artículo 1, exceptúa del ámbito de aplicación de esta norma a «Las personas trabajadoras contratadas por (i) aquellas empresas que hayan solicitado o estén aplicando un expediente de regulación temporal de empleo de suspensión y (ii) aquellas a las que les sea autorizado un expediente de regulación temporal de empleo de suspensión durante la vigencia del permiso previsto este real decreto-ley».

  • SE ACERCAN POSICIONES, PERO EL ACUERDO REQUIERE UN ULTIMO ESFUERZO DE LAS PARTES

    En las últimas semanas se han venido produciendo pequeños avances en la búsqueda de un acuerdo retributivo, pero para cerrarlo se requiere un último esfuerzo por partes de todos

    Las patronales ASPREN, ASPA y ANEPA han presentado en las últimas semanas tímidos avances en sus propuestas salariales, lo que había propiciado un acercamiento en las posiciones que permitía pensar en la posibilidad de un acuerdo no muy lejano, sin embargo, la introducción de nuevas variables en la ecuación han vuelto a frenar esta posibilidad, situándonos en un contexto que podría dar al traste con la negociación.

    La mesa estaba trabajando para que el III Convenio circunscribiera su vigencia a los años 2019 y 2020, pero las patronales nos plantearon la posibilidad de ampliar la vigencia a un periodo superior y buscar un acuerdo colectivo parcial en materia retributiva para estos dos años. Aunque desde CCOO consideramos que ese no era el escenario predefinido, no descartamos esta posibilidad siempre que se garantizase una rápida aplicación de los incrementos salariales pactados y la incorporación al Convenio de regulaciones muy importantes como el teletrabajo, los planes de igualdad o la equidad retributiva.

    Sin embargo, el acuerdo salarial no termina de llegar, pues mientras la última propuesta patronal es incrementar el 1% para 2019 y un 0,8% para 2020, exigiendo la posibilidad de compensar y absorber hasta un 0,3% con cargo a otros complementos, incluido el complemento de diferencia salarial, CCOO y UGT proponemos el 1,2% y el 0,9% respectivamente, con compensación máxima de un 0,2%, y excluyendo de tal compensación el complemento de diferencia salarial, pues este no tiene carácter voluntario sino que representa salario base para las plantillas que lo mantienen en su estructura retributiva.

    El próximo 12 de noviembre ambas partes deberemos realizar un último esfuerzo por alcanzar el ansiado acuerdo, pues de lo contrario nos situamos en un escenario de conflicto e incertidumbre.

    Seguiremos informando de la marcha de la negociación.

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  • NO HAY DOS SIN TRES NI TRES SIN CUATRO

    De nuevo otra reunión, y van cuatro, en la que no hay avances reseñables. Seguimos en el mismo punto de partida que empezamos sin haber visto una línea del RD a tratar.

    En el día de hoy la empresa se ha comprometido en mandar un borrador antes de la próxima reunión de uno de los tres temas a tratar, para poder empezar sobre una base para intentar llegar a acuerdo.

     

    Se quieren tratar tres temas diferentes:

    1. Trabajo a distancia

    2. Desconexión digital

    3. Registro horario

     

    Desde la Sección Sindical de CCOO estamos dispuestos y abiertos a llegar a acuerdos razonables, dentro de lo que marca el RD 28/2020 de trabajo a distancia. 

    Vamos por partes

  • REGALO ENVENENADO

    Una vez mas la empresa nos informa.Que han optado por discriminar al colectivo administrativo en la compensación por el esfuerzo realizado. La empresa les aparta de este incentivo que tan justamente se merecen.

    A pesar de la incertidumbre ante la evolución de la pandemia y el temible escenario planteado por la empresa, hemos resistido.

    Todo ello gracias al esfuerzo de todos los trabajadores.

    Somos trabajadores esenciales como se ha comprobado en los momentos más duros y aun así, hemos sufrido un ERTE seguido de varios despidos arbitrarios e injustificados.

    Los profesionales se debaten ahora entre el alivio por un futuro menos amenazante y el desgaste (físico y emocional) provocado por la precarización de las condiciones de trabajo y la falta de reconocimiento personal y profesional.

    Ante la propuesta de la Dirección sobre el abono de incentivos, la posición conjunta de la representación sindical es defender un reparto equitativo incluyendo en éste al personal administrativo.

    una vez mas han optado por discriminar a este colectivo en la compensación por el esfuerzo realizado. La empresa les aparta de este incentivo que tan justamente se merecen.

    CCOO insiste en que el logro de beneficios económicos no puede sustentarse sobre la precarización y la merma de la salud de los trabajadores.

    ¡¡¡¡¡No estamos locos!!!!!!

  • El numero marcado esta apagado o fuera de cobertura

    Desconexión digital y el mal uso de Whatsapp: las planillas, cuadrantes de trabajo, citas, etc. no se pueden modificar ni enviar por esta vía

    No es un hecho desconocido por la empresa que existen responsables que utilizan este medio” Whatsapp” en los centros de trabajo donde l@s trabajador@s reciben mensajes que no están regulados por ningún protocolo.

    Sin embargo, la RLT ha detectado que la comunicación directa vía Whatsapp entre responsable y trabajador@s se está usando de forma incorrecta.

    El derecho a la Desconexión Digital en el ámbito del trabajo, se recoge en los artículos 87 a 91 de la Ley Orgánica 3/2018, con el siguiente contenido:
    • «Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral» (art. 87).
    • «Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral» (art. 88).

    Ejemplo:

    Se están enviado órdenes relacionadas con el trabajo por Whatsapp fuera de la jornada laboral, los fines de semana para el lunes siguiente a l@s trabajador@s, modificando programación (planillas) cuadrantes, citas, etc. Y en la mayoría de los casos son por motivos que no se pueden calificar de urgente.

    Os recordamos también que existen protocolos para usar Whatsapp por motivos de trabajo para garantizar la protección de datos, y que en última instancia la responsabilidad recae sobre quien pretende beneficiarse de su contenido

    TSJ Andalucía de 23 de junio de 2015 (pdf)

    TSJ de Madrid de 14 de octubre de 2015 (pdf).

    Como hemos visto, se pueden utilizar todos los medios de prueba que sean legales y entre ellos un correo electrónico o una conversación telefónica. Si se utilizan como prueba de juicio, no se vulnera el secreto de las comunicaciones siempre que se esté aportando una conversación de la que el/la trabajador/a sea partícipe. Lo mismo sucede con los Whatsapp; se puede aportar como prueba una conversación que se haya tenido con el/la jefe/a, con un superior jerárquico o con un compañero/a.

    Fuera del horario laboral hay que conciliar, descansar y desconectar del trabajo